El Peruano - Edición del 30/11/2005 - Pagina 50
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Lima, miercoles 30 de noviembre de 2005 el crecimiento economico armonizado con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional. El articulo 10º numeral 1 Inc. n), establece que es competencia exclusiva del Gobierno Regional, de promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad. Asimismo el Articulo 10º numeral 2 Inc. d), establece que es competencia compartida del Gobierno
Regional, la gestion sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental;
Que, los miembros del Consejo Regional, teniendo conocimiento de la problematica ambiental de la region, basado en diversas reuniones de trabajo con participacion de las instituciones publicas, privadas, autoridades politicas de los gobiernos locales y la sociedad civil;
Que, contando con el Dictamen favorable de la Comision
Permanente de Recursos Naturales y Gestion del Medio
Ambiente del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y modificada en parte por la Ley Nº 27902; y su Reglamento
Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente:
EL SISTEMA REGIONAL DE GESTION
AMBIENTAL DE JUNIN”
Articulo Primero.- APRUEBESE el “Sistema Regional de Gestion Ambiental de Junin”, que consta de tres (3)
Titulos, cuarenta y siete (47) Articulos y tres (3) Disposiciones
Transitorias, el mismo que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional.
Articulo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el
Diario Oficial El Peruano, asi como en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la capital de la Region, debiendo incluirse ademas en el portal electronico del
Gobierno Regional Junin el texto completo del anexo.
Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de
Junin para su promulgacion.
Dado en la sala de sesiones del Centro Educativo “Inca
Gacilaso” del distrito de Acolla de la provincia de Jauja, a los veintiseis dias del mes de octubre del año 2005.
MANUEL DUARTE VELARDE
Presidente del Consejo Regional - Junin
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la sede del Gobierno Regional - Junin, a los veintiocho dias del mes de octubre del año 2005.
MANUEL DUARTE VELARDE
Presidente del Gobierno Regional - Junin
20289
GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI ! )"
ORDENANZA REGIONAL
Nº 018-2005-GRU/CR
Pucallpa, 28 de octubre del 2005
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO
REGIONAL DE UCAYALI
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion
Politica vigente, modificado por la Ley de Reforma
Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre
Descentralizacion - Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de
Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, Modificado por la Ley Nº 27902 y demas normas complementarias, en Sesion Ordinaria de fecha 20 de octubre del 2005;
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de las
Ordenanzas Regionales, en concordancia con el articulo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867, en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, asimismo es atribucion del Consejo Regional aprobar los documentos de gestion, Reglamento de
Organizacion y Funciones – ROF, Manual de Organizacion y Funciones MOF y Cuadro para Asignacion de Personal -
CAP de las instituciones publicas del Gobierno Regional, en concordancia con el articulo 38º de la Ley Organica de
Gobiernos Regionales, que establece que las Ordenanzas
Regionales norman asuntos de caracter general en la organizacion y administracion del Gobierno Regional;
Que, la Direccion de Energia y Minas, la Direccion Regional
Sectorial de Agricultura y la Direccion Regional de Salud, asi como las demas instituciones publicas del Gobierno Regional de Ucayali tienen el ineludible deber de proponer al Consejo
Regional la aprobacion de los documentos de gestion,
Reglamento de Organizacion y Funciones – ROF y Cuadro de
Asignacion de Personal – CAP, documentos que contribuyen a la organizacion de las instituciones representativas para orientar las funciones de cargo, dinamica de trabajo y las responsabilidades en el cumplimiento de las funciones, tecnicas y administrativas, de conformidad con la normatividad vigente;
Que los CAP propuestos cumplen con los criterios establecidos en el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM, Lineamientos para la elaboracion y aprobacion de los mencionados documentos, en concordancia con el
Art. 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleado Publico que siendo el caso de las Direcciones Regionales Sectoriales que mantienen dependencia funcional y tecnica con los
Ministerios, quienes emiten opinion previa de su validez juridica, en consecuencia es procedente su aprobacion por el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali;
Que, en Sesion Ordinaria de fecha 15 de setiembre del 2005, mediante Acuerdo Nº 106-2005, se aprobo derivar la respectiva documentacion a las comisiones del Consejo
Regional de Ucayali, para la emision del dictamen correspondiente;
De conformidad con las facultades conferidas por la
Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de
Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo
Regional; El Consejo Regional de Ucayali, en Sesion
Ordinaria de fecha 20 de octubre del 2005;
ORDENA:
Articulo Primero.- APROBAR LOS DOCUMENTOS DE
GESTION DE LAS SIGUIENTES INSTITUCIONES:
DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS: -Reglamento de Organizacion y Funciones, (ROF) que consta de 8 titulos, 29 Articulos y tres Disposiciones
Complementarias y Finales.
-Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), que consta de 2 folios.
DIRECCION REGIONAL SECTORIAL DE
AGRICULTURA: -Reglamento de Organizacion y Funciones, (ROF) que consta de diez Titulos, cuarenta y cuatro articulos y Tres
Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales. -Cuadro para Asignacion de Personal (CAP)
DIRECCION REGIONAL DE SALUD DE UCAYALI
DIRECCION DE RED DE CORONEL PORTILLO
DIRECCION DE RED DE SALUD DE ATALAYA,
DIRECCION DE RED DE SALUD DE AGUAYTIA - SAN
ALEJANDRO
DIRECCION DE RED DE FEDERICO BASADRE -
YARINACOCHA.
HOSPITAL DE YARINACOCHA
HOSPITAL REGIONAL DE PUCALLPA -Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) "
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