El Peruano - Edición del 14/12/2005 - Pagina 5
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Pag. 306119NORMAS LEGALESLima, miercoles 14 de diciembre de 2005
Que, considerando que es de interes institucional realizar dicha reuniones de trabajo, el Director Ejecutivo de PROMPEX solicita se autorice el viaje de un profesional, para que en representacion de la Entidad, participe en dichas reuniones;
Que, el literal c) del articulo 6º de la Ley Nº 27790,
Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, establece que PROMPEX, es un Organismo Publico Descentralizado del sector
Comercio Exterior y Turismo;
De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790 y 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el
Decreto de Urgencia Nº 025-2005;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Autorizar el viaje del señor Arturo Alberto
Zevallos Perez, profesional de la Gerencia de Inteligencia de Mercados de PROMPEX, a la ciudad de Santiago de
Chile, Republica de Chile, del 14 al 18 de diciembre del 2005, para los fines señalados en la parte considerativa de la presente Resolucion.
Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al Presupuesto del Pliego 008
Comision para la Promocion de Exportaciones, del
Sector 35 Comercio Exterior y Turismo, Unidad
Ejecutora 001 Comision para la Promocion de
Exportaciones, Funcion 11 Industria, Comercio y
Servicio, Programa 040 Comercio, Sub-Programa 0110 Promocion Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: -Viaticos (US$ 150,00 x 4 dias) :US$ 600,00 -Pasajes :US$ 558,00 -Tarifa Corpac :US$ 28,24
Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, el representante de
PROMPEX, autorizado mediante el Articulo 1º de la presente resolucion, presentara al Titular de la Entidad un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos; asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley.
Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a liberacion o exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion.
Registrese, comuniquese y publiquese.
ALFREDO FERRERO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
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ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban texto de contrato denominado "Underwriting Agreement" a ser suscrito con Citigroup Global
Markets Inc.
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 642-2005-EF/75
Lima, 12 de diciembre de 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 162-2005-EF, se ha aprobado la emision internacional de bonos soberanos por parte de la Republica del Peru en el marco de la operacion de administracion de deuda con Japan
Peru Oil Co., Ltd. – JAPECO-;
Que, el articulo 5º del referido Decreto Supremo dispuso que los contratos que se deriven de las emisiones internacionales que se realicen, seran aprobados por Resolucion Ministerial del Sector
Economia y Finanzas, estando autorizado el Director
General de la Direccion Nacional del Endeudamiento
Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, todos los documentos relacionados a la referida operacion de administracion de deuda;
Que, para la referida emision se utilizara el contrato denominado "Fiscal Agency Agreement" y sus modificatorias, cuyo texto fue aprobado mediante
Resoluciones Ministeriales Nºs. 031-2003-EF/75, 658- 2003-EF/75 y 493-2004-EF/75;
Que, para la implementacion de la emision de bonos soberanos que se realice en el mercado internacional en virtud del referido Decreto Supremo se requiere aprobar el texto del contrato denominado "Underwriting
Agreement" a ser suscrito entre la Republica del Peru y
Citigroup Global Markets Inc.;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Supremo Nº 162-2005-EF;
SE RESUELVE:
Articulo Unico.- Aprobar el texto del contrato denominado "Underwriting Agreement" a ser suscrito entre la Republica del Peru y Citigroup Global Markets
Inc., el cual constituye un documento necesario para implementar la emision de bonos soberanos en el mercado internacional a realizarse como parte de la operacion de administracion de deuda con Japan Peru
Oil Co., Ltd. – JAPECO- en virtud del Decreto Supremo
Nº 162-2005-EF.
Registrese y comuniquese.
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economia y Finanzas
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Aprueban prospecto suplementario de la emision de bonos soberanos en el mercado internacional, en el marco de la operacion de administracion de deuda con JAPECO
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 643-2005-EF/75
Lima, 12 de diciembre de 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 162-2005-EF se ha aprobado la emision internacional de bonos soberanos por parte de la Republica del Peru en el marco de la operacion de administracion de deuda con Japan Peru
Oil Co., Ltd. – JAPECO-;
Que, el articulo 5º del referido Decreto Supremo dispuso que el prospecto suplementario y los contratos que se deriven de las emisiones internacionales que se realicen, seran aprobados por Resolucion Ministerial del
Sector Economia y Finanzas;
Que, para la implementacion de la emision de bonos soberanos que se realice en el mercado internacional en virtud al referido Decreto Supremo se requiere aprobar el texto del prospecto suplementario;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Supremo Nº 162-2005-EF;
SE RESUELVE:
Articulo Unico.- Aprobar el texto del prospecto suplementario correspondiente a la emision de bonos soberanos en el mercado internacional a realizarse como parte de la operacion de administracion de deuda con
Japan Peru Oil Co., Ltd. –JAPECO-, en virtud al Decreto
Supremo Nº 162-2005-EF.
Registrese y comuniquese.
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economia y Finanzas
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