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El Peruano - Edición del 30/11/2005 - Pagina 50


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Lima, miercoles 30 de noviembre de 2005 el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional. El articulo 10º numeral 1 Inc. n), establece que es competencia exclusiva del Gobierno Regional, de promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad. Asimismo el Articulo 10º numeral 2 Inc. d), establece que es competencia compartida del Gobierno

Regional, la gestion sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental;

Que, los miembros del Consejo Regional, teniendo conocimiento de la problematica ambiental de la region, basado en diversas reuniones de trabajo con participacion de las instituciones publicas, privadas, autoridades politicas de los gobiernos locales y la sociedad civil;

Que, contando con el Dictamen favorable de la Comision

Permanente de Recursos Naturales y Gestion del Medio

Ambiente del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modificada en parte por la Ley Nº 27902; y su Reglamento

Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:

EL SISTEMA REGIONAL DE GESTION

AMBIENTAL DE JUNIN”

Articulo Primero.- APRUEBESE el “Sistema Regional de Gestion Ambiental de Junin”, que consta de tres (3)

Titulos, cuarenta y siete (47) Articulos y tres (3) Disposiciones

Transitorias, el mismo que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional.

Articulo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el

Diario Oficial El Peruano, asi como en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la capital de la Region, debiendo incluirse ademas en el portal electronico del

Gobierno Regional Junin el texto completo del anexo.

Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de

Junin para su promulgacion.

Dado en la sala de sesiones del Centro Educativo “Inca

Gacilaso” del distrito de Acolla de la provincia de Jauja, a los veintiseis dias del mes de octubre del año 2005.

MANUEL DUARTE VELARDE

Presidente del Consejo Regional - Junin

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en la sede del Gobierno Regional - Junin, a los veintiocho dias del mes de octubre del año 2005.

MANUEL DUARTE VELARDE

Presidente del Gobierno Regional - Junin

20289

GOBIERNO REGIONAL

DE UCAYALI !  )   " 

ORDENANZA REGIONAL

Nº 018-2005-GRU/CR

Pucallpa, 28 de octubre del 2005

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO

REGIONAL DE UCAYALI

POR CUANTO:

El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion

Politica vigente, modificado por la Ley de Reforma

Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre

Descentralizacion - Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de

Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, Modificado por la Ley Nº 27902 y demas normas complementarias, en Sesion Ordinaria de fecha 20 de octubre del 2005;

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de las

Ordenanzas Regionales, en concordancia con el articulo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867, en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional;

Que, asimismo es atribucion del Consejo Regional aprobar los documentos de gestion, Reglamento de

Organizacion y Funciones – ROF, Manual de Organizacion y Funciones MOF y Cuadro para Asignacion de Personal -

CAP de las instituciones publicas del Gobierno Regional, en concordancia con el articulo 38º de la Ley Organica de

Gobiernos Regionales, que establece que las Ordenanzas

Regionales norman asuntos de caracter general en la organizacion y administracion del Gobierno Regional;

Que, la Direccion de Energia y Minas, la Direccion Regional

Sectorial de Agricultura y la Direccion Regional de Salud, asi como las demas instituciones publicas del Gobierno Regional de Ucayali tienen el ineludible deber de proponer al Consejo

Regional la aprobacion de los documentos de gestion,

Reglamento de Organizacion y Funciones – ROF y Cuadro de

Asignacion de Personal – CAP, documentos que contribuyen a la organizacion de las instituciones representativas para orientar las funciones de cargo, dinamica de trabajo y las responsabilidades en el cumplimiento de las funciones, tecnicas y administrativas, de conformidad con la normatividad vigente;

Que los CAP propuestos cumplen con los criterios establecidos en el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM, Lineamientos para la elaboracion y aprobacion de los mencionados documentos, en concordancia con el

Art. 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleado Publico que siendo el caso de las Direcciones Regionales Sectoriales que mantienen dependencia funcional y tecnica con los

Ministerios, quienes emiten opinion previa de su validez juridica, en consecuencia es procedente su aprobacion por el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali;

Que, en Sesion Ordinaria de fecha 15 de setiembre del 2005, mediante Acuerdo Nº 106-2005, se aprobo derivar la respectiva documentacion a las comisiones del Consejo

Regional de Ucayali, para la emision del dictamen correspondiente;

De conformidad con las facultades conferidas por la

Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de

Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo

Regional; El Consejo Regional de Ucayali, en Sesion

Ordinaria de fecha 20 de octubre del 2005;

ORDENA:

Articulo Primero.- APROBAR LOS DOCUMENTOS DE

GESTION DE LAS SIGUIENTES INSTITUCIONES:

DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS: -Reglamento de Organizacion y Funciones, (ROF) que consta de 8 titulos, 29 Articulos y tres Disposiciones

Complementarias y Finales.

-Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), que consta de 2 folios.

DIRECCION REGIONAL SECTORIAL DE

AGRICULTURA: -Reglamento de Organizacion y Funciones, (ROF) que consta de diez Titulos, cuarenta y cuatro articulos y Tres

Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales. -Cuadro para Asignacion de Personal (CAP)

DIRECCION REGIONAL DE SALUD DE UCAYALI

DIRECCION DE RED DE CORONEL PORTILLO

DIRECCION DE RED DE SALUD DE ATALAYA,

DIRECCION DE RED DE SALUD DE AGUAYTIA - SAN

ALEJANDRO

DIRECCION DE RED DE FEDERICO BASADRE -

YARINACOCHA.

HOSPITAL DE YARINACOCHA

HOSPITAL REGIONAL DE PUCALLPA -Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) "


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