El Peruano - Edición del 30/11/2005 - Pagina 16
"
Lima, miercoles 30 de noviembre de 2005
SE RESUELVE:
Articulo Unico.- DESIGNAR a partir de la fecha a don
Zelin Jesus GONZALES NUÑEZ como Subprefecto de la provincia de San Ignacio del departamento de Cajamarca, cargo publico considerado de confianza.
Registrese, comuniquese y publiquese.
ROMULO PIZARRO TOMASIO
Ministro del Interior
20238
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 2406-2005-IN-1501
Lima, 25 de noviembre de 2005
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante la plaza de Subprefecto de la provincia de Ilo del departamento de Moquegua, cargo considerado de confianza.
De conformidad con el articulo 3º de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, lo dispuesto en el articulo 5º y 24º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo
Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 003-2004-IN y el Reglamento de Organizacion y
Funciones de las Autoridades Politicas aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 004-91-IN; y,
Estando a lo dictaminado por la Oficina General de
Asesoria Juridica, de conformidad con el Reglamento de
Organizacion y Funciones aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 004-2005-IN del 22 de julio del 2005;
SE RESUELVE:
Articulo Unico.- DESIGNAR a partir de la fecha a don
Jorge Ernesto CRUZ CHAFLOQUE como Subprefecto de la provincia de Ilo del departamento de Moquegua, cargo publico considerado de confianza.
Registrese, comuniquese y publiquese.
ROMULO PIZARRO TOMASIO
Ministro del Interior
20240
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 2408-2005-IN-1501
Lima, 25 de noviembre de 2005
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante la plaza de Subprefecto de la provincia de Mariscal Luzuriaga del departamento de
Ancash, cargo considerado de confianza.
De conformidad con el articulo 3º de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, lo dispuesto en el articulo 5º y 24º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo
Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 003-2004-IN y el Reglamento de Organizacion y
Funciones de las Autoridades Politicas aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 004-91-IN; y,
Estando a lo dictaminado por la Oficina General de
Asesoria Juridica, de conformidad con el Reglamento de
Organizacion y Funciones aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 004-2005-IN del 22 de julio del 2005;
SE RESUELVE:
Articulo Unico.- DESIGNAR a partir de la fecha a don
Pedro Aruan RICRA TRUJILLO como Subprefecto de la provincia de Mariscal Luzuriaga del departamento de
Ancash, cargo publico considerado de confianza.
Registrese, comuniquese y publiquese.
ROMULO PIZARRO TOMASIO
Ministro del Interior
20242
JUSTICIA 7 ) -"
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 456-2005-JUS
Lima, 28 de noviembre de 2005
CONSIDERANDO:
Que, el articulo 30º de la Ley Organica del Sector Justicia aprobada por el Decreto Ley Nº 25993, establece que la
Comision Permanente de Calificacion de Indultos del
Ministerio de Justicia es la encargada de evaluar los expedientes de los sentenciados que cumplan condena en los establecimientos penitenciarios y de proponer a los que sean merecedores de indulto, el que sera concedido por el Presidente de la Republica;
Que, el articulo 6º de la Ley Organica del Ministerio de
Justicia establece que la Comision esta integrada por el
Ministro de Justicia, quien la preside o la persona que el designe;
Que, en consecuencia, resulta necesario designar al profesional representante del Ministro de Justicia, el mismo que se desempeñara como Presidente de la Comision
Permanente de Calificacion de Indultos;
De conformidad con lo establecido en el Decreto
Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Designar al abogado Isaac Marciano
Espinoza De La Cruz como representante del Ministro de
Justicia, el mismo que se desempeñara como Presidente de la Comision Permanente de Calificacion de Indultos.
Registrese, comuniquese y publiquese.
ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA
Ministro de Justicia
20178
PRODUCE !
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 328-2005-PRODUCE
Lima, 25 de noviembre del 2005
Visto, el Informe Tecnico Nº 007-2005-PRODUCE/CEP-
PAITA-CD, de fecha 2 de noviembre de 2005, emitido por el
Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP-Paita;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la cooperacion tecnica entre los
Gobiernos del Japon y el Peru, la Overseas Fishery
Cooperation Foundation – OFCF del Japon y el Ministerio de la Produccion suscribieron en Tokio el 28 de marzo del 2005 , el Memorandum de Acuerdo entre Overseas Fishery
Cooperation Foundation (OFCF) del Japon y el
Viceministerio de Pesqueria del Ministerio de la Produccion del Peru para el Mejoramiento de las Instalaciones para el
Desarrollo Pesquero Artesanal, a fin de ejecutar el "Proyecto para el Mejoramiento de las Instalaciones para el Desarrollo
Pesquero Artesanal", en donde se establece que la OFCF, proveera de los materiales y equipos necesarios para reparar y mejorar las instalaciones pesqueras del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita – CEP-Paita;
Que, mediante Certificado de Donacion de la OFCF del
Japon del 31 de octubre de 2005, la citada Fundacion "
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 |
(*) Aunque se intenta obtener el 100% de lo publicado en el Diario Oficial, no siempre esto es posible, o en todo caso, aparece distorsionado en la pantalla. Hacemos el mejor esfuerzo por lograr que el contenido sea bien digitalizado. Ante cualquier duda, consulte con la fuente oficial.
Algunas tildes han sido omitidas intencionalmente.
Se realiza el máximo esfuerzo por tener esta información actualizada, pero por la naturaleza cambiante de la ley, esto no siempre es posible. La información presentada puede no estar al día.
Toda la información mostrada es únicamente de caracter informativo, tomada de fuentes confiables. Sin embargo, en ningún momento se debe tomar esta información como base para algún tipo de acción legal. Consulte con un especialista.
AbogadoPeru.com no se hace responsable de la manera como el lector utilice la información expuesta, ni del contenido o veracidad de los artículos o leyes publicadas en el portal. Cualquier duda, error o inexactitud depende directamente de la fuente de la misma o de su autor.
