El Peruano - Edición del 25/12/2005 - Pagina 7
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CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Educacion tiene como mision estrategica la promocion del desarrollo de la persona humana, a traves de un sistema educativo en el cual las capacidades individuales se vean fortalecidas, gracias a una formacion integral y permanente;
Que, esta mision supone dotar a los jovenes que viven en las areas rurales, de medios educativos suficientes, poniendo la tecnologia al servicio de los que menos tienen;
Que, en este sentido y en coordinacion con la
Presidencia de la Republica, se considero conveniente donar una computadora personal a la menor Karla Ayala
Espinoza, del Centro Educativo Nacional Mixto "Abraham
Valdelomar" situado en el pueblo joven 9 de Octubre, del distrito de San Juan de Lurigancho, quien se encuentra en situacion de extrema pobreza;
Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe Nº 13- 2004-ME/SG-OA-GGB, la adquisicion del mencionado bien se realizo de acuerdo a lo señalado en el Plan
Operativo de Alta Direccion - correlativo de cadena 010 de la Unidad Ejecutora 24, con cargo a la Actividad
Patrocinio de Educandos y la generica de gasto 07: Otros
Gastos de Capital;
Que, dicha informacion ha sido corroborada por la
Unidad de Presupuesto de este Ministerio, quienes han informado que mediante Hoja de Coordinacion Interna
Nº 906-2004-ME/SPE-UP se otorgo la certificacion de disponibilidad presupuestal correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto por los Decretos
Legislativos Nº 560 y Nº 804;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Aprobar, en via de regularizacion, la donacion de una computadora personal de escritorio, valorizada en S/. 3,620.00 (tres mil seiscientos veinte y 00/100 nuevos soles), que efectua el Ministerio de
Educacion a favor de la menor Karla Ayala Espinoza, del
Centro Educativo Nacional Mixto "Abraham Valdelomar" situado en el pueblo joven 9 de Octubre, del distrito de
San Juan de Lurigancho.
Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion.
Registrese y comuniquese.
Rubrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la Republica
JAVIER SOTA NADAL
Ministro de Educacion
21885
(
RESOLUCION SUPREMA
Nº 046-2005-ED
Lima, 22 de diciembre de 2005
CONSIDERANDO:
Que, el Estado Peruano a traves del Ministerio de
Educacion, suscribio un Convenio con el Instituto
Linguistico de Verano, el mismo que fue aprobado por
Resolucion Suprema Nº 204-2001-ED, de fecha 26 de julio de 2001, para la realizacion de acciones conjuntas dirigidas a desarrollar y promover las actividades de investigacion, promocion y preservacion de las lenguas y culturas de los pueblos indigenas de las Regiones de la Amazonia y Andina del Peru;
Que, el Instituto Linguistico de Verano y el Ministerio de Educacion han considerado conveniente modificar los terminos de la clausula decimo tercera del citado
Convenio, con la finalidad de cambiar el modo de efectuar la transferencia de los terrenos donados por el Instituto Linguistico de Verano a favor del Ministerio de Educacion; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 51-95-
ED y Nº 002-96-ED y la Resolucion Nº 026-2002-SBN;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Aprobar la Addenda Nº 01 al Convenio suscrito entre el Estado Peruano, a traves del Ministerio de Educacion, y el Instituto Linguistico de Verano, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 204-2001-
ED, la misma que consta de dos (2) clausulas y forma parte de la presente Resolucion.
Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; el
Ministro de Relaciones Exteriores; el Ministro de
Educacion; el Ministro de Transportes y Comunicaciones; el Ministro de Vivienda y Construccion; y, el Ministro de
Economia y Finanzas.
Registrese, comuniquese y publiquese.
Rubrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la Republica
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente del Consejo de Ministros
OSCAR MAURTUA DE ROMAÑA
Ministro de Relaciones Exteriores
JAVIER SOTA NADAL
Ministro de Educacion
JOSE ORTIZ RIVERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
RUDECINDO VEGA CARREAZO
Ministro de Vivienda, Construccion y
Saneamiento
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economia y Finanzas
ADDENDA Nº 1 AL CONVENIO ENTRE
EL ESTADO PERUANO Y EL INSTITUTO
LINGUISTICO DE VERANO
Conste por el presente documento, la Addenda Nº 01 al Convenio celebrado entre el Estado Peruano, a traves del Ministerio de Educacion, y el Instituto
Linguistico de Verano, que fuera aprobado mediante
Resolucion Suprema Nº 204-2001-ED y que en esta oportunidad se celebra entre las mismas partes, el
Ministerio de Educacion, en adelante EL MINISTERIO, con sede institucional en Calle Van de Velde Nº 160 -
San Borja, Lima, debidamente representado por el señor Ministro de Estado en el Despacho de Educacion, arquitecto Javier Sota Nadal, designado por Resolucion
Suprema Nº 047-2004-PCM, identificado con DNI Nº 06645448, y de la otra parte, el Instituto Linguistico de
Verano, Asociacion sin fines de lucro, inscrita en la
Partida Electronica Nº 01863096 del Registro de
Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima y
Callao, en adelante EL INSTITUTO, con domicilio legal en Av. Javier Prado Oeste Nº 200, Magdalena del Mar, debidamente representado por su Director General, señor James William Roberts, segun poder inscrito en el Asiento A00008, Partida Registral Nº 01863096 del
Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima, con domicilio legal en Av. Javier Prado Oeste
Nº 200, Magdalena del Mar, en los terminos y condiciones que se especifican en las siguientes clausulas:
ANTECEDENTES
Mediante Resolucion Suprema Nº 204-2001-ED, del 26 de julio de 2001, se aprobo el Convenio suscrito entre el Estado Peruano, a traves del Ministerio de Educacion, y el Instituto Linguistico de Verano, para la realizacion de acciones conjuntas dirigidas a desarrollar y promover las actividades de investigacion, promocion y preservacion de las lenguas y culturas de los pueblos "
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