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El Peruano - Edición del 26/12/2005 - Pagina 18


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NORMAS LEGALES

Lima, lunes 26 de diciembre de 2005

Que, en Sesion Extraordinaria Nº 019 de fecha 16 de agosto de 2005 se acordo declarar improcedente el recurso de reconsideracion interpuesto contra la

Resolucion que declara la vacancia del cargo del referido alcalde, segun consta a fojas 14 a 16, habiendo sido notificado por conducto notarial dicha Resolucion el 20 de agosto de 2005, conforme obra de fojas 19;

Que, el Primer Juzgado Especializado en lo Penal de Coronel Portillo, mediante auto de fecha 26 de febrero de 2005 abrio instruccion contra don Oscar Rios Silvano por la comision de delito de Peculado, Abuso de

Autoridad y contra la Fe Publica en agravio de la

Municipalidad de Iparia, dictandosele mandato de detencion; en consecuencia, el Concejo Distrital de

Iparia en sesion extraordinaria del 1 de marzo de 2005, acordo por unanimidad declarar la suspension del ejercicio del cargo de Alcalde del señor Oscar Rios

Silvano por el tiempo que dure el mandato de su detencion; lo que dio lugar a que el Pleno de este colegiado mediante Resolucion N° 070-2005-JNE de fecha 1 de abril de 2005, declaro que don Jaime Pezo

Vasquez asumiera provisionalmente el cargo de alcalde de dicha jurisdiccion durante el mandato de detencion, convocando a su vez al accesitario don Atilio Eudocio

Martinez Estrella conforme a ley;

Que, a mayor abundamiento resulta necesario precisar que con Resolucion Nº 239-2005-JNE de fecha 2 de setiembre de 2005, este maximo organismo electoral dejo sin efecto las credenciales otorgadas a don Jaime Pezo Vasquez y a don Atilio Eudocio Martinez

Estrella, por haber concluido el referido mandato de detencion, segun la Papeleta de Excarcelacion Nº 106- 2005-SEPCSJUC/PJ de fecha 11 de agosto de 2005, expedida por el Presidente de la Corte Superior

Especializada en lo Penal de la Corte Superior de

Justicia de Ucayali, que dispuso su inmediata libertad, por haberse revocado la Resolucion de fecha 27 de mayo de 2005 y que, reformandola, declaro la variacion de la detencion por el mandato de comparecencia restringida; debiendo don Oscar Rios Silvano, reasumir sus funciones de alcalde del Concejo Distrital de Iparia en forma automatica e inmediata, sin requerir pronunciamiento alguno del concejo, conforme lo dispone el articulo 25º de la Ley Organica de

Municipalidades Nº 27972;

Que en autos no se encuentra acreditado que don

Oscar Rios Silvano ha incurrido en la causal de vacancia prevista en el inciso 4) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; toda vez que, don Oscar

Rios Silvano se encontraba suspendido de sus funciones desde 1 de marzo hasta el 11 de agosto de 2005 respectivamente;

Por tales consideraciones, el Jurado Nacional de

Elecciones, en uso de sus atribuciones;

RESUELVE:

Articulo Primero.- Declarar nulo el Acuerdo del

Concejo Distrital de Iparia, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, adoptado en sesion extraordinaria de fecha 26 de julio de 2005 que declaro la vacancia del cargo de Alcalde del Concejo Distrital de

Iparia, provincia de Coronel Portillo, departamento de

Ucayali a don Oscar Rios Silvano.

Articulo Segundo.- Declarar que don Oscar Rios

Silvano continuara ejerciendo el cargo de Alcalde del

Concejo Distrital de Iparia, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, por el periodo 2003-2006, para el cual fue elegido.

Registrese, comuniquese y publiquese

SS.

MENDOZA RAMIREZ

PEÑARANDA PORTUGAL

VELA MARQUILLO

VELARDE URDANIVIA

BALLON-LANDA CORDOVA,

Secretario General

21797

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

OSINERG

Dictan mandato de conexion a favor de HIDRANDINA S.A. para que el

Proyecto Especial Chavimochic permita conexion de linea en la

Subestacion Viru

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA

INVERSION EN ENERGIA

OSINERG Nº 460-2005-OS/CD

Lima, 20 de diciembre de 2005

VISTO:

La solicitud formulada por la empresa HIDRANDINA

S.A. (en adelante HIDRANDINA) mediante documento de fecha 28 de octubre de 2005, para que OSINERG emita Mandato de Conexion a fin que el Proyecto Especial

Chavimochic (en adelante PECH) permita la conexion de linea L.T. 60 kV (SET Trujillo Sur - SET Viru) en la Sub estacion Viru.

CONSIDERANDO:

1. ANTECEDENTES

1.1 Que, en fecha 28 de octubre de 2005,

HIDRANDINA solicito a OSINERG emitir Mandato de

Conexion a fin que el PECH permita la conexion de la linea L.T. 60 kV (SET Trujillo Sur - SET Viru) en la

Subestacion Viru.

1.2 Que, en fecha 2 de noviembre de 2005, OSINERG con Oficio Nº 5315-2005-OSINERG-GFE remitio al

PECH copia de la solicitud de Mandato de Conexion de

HIDRANDINA a fin que presentara su propuesta.

1.3 Que, en fecha 21 de noviembre de 2005, PECH mediante documento Nº 2797-2005-GRLL/PECH-01, presento su respuesta a la solicitud de Mandato de

Conexion de HIDRANDINA.

1.4 Que, el 6 de diciembre de 2005, se convoco a una reunion en las instalaciones de OSINERG, entre las empresas PECH e HIDRANDINA, firmandose un acta.

En dicha acta el representante del PECH expreso que su representada no tiene inconveniente en otorgar la conexion solicitada por HIDRANDINA, no existiendo impedimentos tecnicos para dicha conexion, y que la misma aun no se ha realizado por motivos de coordinacion al interior de la referida entidad (Proyecto

Especial Chavimochic). Por su parte, la empresa

HIDRANDINA señalo que no existe descoordinacion pues mostraron un Acta de Reunion (la cual entregaron en copia a OSINERG) firmada por los tecnicos del PECH, en la que se cumplen con los requisitos tecnicos para proceder a la conexion.

2. ANALISIS

MARCO NORMATIVO

2.1 El articulo 33º y el inciso d) del 34º del Decreto

Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, establecen el libre uso de las redes electricas de las empresas de

Transmision y Distribucion respectivamente, dentro de los supuestos establecidos y cumpliendo los requisitos correspondientes, consagrando el Principio de Libre

Acceso a las Redes.

2.2 Dentro de este marco normativo que OSINERG, en uso de su funcion normativa, aprobo mediante

Resolucion Nº 091-2003-OS/CD el “Procedimiento para fijar las condiciones de uso y acceso libre a los Sistemas de Transmision y Distribucion Electrica” (en adelante

Procedimiento de Libre Acceso), el mismo que busca evitar condiciones discriminatorias de acceso y uso de "


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