El Peruano - Edición del 14/12/2005 - Pagina 36
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NORMAS LEGALES
Lima, miercoles 14 de diciembre de 2005 del articulo 42º y el articulo 69º de la Ley Nº 28411 - Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Aprobar las donaciones dinerarias provenientes de la OPS/OMS Peru por el monto de
TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES ( S/. 3 965,00), a favor de la
Direccion de Salud IV Lima Este, destinadas a financiar el “Curso de Capacitacion en Manejo de
Emergencias de Personas Viviendo con VIH/SIDA (PVVS) en Tratamiento Antirretroviral de Gran
Actividad”, y el “Foro Interdistrital: Retos y
Perspectivas en la Cobertura, Cantidad, Calidad y
Continuidad del Agua en Lima Este”.
Articulo 2º.- Autorizar un Credito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de
Salud para el Año Fiscal 2005, hasta por la suma de
TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 965,00), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS:
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
13.00 Donaciones (En Nuevos Soles)
3.0.0
TRANSFERENCIAS 3 965,00
3.1.0
Transferencias 3 965,00
3.1.1
Internas: Del Sector No Publico 3 965,00
3.1.1.048 Donaciones – Organizacion Panamericana de la Salud3 965,00
TOTAL INGRESOS: 3 965,00 ========
EGRESOS:
SECCION PRIMERA :
GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO :011
Ministerio de Salud
UNIDAD EJECUTORA :015
Direccion de Salud IV Lima Este
FUNCION :14
Salud y Saneamiento
PROGRAMA :063
Salud Colectiva
SUB PROGRAMA :0121
Control de Riesgos y Daños para la Salud
ACTIVIDAD :1.00226 Educacion, Informacion y
Comunicacion de la Salud (En Nuevos Soles) 5 GASTOS CORRIENTES 3 Bienes y Servicios 3 965,00 =======
Articulo 3º.- La Oficina Ejecutiva de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento Estrategico del Pliego 011 Ministerio de Salud, solicitara a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de
Nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.
Articulo 4º.- La Oficina General de Planeamiento
Estrategico a traves de la Oficina Ejecutiva de
Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud, instruira a la Unidad Ejecutora 015 Direccion de Salud IV Lima
Este, para que elabore las correspondientes “Notas para Modificacion Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Articulo 5º.- Presentar copia de la presente
Resolucion dentro de los cinco (5) dias de aprobada, a los Organismos señalados en el articulo 23º numeral
23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto.
Articulo 6º.- Encargar a la Oficina General de
Comunicaciones la publicacion de la presente Resolucion en el Portal de Internet del Ministerio de Salud.
Registrese, comuniquese y publiquese
PILAR MAZZETTI SOLER
Ministra de Salud
21043
Aprueban Modelo de Convenio Marco de Cooperacion Docente Asistencial a celebrarse entre el Ministerio, los gobiernos regionales y universidades que tengan facultades y escuelas de ciencias de la salud
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 945-2005/MINSA
Lima, 9 de diciembre del 2005
Visto el OFICIO Nº 001-2005-CMANCMDA de la
Comision Mixta de Alto Nivel, constituida mediante
Resolucion Ministerial Nº 100-2005/MINSA;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 090-2000-
SA/DM, se aprobo el Modelo de Convenio Marco de
Cooperacion Docente Asistencial entre el Ministerio de
Salud y las Universidades que cuentan con Facultades formadoras de profesionales de ciencias de la salud;
Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 100-2005/
MINSA se conformo la Comision Mixta de Alto Nivel encargada de proponer un nuevo Modelo de Convenio
Marco de Cooperacion Docente Asistencial entre el
Ministerio de Salud y las Universidades que cuentan con
Facultades de Ciencias de la Salud;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2005-SA, se aprueba la creacion del Sistema Nacional de
Articulacion de Docencia-Servicio e Investigacion en
Pregrado de Salud, como una instancia de articulacion entre las instituciones formadoras de profesionales de la salud, las instituciones prestadoras de servicios de salud y sus ambitos geografico-sanitarios, siendo conveniente la aprobacion de un nuevo modelo de Convenio Marco de Cooperacion Docente Asistencial, en concordancia con las nuevas regulaciones dadas sobre la materia;
Con las visaciones del Instituto de Desarrollo de
Recursos Humanos, de la Direccion General de Salud de las Personas y de la Oficina General de Asesoria
Juridica; y,
De conformidad con lo establecido en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de
Salud;
RESUELVE:
Articulo 1º.- Aprobar el Modelo de Convenio Marco de Cooperacion Docente Asistencial entre el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional y las Universidades que cuentan con Facultades y Escuelas de Ciencias de la
Salud, que forma parte de la presente resolucion.
Articulo 2º.- Disponer que todos los Convenios Marco y Especificos de Cooperacion Docente Asistencial, suscritos entre el Ministerio de Salud y las Universidades, deben adecuarse a la presente norma, dentro del plazo de un año a partir de la entrada en vigencia de la misma.
Articulo 3º.- Derogar la Resolucion Ministerial Nº 090- 2000-SA/DM y todas las disposiciones que se opongan a la presente resolucion.
Registrese, comuniquese y publiquese
PILAR MAZZETTI SOLER
Ministra de Salud
MODELO DE CONVENIO MARCO DE
COOPERACION DOCENTE ASISTENCIAL ENTRE
EL MINISTERIO DE SALUD, EL GOBIERNO
REGIONAL Y LAS UNIVERSIDADES QUE CUENTAN
CON FACULTADES Y
ESCUELAS DE CIENCIAS DE LA SALUD
Conste por el presente documento el Convenio Marco de Cooperacion Docente Asistencial que celebran, el
MINISTERIO DE SALUD, representado por el
Viceministro de Salud .............................., debidamente autorizado por Resolucion Ministerial Nº 489-98-SA/DM, con domicilio legal en Av. Salaverry Nº 801, Jesus Maria, al que en adelante se denominara “EL MINISTERIO”; el
GOBIERNO REGIONAL ……………… , representado "
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