El Peruano - Edición del 25/12/2005 - Pagina 87
" ordenanzas y disponer su publicacion, aprobacion del
Sistema Local de Gestion Ambiental y de sus instrumentos, dentro del marco del Sistema Nacional y Regional de Gestion Ambiental y adoptar espacios de concertacion y participacion vecinal;
Que, el Articulo lX, Planeacion Local, de la Ley
Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, determina que el Sistema de Planificacion Local tiene como principios la participacion Ciudadana, a traves de sus vecinos y organizaciones vecinales, la transparencia, la gestion moderna y rendicion de cuentas, la inclusion, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia con las politicas nacionales, especializacion de las funciones, competitividad e integracion;
Que, como establece el Articulo Vlll, Aplicacion de leyes generales y politicas y planes nacionales de la Ley
Organica de Municipalidades, las competencias y funciones especificas municipales se cumplen, en armonia con las politicas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo;
Que, la ley citada en su Art. 73º, inciso d) y numerales 3.1 al 3.5, establece entre las competencias y funciones especificas de los gobiernos locales, las relacionadas con organizacion del espacio fisico y uso del suelo, asi como sobre proteccion y conservacion del ambiente;
Que, es necesario crear una Comision Ambiental
Municipal de la provincia de Sechura, que coordine acciones entre las instituciones locales y el CONAM, que formule participativamente el Plan y la Agenda
Ambiental Local, que elabore Propuestas para el funcionamiento, aplicacion y evaluacion de los instrumentos de gestion ambiental y la ejecucion de politicas ambientales, que promueva diversos mecanismos de participacion de la sociedad civil en la gestion ambiental, entre otros;
Que, la Ley Nº 28245 - Ley Marco del Sistema
Nacional de Gestion Ambiental y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 008-2005-PCM, dispone que las Comisiones Ambientales Municipales son las instancias de gestion ambiental, encargadas de coordinar y concertar la politica ambiental municipal, promueven el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico y privado y articulan sus politicas ambientales con las Comisiones
Ambientales Regionales y el CONAM;
Que, en virtud a un proceso promovido y acompañado por el Foro Ciudades para la Vida, el CONAM, y la
Municipalidad Provincial de Sechura, en coordinacion con diversas organizaciones publicas y privadas de
Sechura, asi como con la participacion de los actores locales vinculados a los recursos naturales y gestion ambiental, acordaron por consenso la conformacion de la Comision Ambiental Municipal para fortalecer su gestion y lograr la articulacion con los procesos de gestion ambiental regional y nacional, de conformidad con la
Ordenanza Regional Nº 077-2005/GRP-CR que crea el
Sistema Regional de Gestion Ambiental de la Region
Piura;
Por tanto, de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Organica de
Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por
UNANIMIDAD, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA
Articulo Primero.- CREASE LA COMISION
AMBIENTAL MUNICIPAL - CAM DE LA PROVINCIA DE
SECHURA, como la instancia de gestion ambiental de la
Provincia, con sede en la ciudad de Sechura, encargada de coordinar y concertar la politica ambiental local, promoviendo el Dialogo y el acuerdo entre los sectores publico, privado y sociedad civil, articulando sus politicas ambientales con la Comision Ambiental Regional - CAR
Piura y el CONAM.
Articulo Segundo.- La Comision Ambiental Municipal de la provincia de Sechura, CAM –Sechura, esta conformada por las siguientes instituciones:
1. El Alcalde de la Municipalidad Provincial de Sechura o su representante, quien la Presidira,
2. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Bernal o su representante
3. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Bellavista o su representante
4. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Cristo
Nos Valga o su representante
5. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Rinconada
LLicuar o su representante
6. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Vice o su representante
7. Un representante de las ONG’s de Sechura
8. Un representante de la Comunidad Campesina de
Sechura
9. Un representante de los Pescadores Artesanales.
10. Un representante de los Pescadores Industriales.
11. Un representante del Sector Mineria.
12. Un representante del Ministerio de la Produccion -
Pesqueria de Sechura
13. Un representante de la Agencia Agraria de
Bellavista - Sechura
14. Un representante de la Micro red de Salud de
Sechura
15. Un representante de la UGEL Sechura
16. Un representante del Instituto Tecnologico Ricardo
Ramos Plata
17. Un representante de las Empresas Pesqueras de
Sechura
18. Un representante de los Medios de Comunicacion de Sechura
19. Un representante de la Parroquia de Sechura
20. Un representante del INC - Sechura
21. Un representante de las Organizaciones
Juveniles
22. Dos representantes de Organizaciones de
Mujeres.
Articulo Tercero.- La Comision Ambiental Municipal de la Provincia de Sechura - CAM Sechura tendra las siguientes funciones:
FUNCIONES GENERALES:
a. Ser la instancia de coordinacion y concertacion de la politica ambiental local provincial con la participacion de los Gobiernos Locales Distritales para la implementacion del Sistema Local de Gestion
Ambiental.
b. Validar participativamente el Plan y la Agenda
Ambiental Local; Gestionar la implementacion participativa del Plan y la Agenda Ambiental Local aprobados mediante Ordenanzas Municipales.
c. Lograr compromisos concretos de las instituciones integrantes en base a una vision compartida;
d. Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicacion y evaluacion de los instrumentos de gestion ambiental y la ejecucion de politicas ambientales;
e. Facilitar el tratamiento apropiado, para la resolucion de conflictos ambientales;
FUNCIONES ESPECIFICAS:
a. Promover y establecer mecanismos de apoyo, trabajo y participacion, coordinado con los distritos integrantes de la CAM, a favor de la gestion ambiental, de conformidad con el Plan de Accion Ambiental y la
Agenda Ambiental Local;
b. Participar y representar ante la CAR Piura;
c. Elaborar reformular y proponer lineamientos de politica, objetivos y metas de gestion ambiental, asi como proyectos de ordenanzas y otras normas municipales para aportar al desarrollo sostenible de la provincia de
Sechura, acordes con las politicas regionales y nacionales;
d. Velar por el cumplimiento de las politicas, normas y demas obligaciones ambientales en el ambito de la jurisdiccion Provincial, principalmente las referidas al acceso a la informacion y la participacion ciudadana en la gestion ambiental,
e. Concertar, elaborar y monitorear el Plan de Accion
Ambiental de la provincia de Sechura, basado en el Plan de Accion Ambiental Regional;
f. Proponer criterios y lineamientos de politica que permita una asignacion en el presupuesto municipal para las iniciativas de inversion en materia ambiental, "
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