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El Peruano - Edición del 04/12/2005 - Pagina 36


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NORMAS LEGALES

Lima, domingo 4 de diciembre de 2005

Alcalde ejecutar los acuerdos del concejo municipal, de conformidad al articulo 20º, numeral 3 de la LOM

Nº 27972;

ACUERDA:

Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje del señor,

PEDRO FELIX SALGUERO DULANTO, Alcalde del distrito de Aucallama; al hermano del pais de ESPAÑA desde el dia 5 al 22 de diciembre del presente año a las ciudades de: Madrid, Navarra, Castilla, Murcia, Bilbao,

Cataluña, Barcelona y Lerida.

Articulo Segundo.- ENCARGAR el despacho de

Alcaldia al Primer Regidor Lic. Roberto Villanueva

Martinez, mientras dure la ausencia con las facultades y atribuciones inherentes a dicho cargo.

Articulo Tercero.- APROBAR el otorgamiento de $ 4,000.00 (Cuatro Mil y 00/100 Dolares Americanos), para cubrir en su totalidad, los gastos de alojamiento, estancia, alimentacion, movilidad nacional y extranjera, tasas de embarque internacional y otros gastos diversos derivados de la exposicion a los Proyectos de Invasion e Infraestructura Social a favor del distrito de Aucallama.

Articulo Cuarto.- El presente acuerdo no dara derechos de exoneraciones o liberaciones de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion.

Articulo Quinto.- DISPONER que el presente acuerdo se publique en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a Ley.

Articulo Sexto.- ENCARGAR a Gerencia Municipal,

Gerencia Administrativa, Presupuesto y Contabilidad y

Registrese, comuniquese y publiquese.

PEDRO F. SALGUERO DULANTO

Alcalde

20594

PROYECTO

OSINERG

Proyecto de modificacion de la norma "Formularios, Plazos y Medios para el Suministro de Informacion de la Operacion del Sistema Electrico

Interconectado Nacional"

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA

INVERSION EN ENERGIA

OSINERG Nº 438-2005-OS/CD

Lima, 29 de noviembre de 2005

CONSIDERANDO

Que, el Organismo Supervisor de la Inversion en

Energia (en adelante “OSINERG”), mediante Resolucion

OSINERG Nº 235-2005-OS/CD aprobo la norma

Informacion de la Operacion del Sistema Electrico

Interconectado Nacional”, en cuyo Anexo C se presenta los cuadros de codigos a utilizar en el envio de informacion; asimismo, en los numerales 4.5 y 4.7 del

Articulo 4º, se establece los medios de envio de informacion y el procedimiento de actualizacion de los codigos, respectivamente;

Que, en la implementacion de las tablas de equivalencia entre los codigos de la Norma (Anexo C) y los del sistema de informacion del Comite de Operacion

Economica del Sistema (en adelante “COES”), se observo la necesidad de modificar y precisar dicho Anexo a fin de facilitar el cumplimiento de la Norma al administrado;

Que, la modificacion en los cuadros de codigos del

Anexo C de la Norma, origina a la vez la modificacion de los cuadros en el anexo B y de la descripcion correspondiente en el anexo A;

Que, asimismo, se ha visto por conveniente mejorar la precisiones de los numerales 4.5 y 4.7 del Articulo 4º de la Norma, referido a los medios de envio de informacion y al procedimiento de actualizacion de codigos, para evitar que estos sean rigidos en el tiempo y permitir al OSINERG y al COES coordinar los mecanismos y procedimientos adecuados para mejorar y automatizar el procedimiento de la informacion de acuerdo con los avances tecnologicos. Esta mejora conlleva a modificar los numerales 4.6 del Articulo 4º y

5.1 del Articulo 5º al estar relacionados con los medios de envio de informacion;

Que, las modificaciones indicadas, determinan la necesidad de ampliar el plazo de entrada en vigencia de la Resolucion OSINERG Nº 235-2005-OS/CD, a efectos que el administrado cuente con un plazo razonable para la adaptacion de formatos, tablas y demas aspectos que involucran la modificacion normativa;

Que, en consecuencia, segun el Articulo 3º de la Ley

Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos y los

Articulos 1º, 25º y 52º, literal n), del Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054- 2001-PCM, es necesario prepublicar el proyecto de modificacion de la norma “Formularios, Plazos y Medios para el Suministro de Informacion de la Operacion del

Sistema Electrico Interconectado Nacional” para que los interesados presenten sus opiniones y sugerencias, sin que esto tenga caracter vinculante ni de lugar a procedimiento administrativo;

Que, finalmente con relacion a la modificacion de la norma, se ha expedido los informes OSINERG-GART/

DGT-091-2005 y OSINERGGART-AL-2005-182, de la

Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERG, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere e Articulo 3º, Numeral 4 de la Ley de

Procedimiento Administrativo General; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838,

Ley de Transparencia y Simplificacion de los

Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley

Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, y su

Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 042- 2005-PCM; en el Reglamento General del Organismo

Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo

Nº 009-93-EM; y en la Ley Nº 27444, Ley del

Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Disponer la Prepublicacion en el Diario

Oficial El Peruano y en la Pagina WEB del OSINERG: www.osinerg.gob.pe, del proyecto de modificacion de la norma “Formularios, Plazos y Medios para el Suministro de Informacion de la Operacion del Sistema Electrico

Interconectado Nacional”, aprobada mediante la

Resolucion OSINERG Nº 235-2005-OS/CD, conjun- tamente con su exposicion de motivos.

Articulo 2º.- Incorporese el Informe OSINERG-

GART/DGT-091-2005 como parte integrante de la presente resolucion.

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