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El Peruano - Edición del 25/11/2005 - Pagina 53


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Pag. 304943NORMAS LEGALESLima, viernes 25 de noviembre de 2005 numerales 1, 2 y 6 de la Ley Organica del Poder Judicial, constituyendo lo sucedido un hecho que atenta gravemente contra la respetabilidad del Poder Judicial, comprometiendo la dignidad del cargo y desmereciendolo en el concepto publico, lo que le hace pasible de la sancion de destitucion, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 31º numeral 2 de la Ley N° 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura;

Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio de conciencia, en uso de las facultades previstas por los articulos 154º inciso 3 de la

Constitucion Politica, 31º numeral 2, 33º y 34º de la Ley

N° 26397, y 35º del Reglamento de Procesos

Disciplinarios del Consejo, y estando a lo acordado por unanimidad, en sesion de 8 de setiembre de 2005, sin la presencia del señor Consejero, Ricardo La Hoz Lora, por encontrarse con licencia;

SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Dar por concluido el proceso disciplinario y aceptar el pedido de destitucion formulado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, y, en consecuencia, imponer la sancion de destitucion a la doctora Julia Ernestina Figueroa Eufracio, por su actuacion como Juez Suplente del Juzgado de Paz Letrado de

Matucana, de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Articulo Segundo.- Disponer la inscripcion de la medida a que se contrae el articulo primero de la presente resolucion en el registro personal de la magistrada destituida, debiendose asimismo cursar oficio al señor

Presidente de la Corte Suprema de Justicia y a la señora

Fiscal de la Nacion, y publicarse la presente resolucion, una vez que quede consentida o ejecutoriada.

Registrese y comuniquese.

DANIEL CABALLERO CISNEROS

FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR

EDWIN VEGAS GALLO

ANIBAL TORRES VASQUEZ

EFRAIN ANAYA CARDENAS

MAXIMILIANO CARDENAS DIAZ

19917

CONTRALORIA GENERAL

Autorizan al PRONAMACHCS ampliar los alcances de servicios de sociedad de auditoria en el Proyecto "Manejo de

Recursos Naturales para el Alivio de la

Pobreza en la Sierra"

RESOLUCION DE CONTRALORIA

Nº 494-2005-CG

Lima, 21 de noviembre de 2005

Visto; la Hoja de Recomendacion Nº 056-2005-CG/

SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoria, sobre la solicitud de ampliacion del alcance de los servicios de auditoria presentada por el Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos -

PRONAMACHCS para examinar el Proyecto “Manejo de Recursos Naturales para el Alivio de la Pobreza en la

Sierra” financiado con recursos del Convenio de

Prestamo BIRF Nº 4130-PE, por el periodo del

01. AGO.2004 al 30.ABR.2005.

CONSIDERANDO:

Que, el Banco Internacional de Reconstruccion y

Fomento y la Republica del Peru suscribieron el Convenio de Prestamo BIRF Nº 4130-PE, para financiar el Proyecto

Pobreza en la Sierra”, constituyendose el Programa

Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y

Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS como agencia ejecutora del mencionado Convenio;

Que, la Contraloria General de la Republica, mediante

Resolucion de Contraloria Nº 178-2005-CG del

21. ABR.2005, designo a la Sociedad de Auditoria Effio y

Bernal Contadores Publicos Sociedad Civil, para que examine los estados financieros y otros aspectos operativos del Proyecto “Manejo de Recursos Naturales para el Alivio de la Pobreza en la Sierra” financiado con recursos del Convenio de Prestamo BIRF Nº 4130-PE, por el periodo de Enero a Marzo del 2004 y cierre del

Convenio que incluye el periodo de gracia de Abril a Julio del 2004;

Que, con los Oficios Nºs. 1277, 1366 y 1478-2005-

AG-PRONAMACHCS-GG, la Entidad solicita autorizacion para ampliar el alcance del examen a los estados financieros del Convenio de Prestamo BIRF

Nº 4130-PE, por el periodo del 01.AGO.2004 al

30. ABR.2005, indicando que durante dicho periodo se han realizado devoluciones de fondos y rendiciones de gastos, y que estos deben ser auditados en cumplimiento de compromisos internacionales;

Que, el literal c) del articulo 6º del Reglamento para la

Designacion de Sociedades de Auditoria, aprobado por

Resolucion de Contraloria Nº 140-2003-CG señala que tratandose de prestamos y/o donaciones efectuados por organismos internacionales, la solicitud de designacion puede extenderse hasta todo el periodo del financiamiento, siempre que ello sea exigible por el convenio internacional respectivo y/o en las normas del organismo internacional que corresponda; adicionalmente, el articulo 59º del Reglamento indica que la Contraloria General de la Republica puede autorizar la ampliacion del alcance de la auditoria, para cuyo efecto emite la Resolucion correspondiente, estableciendo los terminos y condiciones de dicha autorizacion;

Que, de acuerdo con la evaluacion efectuada mediante el documento de Visto, se ha establecido que con las comunicaciones de fecha 21.SET.2005 y

20. OCT.2005 del Banco Internacional para la

Reconstruccion y Fomento, el PRONAMACHCS ha acreditado que el Banco no tiene objecion para ampliar el alcance de la auditoria realizada por la Sociedad Effio y

Bernal Contadores Publicos Sociedad Civil, para que realice la auditoria de cierre del Proyecto “Manejo de

Recursos Naturales para el Alivio de la Pobreza en la

Sierra”, Convenio de Prestamo BIRF Nº 4130-PE, y examine las rendiciones y devoluciones adicionales hasta el 30.ABR.2005, en cumplimiento de lo dispuesto en el documento “Guias y Terminos de Referencia para

Auditorias de Proyectos con Financiamiento del Banco

Mundial en la Region de Latinoamerica y el Caribe”, asi como en la seccion de la Guia a las Entidades Ejecutoras:

Seleccion y Contratacion de Auditores; determinandose, en consecuencia, que la solicitud de la Entidad obedece a un compromiso institucional ineludible asumido con el

Banco, verificado con posterioridad a la convocatoria del Concurso Publico de Meritos Nº 001-2005-CG;

Que, mediante el documento del Visto, se ha determinado que la solicitud de la Entidad se encuentra dentro de los alcances del literal c) del articulo 6º y articulo 59º del referido Reglamento para la Designacion de

Sociedades de Auditoria, aprobado por Resolucion de

Contraloria Nº 140-2003-CG, recomendando la ampliacion del alcance de la auditoria solicitada;

En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema

Nacional de Control y de la Contraloria General de la

Republica;

SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Autorizar al Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS la ampliacion del alcance de los servicios de la Sociedad de Auditoria Effio y Bernal

Contadores Publicos Sociedad Civil, para que realice la auditoria al Proyecto “Manejo de Recursos Naturales para el Alivio de la Pobreza en la Sierra”, Convenio de

Prestamo BIRF Nº 4130-PE, por el periodo del

01. AGO.2004 al 30.ABR.2005.

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