El Peruano - Edición del 04/12/2005 - Pagina 20
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NORMAS LEGALES
Lima, domingo 4 de diciembre de 2005
DE LAS PRECEDENCIAS EN EL EXTERIOR
Articulo 10º: La precedencia de los miembros de las misiones diplomaticas en el exterior, acreditados como funcionarios diplomaticos de las mismas, es la siguiente:
El Jefe de Mision;
El Ministro o el funcionario del Servicio Diplomatico que siga en categoria al Jefe de Mision y que durante su ausencia le corresponde reemplazarlo;
Consul General con categoria de Embajador;
Los Agregados Militares, Navales, Aereos y Policiales a las Misiones Diplomaticas con grados de General de
Division, Vicealmirante y Teniente General;
Los Consules Generales con categoria de Ministro;
Los demas funcionarios diplomaticos con categoria de Ministro;
Los Agregados Militares, Navales, Aereos y Policiales con grados de General de Brigada, Contralmirante y
Mayor General;
Los Ministros Consejeros;
Los Agregados Militares, Navales, Aereos y Policiales con grados de Coronel y Capitan de Navio;
Los Ministros Consejeros de Prensa, Culturales,
Economicos y Comerciales;
Los Consejeros;
Los Agregados Militares, Navales, Aereas y Policiales
Adjuntos, con grado de Teniente Coronel, Comandante y
Capitan de Fragata;
Los Consejeros de Prensa, Culturales, Economicos y Comerciales;
Los Primeros Secretarios
Los Agregados Militares, Navales, Aereas y Policiales
Adjuntos, con grado de Mayores y Capitanes de Corbeta;
Los Segundos Secretarios;
Los Agregados Militares, Navales y Aereos y
Policiales Adjuntos, con grados de Capitanes y Tenientes
Primeros;
Los Terceros Secretarios;
Los demas Agregados Militares, Navales, Aereos y
Policiales Adjuntos;
Los Agregados Culturales, de Prensa, Economicos,
Comerciales y de otro caracter.
III
ASUNCION DE FUNCIONES DEL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
Articulo 11º: Al asumir funciones un nuevo Ministro de Relaciones Exteriores, tendra lugar en el patio principal del Palacio de Torre Tagle una ceremonia de presentacion, con la participacion del Canciller saliente, a la cual asistiran los funcionarios diplomaticos y administrativos que se encuentren en Lima. Se observara la siguiente secuencia: - Palabras del Ministro de Relaciones Exteriores saliente; - Palabras del Ministro de Relaciones Exteriores entrante; - Saludo de los asistentes, por orden de precedencia, al nuevo Ministro de Relaciones Exteriores.
Articulo 12º: Dentro del termino de quince dias desde la asuncion de sus funciones, el nuevo Ministro recibira el saludo del Cuerpo Diplomatico y de los representantes de las Organizaciones Internacionales acreditados en el pais. El Nuncio Apostolico como Decano del Cuerpo
Diplomatico pronunciara las palabras de saludo, las cuales seran respondidas por el nuevo Ministro. Luego se procedera al saludo individual por orden de precedencia.
IV
DE LA JURAMENTACION DEL VICEMINISTRO
SECRETARIO GENERAL DE RELACIONES
EXTERIORES
Articulo 13º: Al asumir el cargo el Viceministro
Secretario General de Relaciones Exteriores (en adelante, el “Viceministro Secretario General”) y dado su caracter de Jefe del Servicio Diplomatico de la
Republica, se efectuara una ceremonia de juramentacion en el patio principal del Palacio de Torre Tagle, en la que se observaran los siguientes momentos:
a) Lectura de la Resolucion Suprema de
Nombramiento;
b) Palabras del Viceministro Secretario General saliente;
c) Toma de juramento por el señor Ministro de
Relaciones Exteriores, para cuyo efecto el Viceministro
Secretario General que asume, se ubicara frente al señor
Ministro y de rodillas sobre un reclinatorio, con la mano sobre la Biblia y ante un Crucifijo hara su juramento. La toma del juramento se adecuara en lo pertinente a la opcion religiosa del Viceministro Secretario General que asume;
d) Palabras del Viceministro Secretario General de
Relaciones Exteriores recien juramentado;
e) Palabras del Ministro de Relaciones Exteriores;
f) Saludo de los asistentes, por orden de precedencia, al nuevo Viceministro Secretario General, quien recibira el saludo en compañia del señor Ministro en la puerta de entrada del despacho ministerial.
Articulo 14º: Dentro del termino de quince (15) dias desde la asuncion de sus funciones, el nuevo Viceministro
Secretario General recibira el saludo del Cuerpo
Diplomatico y de los representantes de las
Organizaciones Internacionales acreditados en el pais.
V
DE LA SUSCRIPCION DE CONVENIOS
Articulo 15º: En todo acto de suscripcion de convenios que se realice en la sede de la Cancilleria, el
Ministro de Relaciones Exteriores suscribira los mismos, salvo las excepciones previstas en la ley.
Articulo 16º: La ceremonia tendra lugar en el Salon de Tratados, para cuyo efecto se ubicaran en la parte central de la mesa el Ministro de Relaciones Exteriores y a su derecha su homologo extranjero visitante o la persona que tenga la representacion del Estado con el que se suscribira el convenio; en la parte lateral izquierda de la mesa se ubicaran el Viceministro Secretario General y las autoridades de la Cancilleria o del sector publico nacional vinculadas con el tema objeto del convenio; en la parte lateral derecha de la mesa se ubicaran los miembros de mayor jerarquia de la delegacion o personalidad representativa visitante.
Articulo 17º: La Ceremonia se iniciara con la suscripcion de los instrumentos al termino de la cual, se procedera al intercambio de los mismos. El signatario visitante sera el primer orador. Concluira la ceremonia el
Ministro de Relaciones Exteriores o en su ausencia, su representante.
VI
DE LA CEREMONIA DE GRADUACION DE
LOS EGRESADOS DE LA ACADEMIA
DIPLOMATICA DEL PERU Y DE SU
INCORPORACION AL SERVICIO DIPLOMATICO
DE LA REPUBLICA
Articulo 18º: Anualmente, en el mes de diciembre se realizara en el Palacio de Torre Tagle, la ceremonia de graduacion de los egresados de la Academia Diplomatica y de su incorporacion al Servicio Diplomatico de la
Republica, la misma que sera presidida por el Presidente de la Republica y en su ausencia, por el Ministro de
Relaciones Exteriores.
Articulo 19º: La ceremonia de incorporacion tendra caracter publico y contara con la presencia de los miembros del Servicio Diplomatico de la Republica que se encuentren en Lima. Los egresados podran invitar a sus familiares y allegados, en numero a ser fijado por la
Direccion Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado.
Articulo 20º: La ceremonia constara de los siguientes momentos: "
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 |
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