El Peruano - Edición del 24/12/2005 - Pagina 85
" ser publicado hasta el 31.12.2005, para su entrada en vigencia a partir del 1.1.2006, Por otro lado, la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad
Distrital. Igualmente se debe señalar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad, la cual tiene caracter de
Declaracion Jurada conforme lo dispuesto en la
Ordenanza Nº 607.
Registrese, comuniquese y cumplase.
MARCO ANTONIO PARRA SANCHEZ
Teniente Alcalde de la
Municipalidad Metropolitana de Lima
Encargado de la Alcaldia
21752
8 -
ACUERDO DE CONCEJO Nº 417
Lima, 20 de diciembre de 2005
Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 20 de diciembre del año en curso el Oficio Nº 001-090-00002974 del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 024-
MDSA, posteriormente modificada por la Ordenanza
Nº 029-MDSA, “Que establece el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y
Serenazgo aprobadas por el Distrito de Santa Anita correspondiente al ejercicio 2006”, en su circunscripcion;
CONSIDERANDO:
Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las
Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el articulo 60º del
Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27927, las
Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las
Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las
Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad;
Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante
Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, regulo el procedimiento para la ratificaciòn de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima;
Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo la
Ordenanza, objeto de la ratificacion, remitiendola con tal fin a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva, la que tiene caracter de
Declaracion Jurada;
Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607, 727 y 830 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de
Lima, teniendo en cuenta las Sentencias emitidas por el
Tribunal Constitucional en los Expedientes Nºs. 0041- 2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC publicadas el 14 de marzo y 17 de agosto de 2005, respectivamente, el
Servicio de Administracion Tributaria - SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida Municipalidad
Distrital, la misma que tiene caracter de Declaracion
Jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del Articulo
Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML, concluyendo segun Informe Nº 004-082-00000373 que procede la ratificacion de la mencionada Ordenanza por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto;
De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria -
SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 265-2005-MML/
CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal Electronico de la Municipalidad
Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe);
ACORDO:
Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 024-
MDSA posteriormente modificada por la Ordenanza
Nº 029-MDSA, que Establece el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y
Jardines Publicos y Serenazgo del distrito de Santa Anita para el ejercicio anual 2006, dado que cumple con los criterios minimos de validez constitucional establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el
Expediente Nº 00053-2004-PI/TC.
Articulo Segundo.- Dejar constancia que el presente
Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion hasta el
31.12.2005 , conjuntamente con el texto integro de la
Ordenanza Nº 024-MDSA y su modificatoria la
Ordenanza Nº 029-MDSA y de los anexos que contienen el informe tecnico, los cuadros de estructuras de costos y estimacion de ingresos y los importes de las tasas por tipo de arbitrio que la sustentan. Por otro lado, la aplicacion de las Ordenanzas, materia de la presente ratificacion, sin la condicion antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la
Municipalidad Distrital. Asimismo, debe señalarse que los documentos presentados para la ratificacion de las
Ordenanzas antes indicadas, tienen caracter de
Declaracion Jurada, para los efectos legales a que hubiera lugar.
Registrese, comuniquese y cumplase.
MARCO ANTONIO PARRA SANCHEZ
Teniente Alcalde de la Municipalidad
Metropolitana de Lima
Encargado de la Alcaldia
21707
ACUERDO DE CONCEJO Nº 418
Lima, 20 de diciembre de 2005
Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 20 de diciembre del año en curso el Oficio Nº 001-090-00002975 del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 021-
MDSA, modificada por la Ordenanza Nº 025-MDSA, municipales de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo aprobadas para el distrito de Santa Anita, correspondiente a los ejercicios 2004 y 2005”.
CONSIDERANDO:
Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las
Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el articulo 60º del
Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27927, las
Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las
Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las
Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad;
Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante
Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, regulo el procedimiento para la ratificaciòn de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima;
Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicacion y observancia de la normatividad vigente aprobo la
Ordenanza, objeto de la ratificacion, remitiendola con "
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