El Peruano - Edición del 14/12/2005 - Pagina 67
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Pag. 306181NORMAS LEGALESLima, miercoles 14 de diciembre de 2005
Regional de Cajamarca sean redactados diferen- ciadamente por sexo.
Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de
Desarrollo Social realice las acciones correspondientes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Por tanto:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la sede Institucional del Gobierno Regional de Cajamarca, a los veintidos dias del mes de noviembre del año dos mil cinco.
LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI
Presidente
21061
Disponen que entidades de salud presten facilidades para practicas preprofesionales y de internado a los alumnos de las facultades de Medicina,
Enfermeria y Obstetricia de la
Universidad Nacional de Cajamarca
ORDENANZA REGIONAL
N° 022-2005-GRCAJ-CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
DE CAJAMARCA
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGION
CAJAMARCA
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO: - Que, el Articulo 1º de la Constitucion del Estado, establece que la persona humana es el fin supremo de la
Sociedad y del Estado; en este contexto, en materia de
Salud, todos tenemos derecho a la proteccion de salud. - Que, de conformidad con la Ley de Bases de la
Descentralizacion - Nº 27783, la subsidiariedad constituye un principio de la descentralizacion, y consiste en que las actividades de Gobierno en sus distintos niveles deben alcanzar mayor eficiencia, efectividad y control de la poblacion, si se efectuan descentralizadamente; la subsidiariedad supone y exige que la asignacion de competencias y funciones a cada nivel de Gobierno, sea equilibrada y adecuada a la mejor presentacion de los servicios del Estado a la Comunidad. - Que, de conformidad con el Articulo 192º inciso 5 de la Constitucion, modificado por la Ley Nº 27680, Articulo 35º inciso a) y Articulo 36º inciso b) de la Ley Nº 27783,
Articulo 10º inciso 2 Paragrafo b) de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, se establece que los Gobiernos Regionales tienen competencia compartida en materia de salud publica.
- Que, la Universidad Nacional de Cajamarca fue creada por Ley Nº 14015 como una institucion autonoma democratica y descentralizada, con personeria juridica de derecho publico interno; la misma que establece su regimen academico por facultades, dentro de las cuales se encuentran Medicina Humana, Enfermeria y Obstetricia, encargadas de la formacion academica y profesional de los futuros profesionales en salud de la Region Cajamarca. - Que, la Direccion Regional de Salud del Gobierno
Regional de Cajamarca, cuenta con numerosos establecimientos de salud ubicados en todo el ambito de la Region Cajamarca, los cuales carecen de servicios profesionales que puedan coadyuvar a los esfuerzos de la Direccion Regional de Salud, en la disminucion de la mortalidad y morbilidad que afecta a nuestra region. - Que, la region Cajamarca tiene uno de los indices mas bajos de cobertura de profesionales medicos y no medicos por habitante: Medicos 2.1 por 10,0000 hab., Enfermeras
3.3 por 10,000 hab., Obstetrices 1.9 por 10,0000 hab. - Que, es responsabilidad del Gobierno Regional de
Cajamarca, facilitar los espacios de desarrollo preprofesional y de internado de los estudiantes de las facultades de medicina, enfermeria y obstetricia, a traves de los hospitales, centros de salud y puestos de salud.
Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en su Sesion Ordinaria de fecha 22 de noviembre del año 2005; y, a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de Descentralizacion Nº 27783;
Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo del
Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza
Regional Nº 001-2003-CR/RC; con dispensa del Dictamen correspondiente, el Pleno aprobo la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
Primero.- DISPONER que los Hospitales, Centros y
Puestos de Salud existentes y acreditados en la Region
Cajamarca, presten las facilidades necesarias para la realizacion de las practicas preprofesionales y de internado a los alumnos de las facultades de Medicina,
Enfermeria y Obstetricia de la Universidad Nacional de
Cajamarca; de acuerdo a sus posibilidades.
Segundo.- DECLARAR al Hospital Regional de
Cajamarca, como HOSPITAL REGIONAL DOCENTE DE
CAJAMARCA.
Tercero.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno
Regional de Cajamarca, disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.
Por tanto:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional
Cajamarca, a los veintidos dias del mes de noviembre del año dos mil cinco
LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI
Presidente
21063
Encargan solicitar al Ministerio de
Transportes y Comunicaciones el mantenimiento de la carretera San
Marcos - Cajamarca
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 069-2005-GR.CAJ-CR
Cajamarca, 2 de diciembre de 2005
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, en su Sesion Ordinaria de fecha 22 de noviembre de 2005;
VISTO y debatido el Dictamen Nº 007-2005/COAJ, evacuado por la Comision Ordinaria de Asuntos Juridicos, referente a solicitar al Ministerio de Transporte y Comunicaciones el mantenimiento de la Carretera San Marcos - Cajamarca, con el voto unanime del Pleno; y,
CONSIDERANDO: - Que, la carretera San Marcos - Cajamarca en su tratamiento bicapa, no ha sido concluida en su totalidad, faltando el tramo entre el Cruce de Jesus y el Ovalo de la Av. San Martin.
- Que, el Gobierno Regional de Cajamarca siempre ha estado vigilante y ha contribuido a solucionar los posibles problemas suscitados durante los procesos de inversion y post inversion de esta importante obra. - Que, las carreteras constituyen obras de gran impacto, porque contribuyen al desarrollo economico y social de los pueblos, conllevando al progreso del pais.
Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma
Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion
Nº 27783; Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo
Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2003-CR/RC;
ACORDO:
Articulo Unico: ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional de Cajamarca, SOLICITE al "
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