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El Peruano - Edición del 27/11/2005 - Pagina 4


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NORMAS LEGALES

Lima, domingo 27 de noviembre de 2005 aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2003-

MINCETUR, tiene como finalidad promover las exportaciones peruanas, facilitando y contribuyendo a su posicionamiento en el mercado internacional, a traves de una accion concertada con el sector privado y las diferentes instituciones publicas relacionadas con el comercio exterior del pais, buscando el desarrollo sostenible de las exportaciones en base al crecimiento y diversificacion de la oferta exportable peruana, la capacidad de gestion de las empresas exportadoras y la apertura y consolidacion de los mercados de exportacion;

Que, entre las acciones que lleva a cabo PROMPEX, para la promocion de las exportaciones de bienes y servicios peruanos y mejora de la oferta exportable, se encuentra su participacion conjuntamente con empresas exportadoras peruanas, en Misiones Empresariales,

Ruedas de Negocios y Ferias Especializadas

Internacionales, de conformidad con lo establecido en el numeral 10) del articulo 5º de su Reglamento de

Organizacion y Funciones;

Que, en tal sentido, PROMPEX ha programado una

Mision Comercial a las ciudades de Guadalajara y Mexico

D.F., Estados Unidos Mexicanos, que se llevara a cabo del 28 de noviembre al 3 de diciembre del 2005;

Que, en dicha Mision Comercial participaran 14 empresas de los sectores de Manufacturas Diversas,

Artesanias, Textil, Agro, Pesca y Turismo, y se realizaran

Ruedas de Negocios con potenciales compradores, visitas y reuniones con diferentes empresas mexicanas a fin de sentar las bases de negocios futuros y promocionar las exportaciones de nuestros productos;

Que, asimismo, se realizaran coordinaciones con la

Embajada del Peru en Mexico y la Camara Nacional de

Comercio;

Que, por ser de interes institucional, el Director

Ejecutivo de PROMPEX solicita que se autorice el viaje de dos profesionales, para que en representacion de la

Entidad, participen en la mencionada Mision;

Que, el literal c) del articulo 6º de la Ley Nº 27790,

Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de

Comercio Exterior y Turismo, establece que PROMPEX, es un Organismo Publico Descentralizado del sector

Comercio Exterior y Turismo;

De conformidad con lo dispuesto por las Leyes

Nºs. 27790 y 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-

PCM y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Autorizar el viaje del señor Alberto

Blondet Montero, Gerente Central de Sectores

Productivos de PROMPEX, y la señorita Luisa Patricia

Jordan Campos, Jefa del Departamento de Ferias y

Misiones de la Gerencia Central de Sectores Productivos de PROMPEX, a las ciudades de Guadalajara y Mexico

D.F. Estados Unidos Mexicanos, del 26 de noviembre al 3 de diciembre del 2005, para los fines señalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al

Presupuesto del Pliego 008 Comision para la Promocion de Exportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior y

Turismo, Unidad Ejecutora 001 Comision para la

Promocion de Exportaciones, Funcion 11 Industria,

Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio,

Subprograma 0110 Promocion Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle:

Sr. Alberto Blondet Montero: - Viaticos (US$ 220,00 x 8 dias):US$1 760,00 - Pasajes :US$1 000,89 - Tarifa Corpac :US$ 28,24

Srta. Luisa Patricia Jordan Campos: - Viaticos (US$ 220,00 x 8 dias):US$1 760,00 - Pasajes :US$1 030,00 - Tarifa Corpac :US$ 28,24

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, los representantes de PROMPEX, autorizados mediante el articulo 1º de la presente resolucion, presentaran al Titular de la Entidad un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos; asimismo, presentaran la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley.

Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a liberacion o exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

Registrese, comuniquese y publiquese.

ALFREDO FERRERO

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

20161

ECONOMIA Y FINANZAS

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presuntos res- ponsables del SAT Lima de la comision de delitos contra la Administracion

Publica

RESOLUCION MINISTERIAL

Nº 602-2005-EF/10

Lima, 24 de noviembre de 2005

Visto el Oficio Nº 1714-2005-PP-EF/16 del Procurador

Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante escrito de fecha 7 de enero de 2005, el señor Aquiles Huamani Vargas interpuso queja contra el Servicio de Administracion Tributaria (SAT) de la

Municipalidad Metropolitana de Lima, por vicios en el procedimiento de cobranza coactiva relacionados con los arbitrios municipales de los años 1997 al 2003, consistentes en el cobro ilegal de los arbitrios de dichos años al no imputarse los pagos realizados mediante consignacion, el inicio de procedimiento de cobranza a pesar de existir recursos de reclamacion, la determinacion de los arbitrios de los años 1997 al 2003 es ilegal al efectuarse en base al valor de la propiedad y no en funcion del costo efectivo del servicio y finalmente por no habersele notificado resolucion de determinacion o resolucion coactiva alguna correspondiente a los años 1997 a 2000, asi como de años siguientes;

Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 00394- 5-2005 de fecha 19 de enero de 2005, el Tribunal Fiscal dispuso la suspension temporal del procedimiento de cobranza coactiva de los arbitrios municipales de los años 1997 al 2002 y requirio a la Administracion a fin que cumpla con enviar un informe en el que se precise si los arbitrios de los años 1997 al 2003 se encuentra en cobranza coactiva, el estado de los recursos de reclamacion interpuestos, la eventual imputacion a alguna deuda de los pagos por consignacion efectuados por el quejoso y copia de los valores que dan origen al procedimiento de ejecucion coactiva, dentro de un plazo de 10 dias habiles contados a partir de la fecha de notificacion de dicha resolucion;

Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 01286- 5-2005, de fecha 25 de febrero de 2005, se reitera al Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con proporcionar la informacion solicitada, otorgandosele un plazo de 10 dias habiles, debiendo mantenerse la suspension del procedimiento de cobranza coactiva iniciado contra el quejoso;

Que, el Tribunal Fiscal, mediante Resolucion Nº 02115- 5-2005, de fecha 6 de abril de 2005, señala que la

Administracion no ha cumplido con proporcionar la informacion solicitada, por lo que declara fundada la queja interpuesta en el extremo referido a los arbitrios municipales de 1997 y 1999 a 2002, disponiendo oficiar al Procurador del Ministerio de Economia y Finanzas a fin que proceda al ejercicio de las acciones legales pertinentes;

Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la Administracion; "


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