El Peruano - Edición del 15/12/2005 - Pagina 22
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 15 de diciembre de 2005
Que, mediante documento presentado el 18 de octubre de 2005, Empresa de Generacion Electrica
Cahua S.A. solicito se le tenga como nueva titular de la autorizacion referida en el considerando que antecede, manifestando que Arcata Energia S.A.A. se transformo en Sociedad Anonima, acto que se encuentra inscrito en la Ficha Nº 00012216 del Registro de Sociedades
Mercantiles de los Registros Publicos de Arequipa, y que esta ultima se fusiono con Energia Pacasmayo S.A., asumiendo la segunda de las nombradas, como sociedad absorbente, la totalidad del patrimonio de la sociedad absorbida a titulo universal y en bloque, tal como se encuentra inscrito en la Partida Nº 11219909 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima, y que a su vez, Energia Pacasmayo S.A. se transformo en Sociedad Comercial de Responsabilidad
Limitada, acto que se encuentra inscrito en la misma
Partida;
Que, asi mismo, mediante acuerdos adoptados en las respectivas Juntas Generales de Accionistas celebradas el 11 de mayo de 2004, Energia Pacasmayo
S.R.L. y Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A. se han fusionado, asumiendo la segunda de las nombradas, como sociedad absorbente, la totalidad del patrimonio de la sociedad absorbida a titulo universal y en bloque, tal como se encuentra inscrito en la partida mencionada en el considerando precedente, y en la
Partida Nº 11025995 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima, correspondiente a
Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A.;
Que, Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A. ha cumplido con presentar la Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion suscrita por su representante legal, y la copia de la
Resolucion Administrativa Nº 253-2005.GRAPR-DRAG-
ATDR.CSCH emitida por la Administracion Tecnica del
Distrito de Riego Colca-Siguas Chivay del Ministerio de
Agricultura, conforme a la cual se transfirio a favor de
Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A., la licencia de uso de aguas de los rios Hornillos y Huarahuarco con fines hidroenergeticos en la operacion de la Central
Hidroelectrica San Ignacio;
Que, de acuerdo con el numeral 2 del articulo 344º de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, la absorcion de una sociedad por otra sociedad existente, origina la extincion de la personalidad juridica de la sociedad absorbida, cuyo patrimonio es asumido a titulo universal y en bloque por la sociedad absorbente;
Que, de conformidad con los documentos registrales que sustentan la solicitud, cuyas copias obran en el
Expediente, Empresa de Generacion Electrica Cahua
S.A. resulta siendo la nueva titular del bloque patrimonial constituido por los activos, pasivos, derechos y obligaciones correspondientes a la actividades de generacion de la Central Hidroelectrica San Ignacio, razon por la cual, procede aprobar, a favor de Empresa de
Generacion Electrica Cahua S.A., la transferencia de la autorizacion;
Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con lo establecido en la Ley de Concesiones
Electricas, ha emitido el Informe Nº 271-2005-DGE-CEL;
Estando a lo dispuesto en el articulo 67º del
Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM;
Con la opinion favorable del Director General de
Electricidad y del Viceministro de Energia;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Aprobar, a favor de Empresa de
Generacion Electrica Cahua S.A., la transferencia de la autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica San
Ignacio, otorgada originariamente mediante Resolucion
Ministerial Nº 354-2000-EM/VME publicada el 16 de setiembre de 2000, quien asume todos los derechos y obligaciones que le corresponden de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de
Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales y tecnicas aplicables.
Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y por cuenta del interesado, dentro de cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion; y, entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion.
Registrese, comuniquese y publiquese.
GLODOMIRO SANCHEZ MEJIA
Ministro de Energia y Minas
21084
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 506-2005-MEM/DM
Lima, 7 de diciembre de 2005
VISTO: El Expediente Nº 31111300, organizado por
Arcata Energia S.A.A. sobre autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la
Central Hidroelectrica San Antonio, y la solicitud presentada por Empresa de Generacion Electrica Cahua
S.A., a fin que se tenga como nueva titular de la referida autorizacion;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 355-2000-
EM/VME publicada el 16 de setiembre de 2000, se otorgo a favor de Arcata Energia S.A.A., autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica San Antonio, con una capacidad instalada de 0,62 MW, ubicada en el distrito y provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente;
Que, mediante documento presentado el 18 de octubre de 2005, Empresa de Generacion Electrica
Cahua S.A. solicito se le tenga como nueva titular de la autorizacion referida en el considerando que antecede, manifestando que Arcata Energia S.A.A. se transformo en Sociedad Anonima, acto que se encuentra inscrito en la Ficha Nº 00012216 del Registro de Sociedades
Mercantiles de los Registros Publicos de Arequipa, y que esta ultima se fusiono con Energia Pacasmayo S.A., asumiendo la segunda de las nombradas, como sociedad absorbente, la totalidad del patrimonio de la sociedad absorbida a titulo universal y en bloque, tal como se encuentra inscrito en la Partida Nº 11219909 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima, y que a su vez, Energia Pacasmayo S.A. se transformo en Sociedad Comercial de Responsabilidad
Limitada, acto que se encuentra inscrito en la misma
Partida;
Que, asi mismo, mediante acuerdos adoptados en las respectivas Juntas Generales de Accionistas celebradas el 11 de mayo de 2004, Energia Pacasmayo
S.R.L. y Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A. se han fusionado, asumiendo la segunda de las nombradas, como sociedad absorbente, la totalidad del patrimonio de la sociedad absorbida a titulo universal y en bloque, tal como se encuentra inscrito en la partida mencionada en el considerando precedente, y en la
Partida Nº 11025995 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima, correspondiente a
Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A.;
Que, Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A. ha cumplido con presentar la Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion suscrita por su representante legal, y la copia de la
Resolucion Administrativa Nº 253-2005.GRAPR-DRAG-
ATDR.CSCH emitida por la Administracion Tecnica del
Distrito de Riego Colca-Siguas Chivay del Ministerio de
Agricultura, conforme a la cual se transfirio a favor de
Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A., la licencia de uso de aguas de los rios Hornillos y Huarahuarco con fines hidroenergeticos en la operacionde la Central
Hidroelectrica San Antonio;
Que, de acuerdo con el numeral 2 del articulo 344º de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, la absorcion de una sociedad por otra sociedad existente, origina la extincion de la personalidad juridica de la sociedad absorbida, cuyo patrimonio es asumido a titulo universal y en bloque por la sociedad absorbente; "
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