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El Peruano - Edición del 26/11/2005 - Pagina 42


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NORMAS LEGALES

Lima, sabado 26 de noviembre de 2005

INTERNATIONAL

I D E A

INSTITUTE FOR

DEMOCRACY AND

ELECTORAL

ASSISTANCE

ESTATUTOS

En la CONFERENCIA Fundadora del Instituto

Internacional de Democracia y Asistencia Electoral,

International IDEA, los catorce Estados Fundadores aprobaron los estatutos.

Los estatutos fueron legalmente adoptados en el idioma ingles pero estan traducidos al castellano y al frances.

ACUERDO DE CONSTITUCION

INSTITUTO INTERNACIONAL

DEMOCRACIA Y LA ASISTENCIA ELECTORAL

Las PARTES signatarias,

CONSIDERANDO que los conceptos de democracia, pluralismo y elecciones libres y justas estan enraizandose mundialmente;

CONSIDERANDO que la democracia es esencial para la promocion y la garantia de los derechos humanos y de que la participacion en la vida politica, incluyendo el gobierno, forma parte de los derechos humanos, proclamados y garantizados por tratados y declaraciones internacionales;

CONSIDERANDO TAMBIEN que las ideas de democracia sostenible, buen gobierno, responsabilidad y transparencia se han convertido en algo central para las politicas de desarrollo nacional e internacional;

RECONOCIENDO que el reforzamiento de las instituciones democraticas, nacional, regional y globalmente es conducente a la diplomacia preventiva, promoviendo con ello el establecimiento de un orden mundial mejor;

COMPRENDIENDO que los procesos democraticos y electorales requieren continuidad y una perspectiva a largo plazo;

DESEANDO AVANZAR y aplicar normas, valores y practicas universalmente validas;

CONSCIENTES de que el pluralismo presupone actores y organizaciones nacionales e internacionales con tareas claramente diferentes y mandatos que no pueden ser subsumidos a otros;

DANDOSE CUENTA de que un lugar de encuentro para los involucrados sostendria y haria avanzar la profesionalidad y la construccion sistematica de la capacidad;

CONSIDERANDO que se necesita un instituto internacional complementario.

HAN ACORDADO lo siguiente:

Articulo I

CONSTITUCION, UBICACION Y ESTADO

1. Las Partes de este acuerdo constituyen por la presente el Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral, como una organizacion internacional, en lo sucesivo denominada el Instituto o el

IDEA Internacional.

2. La sede del Instituto estara en Estocolmo, a menos que el Consejo decida relocalizar el Instituto en otra parte.

El Instituto puede establecer oficinas en otros lugares si ello fuera necesario para la ejecucion de sus programas.

3. El IDEA Internacional poseera personalidad juridica total y disfrutara de las capacidades que puedan ser necesarias para desempeñar sus funciones y cumplir sus objetivos, entre otras, la capacidad para: a.Adquirir y disponer de bienes raices y personales; b.Celebrar contratos y otros tipos de acuerdos. c.Emplear personal y admitir personal de apoyo; d.Entablar y defender procesos legales; e.Invertir el dinero y las propiedades del Instituto; y f.Tomar cualquier otra accion legal necesaria para cumplir los objetivos del Instituto.

Articulo II

OBJETIVOS Y ACTIVIDADES

1. Los objetivos del Instituto son: a.Promover y avanzar la democracia sostenible en el mundo entero; b.Mejorar y consolidar los procesos electorales democraticos en el mundo entero; c.Dar asesoria y asistencia en el fomento de la comprension, aplicacion y diseminacion de las normas, reglas y directrices del pluralismo multipartido y de los procesos democraticos; d.Fomentar y apoyar la capacidad nacional para el mejor despliege del abanico de instrumentos democraticos; e.Proporcionar un foro para el intercambio de ideas entre todos los involucrados en procesos electorales dentro del contexto del establecimiento de instituciones democraticas; f.Fomentar la instruccion sobre los procesos electorales democraticos; g.Promover la transparencia y la responsabilidad, el profesionalismo y la eficacia del proceso electoral en el campo del desarrollo democratico.

2. A fin de alcanzar los objetivos anteriores, el Instituto puede dedicarse a los siguientes tipos de actividades: a.Desarrollar redes globales en el campo de procesos electorales; b.Establecer y mantener servicios de informacion; c.Proporcionar asesoria, guia y apoyo acerca del papel que debe desempeñar el gobierno y la oposicion, los partidos politicos, las comisiones electorales, un poder judicial independiente, los medios y otros aspectos del proceso electoral en un contexto democratico pluralista; d.Fomentar la investigacion y la diseminacion y aplicacion de los resultados de la investigacion dentro del marco de competencia del Instituto; e.Organizar y fomentar seminarios y estudios sobre elecciones libres y justas en el contexto de los sistemas democraticos pluralistas; f.Ocuparse de otras actividades relacionadas con las elecciones y la democracia segun surja la necesidad.

3. Los miembros y miembros asociados suscriben los objetivos y las actividades del Instituto segun se indica en este articulo y se comprometen a promoverlos y a asistir al Instituto para realizar su programa de trabajo.

Articulo III

RELACIONES COOPERATIVAS

El Instituto puede establecer relaciones cooperativas con otras instituciones.

Articulo IV

MIEMBROS

1. Miembros del Instituto son: a.Gobiernos de estados signatarios de este acuerdo; b.Organizaciones intergubernamentales signatarias de este acuerdo.

2. Miembros asociados del Instituto son las organizaciones internacionales no gubernamentales. Tales "


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