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El Peruano - Edición del 03/12/2005 - Pagina 67


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Pag. 305541NORMAS LEGALESLima, sabado 3 de diciembre de 2005

VISTOS:

El Informe Tecnico OSINERG-GART/DGT Nº 092- 2005 y el Informe Legal OSINERG-GART-AL-2005-184 elaborados por la Gerencia Adjunta de Regulacion

Tarifaria.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2005-EM, publicado el 3 de febrero de 2005, fue modificado el articulo 92º del Reglamento de la Ley de Concesiones

Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-

EM, estableciendose en el nuevo texto del referido articulo que el OSINERG determinara los costos eficientes de inversion, de operacion y de mantenimiento que se reconoceran al Coordinador por la coordinacion de la operacion en tiempo real del Sistema, debiendo ser cubiertos dichos costos por los integrantes del COES;

Que, posteriormente, con fecha 12 de junio de 2005, el OSINERG publico en el Diario Oficial El Peruano, la

Resolucion OSINERG Nº 099-2005-OS/CD, mediante la cual se aprobo la norma “Procedimiento para el Pago de los Costos Eficientes al Coordinador de la Operacion del

SEIN y a las Entidades Delegadas”, cuyo objeto es establecer los criterios, lineamientos y parametros necesarios para efectuar el pago de los costos eficientes;

Que, con el fin de complementar la Resolucion

OSINERG Nº 099-2005-OS/CD y la resolucion referida a los “Estandares Tecnicos Minimos del Equipamiento para la Coordinacion de la Operacion en Tiempo Real del

SEIN”, se requiere emitir una resolucion que determine los costos eficientes que se debera reconocer al coordinador para el desarrollo de su funcion de coordinacion de la operacion de tiempo real del SEIN, con lo que se da cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 92º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, antes mencionado;

Que, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la publicacion del Decreto Supremo Nº 003-2005-EM y la fecha de entrada en vigencia de la Norma "Procedimiento para el Pago de los Costos Eficientes al

Coordinador de la Operacion del SEIN y a las Entidades

Reguladas", aprobada por Resolucion OSINERG Nº 099- 2005-OS/CD, resulta conveniente publicar la determinacion de costos eficientes de inversion, de operacion y de mantenimiento que se reconoceran al

Coordinador por la coordinacion de la operacion en tiempo real del Sistema, sin que sea necesaria su prepublicacion por no tratarse de una tarifa de servicio publico;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332,

Ley Marco de los Organismos Reguladores de la

Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el

Reglamento General del Organismo Supervisor de la

Inversion en Energia - OSINERG, aprobado por Decreto

Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Decreto Ley Nº 25844,

Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas.

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Fijar los costos eficientes de inversion, de operacion y de mantenimiento que se reconoceran al coordinador por la coordinacion de la operacion en tiempo real del Sistema en los siguientes valores:

TABLA Nº 1

Descripcion

Costo Total (US$)

Costos Eficientes de Inversion 2 629 238

Costos Eficientes de la Operacion anual 617 108

Costos Eficientes del Mantenimiento anual 33 713

Articulo 2º.- Los costos eficientes consignados en el articulo 1º seran vigentes para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2006 al 31 de diciembre de 2010.

Articulo 3º.- El primer pago anual que efectuaran los integrantes del COES-SINAC al Coordinador y a las

Entidades Delegadas se realizara dentro de los primeros veinte (20) dias del mes de febrero de 2006, de acuerdo con los criterios, lineamientos y parametros establecidos en el articulo 8º de la Norma “Procedimiento para el

Pago de los Costos Eficientes al Coordinador de la

Operacion del SEIN y a las Entidades Delegadas”, aprobada por Resolucion OSINERG Nº 099-2005-OS/

CD.

El pago anual correspondiente a los costos eficientes de inversion se calculara con un factor de actualizacion que considere el pago al inicio del periodo.

Articulo 4º.- Incorporese como Anexo de la presente resolucion, el Informe OSINERG-GART/DGT Nº 092- 2005.

Articulo 5.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y, junto con su

Anexo, en la pagina WEB de OSINERG: www.osinerg.gob.pe.

ALFREDO DAMMERT LIRA

Presidente del Consejo Directivo

20443

Precisan computo de plazo a que se refiere el "Procedimiento para supervisar la generacion en sistemas electricos aislados"

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA

INVERSION EN ENERGIA

OSINERG Nº 442-2005-OS/CD

Lima, 29 de noviembre de 2005

VISTO:

El Memorando Nº GFE-745-2005 de la Gerencia de

Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo

Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en

Energia que precise lo establecido en el numeral 10 del sistemas electricos aislados”, respecto al plazo para la presentacion de los Planes de Contingencias Operativo y los Planes de Adecuacion de Confiabilidad de

Suministro;

CONSIDERANDO:

Que, OSINERG publico el 1 de julio de 2005 en el

Diario Oficial El Peruano el “Procedimiento para supervisar la generacion en sistemas electricos aislados”, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo de

OSINERG Nº 152-2005-OS/CD, el cual permitira mejorar la confiabilidad y calidad del suministro del servicio publico de electricidad en los Sistemas Aislados;

Que, de acuerdo al numeral 10 del referido

Procedimiento, se establecio que el plazo para presentar los Planes de Contingencias Operativo y los Planes de

Adecuacion de Confiabilidad de Suministro es de 120 dias de publicado el Procedimiento en el Diario Oficial El

Peruano, siendo requisito para ello, que la Gerencia de

Fiscalizacion Electrica apruebe previamente los correspondientes lineamientos para su presentacion;

Que, actualmente se estan elaborando los referidos lineamientos para la presentacion de los citados Planes, por lo que es conveniente precisar que el mencionado plazo de 120 dias debera computarse a partir del dia siguiente en que la Gerencia de Fiscalizacion Electrica entregue a las Empresas obligadas los respectivos lineamientos para su presentacion;

De conformidad con lo dispuesto en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM;

Con la opinion favorable de la Gerencia Legal y la

Gerencia de Fiscalizacion Electrica;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Precisar que el plazo de 120 dias al que se refiere el numeral 10 del “Procedimiento para "


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