El Peruano - Edición del 27/11/2005 - Pagina 38
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NORMAS LEGALES
Lima, domingo 27 de noviembre de 2005
Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia
General Municipal, Gerencia de Administracion y
Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de Tesoreria y Subgerencia de
Secretaria General el cumplimiento del presente
Acuerdo.
Registrese, comuniquese, cumplase y archivese
MACISTE A. DIAZ ABAD
Alcalde
20142
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PATIVILCA
Aprueban incorporacion del Gobierno
Regional de Lima - Provincias como accionista de la Empresa de Servicios
Electricos Municipal de Pativilca S.A.C.
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 006-2005-CM/MDP
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PATIVILCA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal, ha dado la Ordenanza siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA Y AUTORIZA LA
INCORPORACION DEL GOBIERNO REGIONAL
DE LIMA-PROVINCIAS, COMO ACCIONISTA DE
LA “EMPRESA DE SERVICIOS ELECTRICOS
MUNICIPAL DE PATIVILCA” SOCIEDAD
ANONIMA CERRADA.
VISTO:
En Sesion de Concejo de fecha 7 de septiembre del 2005; la Ordenanza Regional Nº 002-2005-CR/RL, y el
Proyecto de Ordenanza Municipal presentado por el señor alcalde, conteniendo la iniciativa legislativa que aprueba y autoriza la incorporacion del Gobierno Regional de Lima-Provincias, como accionista de la “Empresa de
Servicios Electricos Municipal de Pativilca” Sociedad
Anonima Cerrada; y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo prescrito por el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado; el Articulo II del Titulo Preliminar, y el articulo 4° de la Ley Nº 27972 -
Organica de Municipalidades; las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local con autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de conformidad con lo prescrito por el articulo
IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Organica de
Municipalidades; las Municipalidades como Organos de
Gobierno Local, tienen por finalidad promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, y el desarrollo integral, armonico y sostenible de los pueblos que lo constituyen.
Que, dentro de este contexto, social y normativo, estrategicos, a adoptado la decision, de ejecutar acciones tendientes a dotarle de el elemental servicio del suministro de energia electrica a los Centros
Poblados, que lo requieren, entre los que se encuentran aquellos que estan dentro de la Zona de Concesion, del objeto social, de la “EMPRESA DE SERVICIOS
ELECTRICOS MUNICIPAL DE PATIVILCA” SOCIEDAD
ANONIMA CERRADA. Para cuyo fin, ha ejecutado acciones de coordinacion y cooperacion con otros niveles de gobierno, tendientes a atender las necesidades insatisfechas de la poblacion.
Que, como resultado de las acciones de coordinacion y cooperacion desarrolladas, el
Gobierno Regional de Lima-Provincias, se encuentra ejecutando la obra de infraestructura fisica denominada “Empalme Sepaex-Lampay”, con el expediente tecnico elaborado por la Municipalidad
Distrital de Pativilca y elevado al Gobierno Regional de Lima-Provincias, para su financiamiento y ejecucion. El mismo que a su culminacion, debe interconectarse a la infraestructura fisica existente, bajo la administracion de la “EMPRESA DE
SERVICIOS ELECTRICOS MUNICIPAL DE
PATIVILCA” SOCIEDAD ANONIMA CERRADA:
Que, sin embargo, debido a que la Obra “Empalme
Sepaex – Lampay”, se esta ejecutando con recursos del Gobierno Regional de Lima Provincias, este
Nº 002-2005-CR/RL publicado en el Diario Oficial El
Peruano con fecha 18 de marzo del año en curso; ha adoptado la decision de aportar como capital, el valor de sus inversiones en infraestructura electrica, que en este caso corresponde a la obra denominada encuentra dentro de la zona de concesion de la
MUNICIPAL DE PATIVILCA” SOCIEDAD ANONIMA
CERRADA. como consecuencia del cual el aporte de capital se efectuaria a la “EMPRESA DE SERVICIOS
ELECTRICOS MUNICIPAL DE PATIVILCA”
SOCIEDAD ANONIMA CERRADA; correspondiendo la propiedad de las acciones al Gobierno Regional de
Lima- Provincias.
Que, este gobierno distrital, respeta la decision del
Gobierno Regional de Lima – Provincias, asi como considera que al efectuarse el aporte de capital señalado en el considerando anterior, la “EMPRESA
DE SERVICIOS ELECTRICOS MUNICIPAL DE
PATIVILCA” SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, y el
Gobierno Distrital de Pativilca, se fortalecen y adquieren un socio estrategico, cuya confluencia de esfuerzos, consolidan los objetivos institucionales de ambos gobiernos, que permitiran la atencion a la poblacion del elemental servicio del suministro de energia electrica.
Por las razones expuestas, de conformidad con lo prescrito por el numeral 8) del articulo 9º, y el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades; con el voto conforme emitido por unanimidad de los señores Regidores; el Concejo Municipal:
HA APROBADO LA ORDENANZA SIGUIENTE
Articulo 1º.- Aprobar y autorizar la incorporacion del Gobierno Regional de Lima-Provincias, como accionista de la “Empresa de Servicios Electricos
Municipal de Pativilca” Sociedad Anonima Cerrada.
Articulo 2º.- Aprobar y autorizar el aporte como capital, el valor de las inversiones en infraestructura electrica, que en este caso corresponde a la obra denominada “Empalme Sepaex – Lampay”, cuya ejecucion se encuentra dentro de la zona de concesion de la “EMPRESA DE SERVICIOS ELECTRICOS
MUNICIPAL DE PATIVILCA” SOCIEDAD ANONIMA
CERRADA. como consecuencia del cual el aporte de capital se efectuaria a la “EMPRESA DE SERVICIOS
ELECTRICOS MUNICIPAL DE PATIVILCA” SOCIEDAD
ANONIMA CERRADA; correspondiendo la propiedad de las acciones al Gobierno Regional de Lima-
Provincias.
POR TANTO: mando se comunique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno Municipal, en Pativilca a los siete dias del mes de septiembre del año dos mil cinco.
Registrese, comuniquese y cumplase.
ARTURO ESPINOZA MEZA
Alcalde
20078
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