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El Peruano - Edición del 04/12/2005 - Pagina 4


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NORMAS LEGALES

Lima, domingo 4 de diciembre de 2005

Autorizan viaje de la Ministra de Salud a EE.UU. y encargan su despacho al

Ministro de Trabajo y Promocion del

Empleo

RESOLUCION SUPREMA

Nº 404-2005-PCM

Lima, 2 de diciembre del 2005

CONSIDERANDO:

Que, mediante Facsimil Nº 85-2005-MINCETUR/DM del 28 de noviembre de 2005, el Ministro de Comercio

Exterior y Turismo - MINCETUR ha cursado invitacion a la

Ministra de Salud a fin de que participe en las reuniones de los temas pendientes del TLC con EE.UU., que se llevaran a cabo entre los dias 5 y 7 de diciembre de 2005, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de America;

Que, encontrandose en su etapa final el proceso de negociaciones para la suscripcion de un Tratado de Libre

Comercio - TLC, se ha considerado necesaria la participacion de la Ministra de Salud en el citado evento;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la Ministra de Salud, cuyos gastos seran asumidos por el Pliego 011: Ministerio de Salud y encargar el

Despacho de Salud al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, en tanto dure la ausencia de la titular;

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo

Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27619;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la Ministra de Salud,

Pilar MAZZETTI SOLER, a la ciudad de Washington D.C.,

Estados Unidos de America, del 4 al 7 de diciembre de 2005, para los fines señalados en la parte considerativa de la presente resolucion.

Articulo 2º.- Los gastos de viaje seran con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administracion

Central del Pliego 011: Ministerio de Salud, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes

US$1480.72

Viaticos

US$

880.00

Impuesto T.U.U.A.US$28.24 ------------------

Total:

US$2388.96

Articulo 3º.- Encargar el Despacho de Salud al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, doctor Carlos ALMERI

VERAMENDI, mientras dure la ausencia de la titular.

Articulo 4º.- El cumplimiento de la presente resolucion no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion.

Articulo 5º.- La presente resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Salud.

Registrese, comuniquese y publiquese.

Rubrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la Republica

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD

Presidente del Consejo de Ministros

PILAR MAZZETTI SOLER

Ministra de Salud

20621

AGRICULTURA

Modifican el Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos del SENASA

DECRETO SUPREMO

Nº 043-2005-AG

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 27322, de fecha 22 de julio de 2000, se aprobo la Ley Marco de Sanidad Agraria y por Decreto

Supremo Nº 048-2001-AG se aprobo su Reglamento;

Que, por Decreto Supremo Nº 018-2002-AG se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA del Servicio Nacional de Sanidad Agraria -

SENASA, publicado el 23 de febrero de 2002, el cual fue modificado mediante las Resoluciones Ministeriales

Nºs. 009-2003-AG y 126-2004-AG, publicadas el 10 de enero de 2003 y el 14 de febrero de 2004, respectivamente;

Que, por Decreto Supremo Nº 024-2005-AG de fecha 4 de mayo de 2005, se aprobo el Reglamento Tecnico de

Certificacion de Semillas que comprende los procedimientos necesarios para asegurar a los usuarios la pureza e identidad genetica de la semilla; asi como adecuados niveles de calidad fisica, fisiologica y sanitaria;

Que, en armonia de la politica de racionalizacion de las actividades del Estado, para la correcta aplicacion de los procedimientos administrativos y exigencias establecidas por el Reglamento señalado en el parrafo anterior, es necesario modificar el Texto Unico de

Procedimientos Administrativos - TUPA del SENASA;

Que, el articulo 38º de la Ley del Procedimiento

Administrativo General, establece que una vez aprobado el TUPA de una entidad toda modificacion que implique la incorporacion de nuevos procedimientos debe aprobarse mediante Decreto Supremo;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27322 - Ley Marco de Sanidad Agraria, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto

Supremo Nº 008-2005-AG - Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aprobar la modificatoria del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA del SENASA, segun el Anexo que forma parte integrante del presente

Decreto Supremo.

Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta dias del mes de noviembre del año dos mil cinco.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la Republica

MANUEL MANRIQUE UGARTE

Ministro de Agricultura

20502

MINCETUR

Autorizan viaje de representantes del

Ministerio a EE.UU. para participar en reuniones adicionales a las Rondas de

Negociaciones del TLC, sobre acceso a mercados, agricultura y propiedad intelectual

RESOLUCION MINISTERIAL

Nº 385-2005-MINCETUR/DM

Lima, 1 de diciembre de 2005

Visto el Memorandum Nº 945-2005-MINCETUR/

VMCE del Viceministro de Comercio Exterior.

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo –

MINCETUR es el organismo publico competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la politica de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinacion con los sectores del Gobierno en el

Que, el Peru conjuntamente con Ecuador y Colombia, viene negociando con los Estados Unidos de

Norteamerica la suscripcion de un Tratado de Libre

Comercio – TLC, para cuyo efecto se vienen realizando

Rondas de Negociaciones; "


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