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El Peruano - Edición del 27/11/2005 - Pagina 38


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NORMAS LEGALES

Lima, domingo 27 de noviembre de 2005

Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia

General Municipal, Gerencia de Administracion y

Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de Tesoreria y Subgerencia de

Secretaria General el cumplimiento del presente

Acuerdo.

Registrese, comuniquese, cumplase y archivese

MACISTE A. DIAZ ABAD

Alcalde

20142

MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE PATIVILCA

Aprueban incorporacion del Gobierno

Regional de Lima - Provincias como accionista de la Empresa de Servicios

Electricos Municipal de Pativilca S.A.C.

ORDENANZA MUNICIPAL

N° 006-2005-CM/MDP

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE PATIVILCA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal, ha dado la Ordenanza siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA Y AUTORIZA LA

INCORPORACION DEL GOBIERNO REGIONAL

DE LIMA-PROVINCIAS, COMO ACCIONISTA DE

LA “EMPRESA DE SERVICIOS ELECTRICOS

MUNICIPAL DE PATIVILCA” SOCIEDAD

ANONIMA CERRADA.

VISTO:

En Sesion de Concejo de fecha 7 de septiembre del 2005; la Ordenanza Regional Nº 002-2005-CR/RL, y el

Proyecto de Ordenanza Municipal presentado por el señor alcalde, conteniendo la iniciativa legislativa que aprueba y autoriza la incorporacion del Gobierno Regional de Lima-Provincias, como accionista de la “Empresa de

Servicios Electricos Municipal de Pativilca” Sociedad

Anonima Cerrada; y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo prescrito por el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado; el Articulo II del Titulo Preliminar, y el articulo 4° de la Ley Nº 27972 -

Organica de Municipalidades; las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local con autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, de conformidad con lo prescrito por el articulo

IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Organica de

Municipalidades; las Municipalidades como Organos de

Gobierno Local, tienen por finalidad promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, y el desarrollo integral, armonico y sostenible de los pueblos que lo constituyen.

Que, dentro de este contexto, social y normativo, estrategicos, a adoptado la decision, de ejecutar acciones tendientes a dotarle de el elemental servicio del suministro de energia electrica a los Centros

Poblados, que lo requieren, entre los que se encuentran aquellos que estan dentro de la Zona de Concesion, del objeto social, de la “EMPRESA DE SERVICIOS

ELECTRICOS MUNICIPAL DE PATIVILCA” SOCIEDAD

ANONIMA CERRADA. Para cuyo fin, ha ejecutado acciones de coordinacion y cooperacion con otros niveles de gobierno, tendientes a atender las necesidades insatisfechas de la poblacion.

Que, como resultado de las acciones de coordinacion y cooperacion desarrolladas, el

Gobierno Regional de Lima-Provincias, se encuentra ejecutando la obra de infraestructura fisica denominada “Empalme Sepaex-Lampay”, con el expediente tecnico elaborado por la Municipalidad

Distrital de Pativilca y elevado al Gobierno Regional de Lima-Provincias, para su financiamiento y ejecucion. El mismo que a su culminacion, debe interconectarse a la infraestructura fisica existente, bajo la administracion de la “EMPRESA DE

SERVICIOS ELECTRICOS MUNICIPAL DE

PATIVILCA” SOCIEDAD ANONIMA CERRADA:

Que, sin embargo, debido a que la Obra “Empalme

Sepaex – Lampay”, se esta ejecutando con recursos del Gobierno Regional de Lima Provincias, este

Nº 002-2005-CR/RL publicado en el Diario Oficial El

Peruano con fecha 18 de marzo del año en curso; ha adoptado la decision de aportar como capital, el valor de sus inversiones en infraestructura electrica, que en este caso corresponde a la obra denominada encuentra dentro de la zona de concesion de la

MUNICIPAL DE PATIVILCA” SOCIEDAD ANONIMA

CERRADA. como consecuencia del cual el aporte de capital se efectuaria a la “EMPRESA DE SERVICIOS

ELECTRICOS MUNICIPAL DE PATIVILCA”

SOCIEDAD ANONIMA CERRADA; correspondiendo la propiedad de las acciones al Gobierno Regional de

Lima- Provincias.

Que, este gobierno distrital, respeta la decision del

Gobierno Regional de Lima – Provincias, asi como considera que al efectuarse el aporte de capital señalado en el considerando anterior, la “EMPRESA

DE SERVICIOS ELECTRICOS MUNICIPAL DE

PATIVILCA” SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, y el

Gobierno Distrital de Pativilca, se fortalecen y adquieren un socio estrategico, cuya confluencia de esfuerzos, consolidan los objetivos institucionales de ambos gobiernos, que permitiran la atencion a la poblacion del elemental servicio del suministro de energia electrica.

Por las razones expuestas, de conformidad con lo prescrito por el numeral 8) del articulo 9º, y el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades; con el voto conforme emitido por unanimidad de los señores Regidores; el Concejo Municipal:

HA APROBADO LA ORDENANZA SIGUIENTE

Articulo 1º.- Aprobar y autorizar la incorporacion del Gobierno Regional de Lima-Provincias, como accionista de la “Empresa de Servicios Electricos

Municipal de Pativilca” Sociedad Anonima Cerrada.

Articulo 2º.- Aprobar y autorizar el aporte como capital, el valor de las inversiones en infraestructura electrica, que en este caso corresponde a la obra denominada “Empalme Sepaex – Lampay”, cuya ejecucion se encuentra dentro de la zona de concesion de la “EMPRESA DE SERVICIOS ELECTRICOS

MUNICIPAL DE PATIVILCA” SOCIEDAD ANONIMA

CERRADA. como consecuencia del cual el aporte de capital se efectuaria a la “EMPRESA DE SERVICIOS

ELECTRICOS MUNICIPAL DE PATIVILCA” SOCIEDAD

ANONIMA CERRADA; correspondiendo la propiedad de las acciones al Gobierno Regional de Lima-

Provincias.

POR TANTO: mando se comunique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno Municipal, en Pativilca a los siete dias del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Registrese, comuniquese y cumplase.

ARTURO ESPINOZA MEZA

Alcalde

20078

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