El Peruano - Edición del 15/12/2005 - Pagina 67
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Pag. 306257NORMAS LEGALESLima, jueves 15 de diciembre de 2005 tos de fecha 13 de diciembre de 2005, emitidos por el
Comite Especial de la Licitacion Publica Nº 0005-2005-
INPE/U.E.001 “Adquisicion de Equipos para el Sistema de Seguridad Electronica”, por los cuales se propone la cancelacion de los items Nºs. 1 y 2, el Oficio Nº 2487- 2005-INPE/10 de la Oficina General de Administracion; y, Oficio Nº 855-2005-INPE/06 de la Oficina General de
Asesoria Juridica, ambos documentos de fecha 13 de diciembre de 2005.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 027-2005-
INPE/P de fecha 14 de enero de 2005, se modifico el
Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad
Ejecutora 001: Sede Central del Instituto Nacional
Penitenciario para el Año Fiscal 2005, entre los cuales se encuentra incluida la LP “Adquisicion de Equipos para el Sistema de Seguridad Electronica”, con un valor referencial de S/. 4'824,341.70 (CUATRO MILLONES
OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS
CUARENTA Y UNO CON 70/100 NUEVOS SOLES);
Que, mediante Oficio Nº 009-2005-INPE/CEAESSE de fecha 13 de diciembre de 2005, la Presidenta del
Comite Especial de la Licitacion Publica Nº 0005-2005-
INPE/U.E.001, remite a la Oficina General de Asesoria
Juridica el recurso de apelacion interpuesto por el consorcio UNIVERSAL TRADING S.A. & SMITHS
DETECTION MONTREAL INC., participantes en el item
Nº 1: Adquisicion de Equipos Detectores por Rayos X, contra el acto de presentacion de propuestas, el cual se realizo el dia 12 de diciembre del presente año, debido a que el referido colegiado deniega su propuesta al no haber acreditado debidamente al apoderado comun;
Que, mediante Informe Nº 001-2005-INPE/CEAESSE de fecha 13 de diciembre de 2005, el Comite Especial del presente proceso de licitacion, pone en conocimiento de la Presidencia la apelacion mencionada en el considerando precedente, ademas de indicar que de la evaluacion de las Propuestas Tecnicas relacionadas al
Bases Originales y las Bases Integradas existe un error material al haberse consignado la palabra maximo en lugar de minimo, al referirse al sub-item 2.2 Paletas
Portatiles detectoras de metal, las cuales debian contar con un peso minimo de 450 gr. y no como se integro en las Bases, hecho que se encuentra corroborado con el
Informe Nº 016-2005-CDG, debidamente sustentado por el Asesor Tecnico designado para este proceso;
Que, debido a estos hechos el Comite Especial en sesion de fecha 13 de diciembre de 2005, considerando que la Entidad respecto a la apelacion interpuesta por el referido consorcio participante en el item Nº 1, cuenta con un plazo de 8 dias para resolverla, mas 5 dias para que quede consentido dicho acto administrativo, sumando un total de 13 dias habiles, llegandose al 30 de diciembre de 2005 para la apertura del sobre economico y otorgamiento de la Buena Pro, sin considerar que el consorcio impugnante pueda recurrir al CONSUCODE, para presentar recurso de revision, extendiendo el proceso y la ratificacion del otorgamiento de la Buena
Pro para el proximo ejercicio fiscal 2006, situacion que impediria la afectacion del presupuesto asignado para el año fiscal 2005, y por ende la perdida de dichos recursos a nuestra Institucion, que ademas observandose el error material en las Bases Integradas del item Nº 2, el mismo que seria materia de observacion, decide por unanimidad informar al Titular del Pliego los hechos referidos, asi como las consecuencias de lo expuesto, toda vez que proximo año, constituyendo estos motivos las razones de fuerza mayor que afectan el desarrollo de los demas
INPE/U.E.001;
Que, mediante Oficio Nº 2487-2005-INPE/10 de fecha 13 de diciembre de 2005, la Oficina General de
Administracion remite a la Presidencia, el Oficio Nº 2487- 2005-INPE/10 por el cual concluye la Oficina de Logistica que la Licitacion Publica antes referida, no se podra adjudicar en el presente ejercicio presupuestal, debido a que la presentacion del recurso de apelacion del consorcio integrado por las empresas UNIVERSAL
TRADING DEL PERU S.A. y SMITH DETENTION
MONTREAL INC., genera razones de fuerza mayor que afectan la adquisicion de dichos bienes en el presente año;
Que, la Oficina General de Asesoria Juridica a traves del Oficio Nº 855-2005-INPE/06 de fecha 13 de diciembre de 2005, informa que es legalmente procedente la cancelacion de los items 1 y 2 de la L.P. Nº 0005-2005-
INPE/U.E.001, debido a que la misma se sustenta en el articulo 34º del TUO de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S.
Nº 083-2004-PCM, por los motivos de fuerza mayor sustentados por la Oficina General de Administracion y el Comite Especial a cargo de dicho proceso, considerando ademas lo establecido en los articulos 79º y 86º del Reglamento de la norma acotada, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, por intermedio de los cuales se establece que los items integrantes de cualquier proceso de seleccion, constituyen un proceso menor dentro del principal, siendo posible la aplicacion en el presente caso, de las reglas correspondientes a la referida Licitacion Publica, para lo cual esta decision debe ser debidamente motivada y comunicada al dia siguiente por escrito al Comite Especial, con las formalidades que la norma establece, registrando la misma en el SEACE e informando a los participantes en el proceso de seleccion;
Que, al estar acreditada la situacion de fuerza mayor, prevista en el articulo 34º de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobada mediante D.S.
Nº 083-2004-PCM, que señala que “En cualquier estado del proceso de seleccion, hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro, la entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito (...)”, debiendo formalizarse dicha cancelacion mediante la correspondiente Resolucion Presidencial debidamente sustentada;
Que, mediante los documentos antes señalados se sustenta la cancelacion de los items Nºs. 1 y 2 integrantes del Proceso de Licitacion Publica Nº 0005- 2005-INPE/U.E.001 “Adquisicion de Equipos para el
Sistema de Seguridad Electronica”, toda vez que por fuerza mayor no se podra adquirir dichos bienes durante el presente ejercicio presupuestal;
Estando a lo solicitado por el Comite Especial de la referida Licitacion Publica y a lo opinado por la Oficina
General de Asesoria Juridica, contandose con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional
Penitenciario, y de la Oficina General de Asesoria
Juridica; y,
De conformidad con lo establecido en el Texto Unico
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-
PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo
Nº 084-2004-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-
JUS y en uso de las facultades conferidas mediante
Resolucion Suprema Nº 037-2004-JUS;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- CANCELAR, los items Nºs. 1 y 2 el proceso de Licitacion Publica Nº 0005-2005-INPE/
U.E.001 “Adquisicion de Equipos para el Sistema de
Seguridad Electronica”, segun se detalla en el siguiente cuadro, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, debiendo continuarse con el desarrollo del referido proceso de licitacion en los demas items que la integran.
DESCRIPCION
UNITARIO
TOTAL 1.
EQUIPOS DETECTORES POR RAYOS X
1.15 EQUIPOS DE RAYOS X PARA REVISIONS/. 271, 227.72
DE SACOS, CAJAS, PAQUETES DE ALI-
MENTOS FRESCOS, CONGELADOS.
S/. 4'186,100.28
1.213 EQUIPOS DE RAYOS X PARA REVISION
DE BULTOS, BOLSAS, ENVASES CON ALI-S/. 217,689.36
MENTOS PREPARADOS, CAJAS.
2.DETECTORES DE METAL
2.120 ARCOS DETECTORES DE METAL -
S/. 11,512.85
ALTO TRANSITO
S/. 246,329.76
2.222 PALETAS PORTATILES DETECTORES
S/. 730.58
DE METAL
Articulo 2º.- DISPONER que la Oficina General de
Administracion publique la presente cancelacion en el
Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, del Consejo Superior de "
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