El Peruano - Edición del 26/11/2005 - Pagina 48
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NORMAS LEGALES
Lima, sabado 26 de noviembre de 2005 organismos internacionales, fundaciones y otros; asi como los provenientes de la Cooperacion Tecnica Internacional y los aportes de las instituciones publicas y privadas;
Que, la Segunda Disposicion Complementaria,
Transitoria y Final de la Ley Nº 27656, autoriza al
Ministerio de Economia y Finanzas a realizar los actos necesarios para transferir al FISSAL los recursos mencionados en el considerando anterior;
Que, asimismo, el articulo 2º del Reglamento de la Ley de Creacion del Fondo Intangible Solidario de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2002-SA, señala que el
Ministerio de Economia y Finanzas facilitara los mecanismos que aseguren el cumplimiento de la Segunda Disposicion
Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27656 - Ley de Creacion del FISSAL, a fin de que los saldos de los calendarios de pagos, le sean transferidos, de acuerdo a los
Clasificadores de Ingresos y Gastos Publicos respectivos, bajo la modalidad de aplicacion de Transferencias a Fondos;
Que, corresponde al Ministerio de Salud establecer los mecanismos y procedimientos administrativos que sean necesarios para asegurar la oportuna transferencia de los indicados recursos al FISSAL;
Con las visaciones de la Oficina General de Asesoria
Juridica y de la Oficina General de Planeamiento
Estrategico;
Con la visacion del Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Constituir una Comision encargada de proponer las disposiciones normativas y administrativas que sean necesarias para garantizar la oportuna transferencia de recursos al FISSAL conforme a lo establecido en la Ley Nº 27656, Ley del Fondo Intangible
Solidario de Salud y en el Decreto Supremo Nº 007-2002-
SA, que aprobo el Reglamento de la Ley, el Estatuto del
FISSAL y su Reglamento de Organizacion y Funciones.
Articulo 2º.- La Comision que se constituye conforme al articulo anterior, estara conformada de la siguiente manera: - La Directora General de la Oficina General de
Planeamiento Estrategico, o su representante, quien la presidira.
- El Director General de la Oficina General de
Administracion, o su representante.
- El Director General de la Oficina General de
Cooperacion Internacional, o su representante. - El Director General de la Oficina General de Asesoria
Juridica, o su representante.
- Un representante del Fondo Intangible Solidario de
Salud - FISSAL.
- Un representante del Seguro Integral de Salud.
Articulo 3º.- La Secretaria Tecnica sera ejercida por el representante del FISSAL.
Articulo 4º.- La Comision que se constituye conforme al articulo 1º de la presente resolucion, tiene un plazo de 60 dias calendario, contados a partir de la fecha de su publicacion, para presentar ante la Alta Direccion del Ministerio de Salud el informe correspondiente, quedando autorizada a realizar las consultas y coordinaciones intra e intersectoriales que sean necesarias para el mejor cumplimiento de sus fines.
Registrese, comuniquese y publiquese.
PILAR MAZZETTI SOLER
Ministra de Salud
20039
Convocan a asamblea general de trabajadores del Organismo Central del
Ministerio para elegir delegados ante el Jurado Electoral Local, que conducira elecciones de representantes de trabajadores ante el SUB CAFAE
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 913-2005/MINSA
Lima, 24 de noviembre del 2005
Visto el Oficio Nº 136-2005-SUB CAFAE/MINSA, del
Subcomite de Administracion del Fondo de Asistencia y
Estimulo del Ministerio de Salud;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolucion Ministerial Nº 0164-81-SA/
DVM del 9 de octubre de 1981, se aprobo el Reglamento
Interno del Comite de Administracion del Fondo de
Asistencia y Estimulo del Ministerio de Salud -
CAFAEMSA, el mismo que es aplicable al Subcomite de
Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo del
Organismo Central del Ministerio de Salud;
Que conforme al citado Reglamento, el SUB CAFAE del Organismo Central esta integrado por un Presidente designado por la Alta Direccion, el Vicepresidente que sera el Contador General del Ministerio de Salud, el
Secretario que sera el Director General de la Oficina
General de Gestion de Recursos Humanos y tres representantes de los trabajadores que seran el tesorero y dos vocales; asimismo, el articulo 21º de la citada norma establece que cada dos años el CAFAEMSA y los
SUB CAFAEMSA convocaran a elecciones para designar a tres representantes titulares y tres representantes suplentes de los trabajadores;
Que mediante Resolucion Ministerial Nº 824-2003-
SA/DM del 15 de julio de 2003 se constituyo el Subcomite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo del Organismo Central del Ministerio de Salud, por el periodo 2003-2004, precisandose en la Resolucion
Ministerial Nº 474-2004/MINSA del 11 de mayo de 2004, que el ejercicio de sus funciones se extiende hasta el 15 de julio de 2005, de conformidad con lo establecido en el
Decreto Supremo Nº 067-75-PM/INAP y el Decreto
Supremo Nº 097-82-PCM;
Que no habiendose llevado a cabo la eleccion de los representantes de los trabajadores ante el SUB CAFAE del Organismo Central, resulta necesario dar inicio al proceso eleccionario correspondiente de acuerdo con lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 689-2001-
SA/DM; y, en tanto se designen a los nuevos representantes de los trabajadores, es conveniente disponer que los representantes titulares y suplentes elegidos para el periodo 2003-2005, continuen ejerciendo dichos cargos;
Que la precitada norma establece en el literal b) del articulo 5º, que los Jurados Locales estaran integrados por dos delegados de los trabajadores que seran elegidos de la terna propuesta por los mismos trabajadores en una Asamblea General, convocada por el Director de la
Dependencia, con 10 dias de anticipacion;
Estando a la visacion de la Oficina General de
Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Convocar a Asamblea General de
Trabajadores pertenecientes al Organismo Central del
Ministerio de Salud, con la finalidad de elegir de la terna propuesta por los mismos trabajadores, a dos (2) delegados los cuales integraran el Jurado Electoral Local, eleccionario de los representantes de los trabajadores ante el Sub Cafae. Asamblea General que debera realizarse a los diez (10) dias de expedida la presente
Resolucion, siguiendo estrictamente el procedimiento establecido en el Reglamento para el proceso de eleccion de los representantes de los trabajadores ante el Comite y Subcomites de Administracion.
Articulo 2º.- El Jurado Electoral en un plazo maximo de treinta (30) dias, contados a partir de la designacion de los delegados representantes de los trabajadores, organizara, dirigira, proclamara a los representantes titulares y suplentes de los trabajadores ante el SUB
CAFAE del Organismo Central por el periodo de dos años y concluira el proceso electoral convocado con tal finalidad.
Articulo 3º.- En forma excepcional, y en tanto no se efectuen las elecciones a que se refiere el articulo anterior, conforme a lo establecido por las normas legales vigentes, los representantes titulares y suplentes de los "
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