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El Peruano - Edición del 25/12/2005 - Pagina 9


" contra Pedro Daniel CESPEDES BARRIGA, por la presunta comision de! Delito Contra la Administracion

Publica (Violencia y Resistencia a la Autoridad) y promueva la reparacion civil a favor del Estado Peruano, representado por el SO3 PNP Liz marlene SERVAN

JARAMILLO, la misma que con fecha 03ABR2004, en circunstancias que cubria servicio en la interseccion de la Av. Tomas Marsano y Caminos del Inca-Surco, intervino al vehiculo de Placa de Rodaje RIM-401 conducido por Pedro Daniel CESPEDES BARRIGA, al constatar que no respetaba la señal reguladora vehicular, por tal motivo le indico que continuara su marcha, este lejos de obedecer se quedo detenido en forma transversal dificultando el pase de los otros vehiculos, ante tal hecho solicito su Licencia de Conducir y Tarjeta de Propiedad, luego de imponerle el PIT (Infraccion B-09), este empezo a insultarle faltandole el respeto, lanzandole toda clase de improperios y en forma sorpresiva le arrebato este ultimo documento, agrega ademas que la SO3 PNP Lady TOMAGUILLA

CULLAMPE; quien la acompañaba trato de ayudarle en la intervencion a fin de que se calmara el infractor, no consiguiendo tal proposito, por lo que solicitaron el apoyo de una unidad policial y fue conducido a la Comisaria

PNP de Surco para las acciones correspondientes, en donde se instruyo el atestado Nº 057-04-VII DIRTEPOL-

DM-S1-CSS-DEINPOL del 18ABR2004, denunciando el hecho a la Fiscalia Provincial de Lima.

Que, con Oficio Nº 1253-2005-PP-PNP/1204 del 26ABR05, el Procurador Publico a cargo de los Asuntos judiciales del Ministerio del Interior Relativos a la PNP, solicita se deje sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 0855-2005-IN/PNP del 15ABR05, toda vez que por los mismos hechos existe un proceso penal pendiente ante el Octavo Juzgado Penal de Lima, Expediente N° 434- 04, Secretario Mesones.

Lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica

DIRGEN PNP, mediante el Dictamen Nº 2347-2005-

DGPNP/AG del 20MAY05;

Lo propuesto por el General Director de la VII-

Direccion Territorial Policial Lima; y,

Lo opinado por el General de Policia, Director General de la Policia Nacional del Peru.

SE RESUELVE:

Articulo Unico.- Dejar sin efecto la Resolucion

Ministerial Nº 0855-2005-IN/PNP del 15ABR05, que autoriza al señor Procurador Publico a cargo de los

Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a al Policia Nacional del Peru a interponer acciones legales contra Pedro Daniel CESPEDES BARRIGA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

Registrese, comuniquese y publiquese.

FELIX M. MURAZZO CARRILLO

Ministro del Interior

20643

)        

RESOLUCION MINISTERIAL

Nº 2498-2005-IN-1501

Lima, 21 de diciembre del 2005

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante la plaza de Subprefecto de la provincia de Huaraz del departamento de

Cajamarca, cargo considerado de confianza;

De conformidad con el articulo 3º de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, lo dispuesto en el articulo 5º y 24º del Texto del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto

Supremo Nº 003-2004-IN y el Reglamento de

Organizacion y Funciones de las Autoridades Politicas aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-91-IN; y,

Estando a lo dictaminado por la Oficina General de

Asesoria Juridica, de conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante

Decreto Supremo Nº 004-2005-IN del 22 de julio del 2005;

SE RESUELVE:

Articulo Unico.- DESIGNAR a partir de la fecha a don Evert Lenin VALVERDE SANDOVAL como

Subprefecto de la provincia de Huaraz del departamento de Ancash, cargo publico considerado de confianza.

Registrese, comuniquese y publiquese.

ROMULO PIZARRO TOMASIO

Ministro del Interior

21876

RELACIONES EXTERIORES 0        

1

DECRETO SUPREMO

Nº 100-2005-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Segunda Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28212, que desarrolla el articulo 39º de la Constitucion

Politica, en lo que se refiere a la jerarquia y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado, deroga el Decreto Supremo Nº 090-2003-

RE de 24 de junio de 2003, que aprobo el Cuadro General de Precedencias para los actos y ceremonias que conciernan al ceremonial del Estado, y establece que el

Poder Ejecutivo debe dictar un decreto supremo que adecue las normas sobre precedencias para actos y ceremonias oficiales del Estado a lo establecido en la citada Ley;

Que, en el marco de las disposiciones constitucionales, de la Ley Nº 28212 y de las leyes organicas de las diversas entidades de la Administracion

Publica, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha elaborado el Cuadro General y Regional de Precedencias protocolar para los actos y ceremonias que conciernan al ceremonial del Estado, en concordancia con las normas del Derecho Diplomatico, la Convencion de Viena sobre Relaciones Diplomaticas de 1961, la practica diplomatica y los usos y costumbres internacionalmente aceptados;

Que, es necesario que los actos y ceremonias publicas se realicen en conformidad al Ceremonial del

Estado y en estricta aplicacion del orden de precedencias protocolar que incluya a las diversas autoridades del

Estado, de las Regiones, miembros del clero y agentes diplomaticos y consulares;

DECRETA:

1. Apruebase el siguiente Cuadro General de

Precedencias protocolar para los actos y ceremonias que conciernan al Ceremonial del Estado:

01. Presidente de la Republica.

02. Presidente del Congreso de la Republica.

03. Presidente del Poder Judicial.

04. Ex Presidentes de la Republica.

05. Cardenal de la Iglesia Catolica, Arzobispo de Lima y

Primado del Peru.

06. Vicepresidentes de la Republica.

07. Vicepresidentes del Congreso de la Republica.

08. Presidente del Consejo de Ministros, Presidente del

Tribunal Constitucional, Presidente del Consejo Nacional "


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