El Peruano - Edición del 25/12/2005 - Pagina 46
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Lima, domingo 25 de diciembre de 2005
b.- Recojo domiciliario de residuos solidos: b.1 Para uso Casa - Habitacion: - El tamaño del predio en funcion al metro cuadrado construido, se utilizara como criterio preponderante. - Numero de habitantes por predio, considerando la densidad poblacional por metro cuadrado de construccion que corresponde al distrito.
b.2 Para otros usos (industria, comercio y servicios): - El Uso del predio sera el criterio preponderante; como indicador por su actividad de mayor o menor generacion de residuos.
- El tamaño del predio en funcion al metro cuadrado construido se utilizara como criterio diferencial.
TABLA 1
CALCULO DEL ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA
USO
CATEGORIA
Barrido de CallesRecojo Domiciliario
Soles mensualesmensual Soles por por metro lineal metro cuadrado del frente
Construido
Vivienda
A
0.19596
0.0515
Comercio y Servicios, excepto los
B0.19596
0.1979 predios de la categoria F
Industria, excepto los predios de la
C0.19596
0.3306
Categoria F
Centros Educativos, excepto los pre-
D0.19596
0.1664 dios de la Categoria F
Terreno sin construir
E
0.19596
0.0000
Establecimientos de las Categoria
F
0.19596
0.0134
B, C y D con areas construidas igua- les o mayores a 1,000 m2 generado- res de la poblacion flotante en el dis- trito
Otros usos no comprendidos en las
G
0.19596
0.0384 categorias anteriores
Predios de las Categorias anteriores
H1.37170 ubicados en las vias principales del distrito
Para efectos de la determinacion del arbitrio de limpieza publica se considera la categoria de los predios vigentes al 1 de enero de cada Ejercicio Fiscal. Cualquier cambio de categoria que se produzca por el cambio de uso del predio rige a partir del trimestre calendario siguiente de producido el hecho.
Articulo 13º.- DISTRIBUCION DEL COSTO DEL
SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES PUBLICOS Y
CALCULO DEL ARBITRIO
El costo total del servicio de parques y jardines publicos se distribuye entre los predios, por segmentacion consecutiva, en la forma siguiente:
a.- Criterio principal: Ubicacion del predio
Estableciendo diferentes categorias asociadas a la cercania del predio respecto a las areas verdes cuya organizacion y mantenimiento compete a la
Municipalidad. La distribucion del costo del servicio a cada categoria se realiza ponderando los beneficios reales y potenciales que ofrecen las areas verdes a cada segmento o categoria de predios.
b.- Criterio Secundario: Tamaño del predio
El costo asignado a cada categoria se distribuye entre los usuarios que comprende, en funcion al tamaño del predio, el cual se determina estableciendo el area de la construccion del predio. Este criterio permite aplicar el principio de equidad en funcion al beneficio obtenido por los usuarios que real o potencialmente alberga cada predio.
En aplicacion a los criterios establecidos, el Arbitrio de Parques y Jardines se calcula y determina aplicando la tabla siguiente:
TABLA 2
CALCULO DEL ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES
CategoriaUbicacion del Predio
Distribucion individual costo mensual por m2 construido
A
Frente a parques publicos
0.152
B
Cerca de parques con un area de influencia0.118 aproximado a 100 metros
C
Frente a Avenidas con areas verdes en la
0.095 berma central, plazas publicas, plazuelas y similares
D
No comprendidos en las categorias anteriores0.052
Articulo 14º.- DISTRIBUCION DEL COSTO DEL
SERVICIO DE SERENAZGO Y CALCULO DEL
ARBITRIO
El costo total del servicio de serenazgo se distribuye entre los predios, por segmentacion consecutiva, en la forma siguiente:
a.- Criterio principal: Ubicacion del predio
Estableciendo diferentes categorias asociadas al nivel de peligrosidad de las diferentes areas geograficas del distrito. La distribucion del costo del servicio a cada categoria se realiza ponderando los factores de peligrosidad y mayor demanda del servicio.
b.- Criterio Secundario: Uso del predio
El costo asignado a cada categoria se distribuye entre los segmentos por tipo de uso del predio en funcion al factor de riesgo y luego entre los predios de cada segmento, en forma proporcional.
En aplicacion a los criterios establecidos el Arbitrio de serenazgo se calcula y determina aplicando la tabla siguiente:
TABLA 3
CALCULO DEL ARBITRIO DE SERENAZGO
CRITERIO PRINCIPAL
CRITERIO SECUNDARIO - USO DELPREDIO
UBICACION DEL PREDIO
Vivienda
Comercio
Industria
Centros
Terrenos sin
Locales que
Otros usos
Educativos construir generan poblacion flotante
ZONA DE PELIGROSIDAD GENERALIZADA
8.97
17.95
22.44
22.44
8.97
44.88
8.97
ZONA DE ALTA PELIGROSIDAD
8.45
16.90
21.13
21.13
8.45
42.25
8.45
ZONA DE MEDIANA PELIGROSIDAD
7.56
15.13
18.91
18.91
7.56
37.83
7.56
ZONA DE BAJA PELIGROSIDAD
3.08
6.16
7.70
7.70
3.08
15.40
3.08
CAPITULO III
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- Facultese al Alcalde de Santa Anita para que mediante Decreto dicte las disposiciones comple- mentarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza.
Segunda.- La informacion complementaria que com- prende la descripcion de los costos de los servicios publicos, el numero de contribuyentes y la metodologia para la distribucion de los costos esta contenida en el
Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Or- denanza.
Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigen- cia el 1 de enero del 2006.
Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.
TADEO A. GUARDIA HUAMANI
Alcalde
21681
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