AbogadoPeru.com - El más completo recurso legal online
 
 
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 |

El Peruano - Edición del 04/12/2005 - Pagina 34


"

Pag. 305592

NORMAS LEGALES

Lima, domingo 4 de diciembre de 2005

Modificaciones o en su defecto por el Proceso de

Fiscalizacion tal como lo determina el Codigo Tributario.

En el presente beneficio se determina CONDONAR del monto insoluto en un 20% la deuda correspondiente al año 2001; 15% deuda correspondiente al año 2002, 10% deuda correspondiente al año 2003 y 05% deuda correspondiente al año 2004. El presente beneficio se otorgara siempre y cuando el contribuyente cancele la totalidad de la deuda.

Pago Fraccionado.- De acogerse al presente beneficio por el concepto antes en mencion solo se determinara

CONDONAR los interese moratorios, para lo cual el contribuyente debera abonar por concepto de cuota inicial el 30% del monto insoluto ademas de otorgarsele como minimo 03 cuotas y como maximo 08 cuotas.

Articulo Septimo.- En el presente Beneficio se encuentran comprendidas las deudas en Cobranzas

Coactivas, para lo cual los Contribuyentes que son inmersos en este proceso y se acojan al presente beneficio se les condonara la totalidad de los gastos y costas que ha devengado el presente proceso, por ellos los Contribuyentes.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA: Deleguese a la Alcaldesa la facultad de prorrogar el presente beneficio.

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

CAROLA CLEMENTE Vda. DE POBLET

Alcaldesa

20589

MUNICIPALIDAD DE

SANTIAGO DE SURCO

Modifican articulo del Acuerdo Nº 116- 2005-ACSS sobre exoneracion de proceso de seleccion y adquisicion de inmueble

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 142-2005-ACSS

Santiago de Surco, 25 de noviembre de 2005

EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesion

Extraordinaria de la fecha; en atencion al Dictamen

Conjunto Nº 028-2005-CGM-CAJ-MSS de la Comision de Gestion Municipal y Comision de Asuntos Juridicos;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 116-2005-

ACSS de fecha 04NOV2005, se aprobo la exoneracion del Proceso de Seleccion y consiguiente adquisicion del inmueble afectado por la continuacion del Pasaje Los

Aquijes, sito en la Av. Franklin D. Roosevelt Nº 590,

Santiago de Surco; inscrito en la Partida Registral

Nº 07002792, Tomo 0042, Fojas 153 del Registro de

Propiedad Inmueble de Lima, de propiedad de los señores

Felipe Ramon Zuloaga Perez y su conyuge Elva Hedi

Davila Muro y Manuel Oscar Zuloaga Antay y su conyuge

Nelly Cecilia Verdaguer Bardelli, por el monto de

US $ 135,274.10 (Ciento Treinta y cinco mil doscientos setenta y cuatro y 10/100 dolares americanos), contando con la disponibilidad presupuestal segun Resolucion de

Alcaldia Nº 482-2005-RASS, con cargo a la Fuente de

Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados;

Que, conforme al Informe Nº 1118-2005-OAJ-MSS, el

Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica señala que no se ha tomado en cuenta el pedido de los propietarios del terreno que solicitan el pago de un 10% adicional a la valorizacion comercial del CONATA por lo que es pertinente modificar el

Art. 1º del Acuerdo de Concejo Nº 116-2005-ACSS a fin de no limitar el monto para la adquisicion. Y de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-

PCM, articulos 19º inciso e) y 20º; asi como su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, articulos 144º y 148º, se colige que al Concejo solo le compete aprobar la exoneracion del proceso de seleccion por la causal: “que no admite sustitutos”, consecuentemente el precio a pactarse se sujeta a la Ley

Nº 27628 para la adquisicion de terreno para obras publicas viales mediante trato directo, motivo por el cual deviene en necesario efectuar la rectificacion del articulo 1º del Acuerdo de Concejo Nº 116-2005-ACSS, en sujecion a las disposiciones legales citadas;

De conformidad con lo dispuesto en los articulos 9º numerales 8) y 35), 39º primer parrafo y 41º de la Ley

Organica de Municipalidades Nº 27972; con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; por

Unanimidad adopto el siguiente:

ACUERDO

1. Modificar el articulo 1º del Acuerdo de Concejo

Nº 116-2005-ACSS de fecha 04NOV2005, en cuanto a que el Concejo aprueba la exoneracion del Proceso de

Seleccion y consiguiente adquisicion del inmueble afectado por la continuacion del Pasaje Los Aquijes, sito en la Av. Franklin D. Roosevelt Nº 590, Santiago de Surco, inscrito en la Partida Registral Nº 07002792, Tomo 0042,

Fojas 153 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, de propiedad de los señores Felipe Ramon Zuloaga Perez y su conyuge Elva Hedi Davila Muro y Manuel Oscar

Zuloaga Antay y su conyuge Nelly Cecilia Verdaguer

Bardelli, conforme a lo dispuesto en los articulos 19º Inc.

e) y 33º del Texto Unico Ordenado de la Ley de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado y al articulo 3º de la Ley Nº 27628.

2. Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El

Peruano.

3. Encargar a la Secretaria General remitir copia certificada del presente Acuerdo de Concejo a la

Contraloria General de la Republica.

4. Encargar a la Subgerencia de Logistica que publique el presente Acuerdo de Concejo en el Sistema

Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

CARLOS DARGENT CHAMOT

Alcalde

20592

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE

VENTANILLA

Amplian vigencia de la Ordenanza

Nº 045-2005-MDV sobre formalizacion de establecimientos dedicados a actividades artesanales, comerciales o de servicios

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 059-2005-MDV

Ventanilla, 23 de noviembre del 2005 "


1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 |

(*) Aunque se intenta obtener el 100% de lo publicado en el Diario Oficial, no siempre esto es posible, o en todo caso, aparece distorsionado en la pantalla. Hacemos el mejor esfuerzo por lograr que el contenido sea bien digitalizado. Ante cualquier duda, consulte con la fuente oficial.


Algunas tildes han sido omitidas intencionalmente.

Se realiza el máximo esfuerzo por tener esta información actualizada, pero por la naturaleza cambiante de la ley, esto no siempre es posible. La información presentada puede no estar al día.

Toda la información mostrada es únicamente de caracter informativo, tomada de fuentes confiables. Sin embargo, en ningún momento se debe tomar esta información como base para algún tipo de acción legal. Consulte con un especialista.

AbogadoPeru.com no se hace responsable de la manera como el lector utilice la información expuesta, ni del contenido o veracidad de los artículos o leyes publicadas en el portal. Cualquier duda, error o inexactitud depende directamente de la fuente de la misma o de su autor.