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El Peruano - Edición del 03/12/2005 - Pagina 45


"

Pag. 305519NORMAS LEGALESLima, sabado 3 de diciembre de 2005 interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo señalado en el articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Articulo 9º.- WAYRA PERU S.A.C., debera constituir la garantia global que establece el articulo 93º de la Ley

Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto establecidas en los articulos 199º y siguientes del Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion.

Articulo 10º.- WAYRA PERU S.A.C. debera presentar cada año el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de

Caja proyectado para el año siguiente.

Articulo 11º.- WAYRA PERU S.A.C. queda obligada a cumplir dentro de los plazos señalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil.

Articulo 12º.- WAYRA PERU S.A.C. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais.

Articulo 13º.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a WAYRA PERU

S.A.C., queda sujeto a la Ley Nº 27261 - Ley de

Aeronautica Civil, su Reglamento; las Regulaciones

Aeronauticas del Peru; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta

Direccion General.

Registrese, comuniquese y publiquese.

ROBERTO RODRIGUEZ GALLOSO

Director General de Aeronautica Civil (e)

18967

Modifican resolucion que otorgo permiso de operacion de aviacion comercial a Wayra Peru S.A.C.

RESOLUCION DIRECTORAL

Nº 199-2005-MTC/12

Lima, 28 de octubre del 2005

Vista la solicitud de la empresa WAYRA PERU S.A.C., sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Aviacion

Comercial - Transporte Aereo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0200-2004-

MTC/12 del 15 de diciembre del 2004 se otorgo a la empresa WAYRA PERU S.A.C., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Servicio de Transporte Aereo

Nacional Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (4) años contados a partir del 8 de enero del 2005;

Que, en el presente tramite de Modificacion de Permiso de Operacion, la empresa WAYRA PERU S.A.C. solicita incrementar su material aeronautico y rutas, a los ya autorizados;

Que, segun los terminos de la Memoranda Nº 703- 2005-MTC/12.AL, Nº 809-2005-MTC/12.AL y Nº 874- 2005-MTC/12.AL, emitidos por la Asesora Legal de la Direccion General de Aeronautica Civil; Memoranda

Nº 2496-2005-MTC/12.04 y Nº 2826-2005-MTC/

12.04 , emitidos por la Direccion de Seguridad Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su

Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes;

Que, la Administracion, en aplicacion del principio de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentacion de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento

Administrativo General;

Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios;

Que, en aplicacion del articulo 9º, literal g) de la

Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica

Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de

Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva;

Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de

Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Modificar en la parte pertinente, el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 0200-2004-

MTC/12 del 15 de diciembre del 2004, que otorgo a la empresa WAYRA PERU S.A.C. Permiso de Operacion de Aviacion Comercial – Transporte Aereo Regular

Nacional de pasajeros, carga y correo, a fin de incrementar el material aeronautico y rutas a los ya autorizados, de acuerdo al siguiente detalle:

MATERIAL AERONAUTICO: (Adicional a lo autorizado) - Boeing 757-200.

RUTAS Y FRECUENCIAS: (Adicional a lo autorizado) - Lima - Cuzco - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Arequipa - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Ayacucho - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Chiclayo - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Piura - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Tumbes - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Cajamarca - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Iquitos - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Pucallpa - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Puerto Maldonado - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal. - Lima - Yurimaguas - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Anta - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Andoas - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Andahuaylas - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal. - Lima - Chachapoyas - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal. - Lima - Ilo - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Jauja - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Talara - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Trujillo - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

- Lima - Tacna - Lima, y/o via puntos intermedios, una (1) frecuencia minima semanal.

Articulo 2º.- Modificar el articulo 7º de la Resolucion

Directoral Nº 0200-2004-MTC/12 del 15 de diciembre del 2004, de acuerdo a lo siguiente: "


1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 | 77 | 78 | 79 | 80 | 81 | 82 | 83 | 84 |

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