El Peruano - Edición del 26/12/2005 - Pagina 51
"
Pag. 307257NORMAS LEGALESLima, lunes 26 de diciembre de 2005
Nº
INMUEBLE
6
Calle
Elias Aguirre 126
7
Calle
Esperanza 135
8
Calle
Esperanza 237
9
Calle
Gonzales Prada 341
10
Calle
Jorge Buckley 211 -A
11
Calle
Jose Sabogal 297
12
Av.
La Mar 971
13
Calle
Martir Olaya 129
14
Av.
Oscar R Benavides 334
15
Av.
Pardo 556, 560, 562
16
Av.
Petit Thouars 5160
17
Calle
Porta 374
18
Av.
Ricardo Palma 270
19
Calle
Schell 378
20
Calle
Sor Tita 136
21
Av.
2 de Mayo 507
B.-INMUEBLES EN QUE SE LEVANTA LA SUSPENSION
PARA TRAMITAR CERTIFICADOS DE PARAMETROS
URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS, ANTEPROYECTOS
Y PROYECTOS DEFINITIVOS DE OBRAS NUEVAS.
1
Av
Bajada Balta 169
2
Av
Bolognesi 599
3
Calle
Chiclayo 430, 432
4
Calle
Elias Aguirre 179
5
Calle
Enrique Palacios 1165, 1169, 1175
6
Calle
General Cordova 186
7
Calle
General Cordova 929
8
Calle
General Cordova 965
9
Av
La Mar 901, 905
10
Av
Pardo 1365, 1399
11
Calle
San Ignacio de Loyola 479
12
Calle
Vanderghen 299
13
Calle
Victor Maldonado Begazo 171
14
Av 28 de Julio 1421, 1427,1429
21837
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Aprueban Cuadro de Asignacion de
Personal de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 249-MSS
Santiago de Surco, 2 de diciembre de 2005
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesion
Extraordinaria de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, en ejercicio de la autonomia politica, economica y administrativa que las municipalidades tienen en los asuntos de su competencia, como por expresa disposicion constitucional lo ha consagrado el articulo 194º de la Carta Fundamental y el articulo II del Titulo
Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades
Nº 27972, a la maxima instancia de esta Corporacion que es el Concejo Municipal, le corresponde aprobar el
Cuadro de Asignacion de Personal -CAP-, de conformidad a la potestad enunciada en el articulo 9º numeral 3) de la Ley antes glosada, asi como lo dispuesto en el articulo 15º del Decreto Supremo
Nº 043-2004-PCM;
Que, con fecha 18 de noviembre del 2004, a traves de la Ordenanza Nº 207-MSS publicada el 26 de
Noviembre de 2004, se aprobo el Cuadro de Asignacion de Personal -CAP- que entro en vigencia el 1 de enero de 2005;
Que, mediante la Ordenanza Nº 247-MSS de fecha 24 de Noviembre del 2005, se han aprobado modificaciones a la estructura organizativa y al
Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la
Municipalidad, sustentadas en la revision, reformulacion y simplificacion de procesos, sobre cuya base corresponde operar las modificaciones que resulten necesarias al Cuadro de Asignacion de Personal - CAP, a fin que esta herramienta de gestion guarde la debida coherencia y consistencia con los instrumentos antes indicados los que han sido recientemente modificados por decision de este Concejo Municipal, debiendo todos entrar en vigencia desde el primer dia del ejercicio 2006;
Que, junto a la causa antes expuesta, se agrega el hecho que al formularse un nuevo Cuadro de Asignacion de Personal - CAP para la Municipalidad de Santiago de
Surco, su elaboracion se ha realizado cumpliendo con las disposiciones de la Ley Marco del Empleo Publico
Nº 28175 y los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro de Asignacion de Personal - CAP que establecen los articulos 14º y 15º del Decreto
Supremo Nº 043-2004-PCM, norma publicada el 18 de
Junio del 2004;
Estando al Informe Tecnico Nº 1787-2005-SGP-
GCAR-MSS de la Subgerencia de Personal e Informes
Nºs 428-2005-OPP-MSS, 1131-2005-OAJ-MSS de las
Oficinas de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoria Juridica respectivamente; contando con el
Dictamen Conjunto Nº 030-2005-CGM-CAJ-MSS de la
Comision de Gestion Municipal y Comision de Asuntos
Juridicos;
De conformidad con lo establecido en los articulos 9º numerales 3) y 8), 39º y 40º de la Ley Organica de
Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por Unanimidad aprobo la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO
DE ASIGNACION DE PERSONAL -CAP- DE
LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE
SURCO PARA EL EJERCICIO 2006
Articulo 1º.- Aprobar el Cuadro de Asignacion de
Personal (CAP) de la Municipalidad de Santiago de
Surco, el mismo que entrara en vigencia el 1 de enero del 2006 y que forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Ordenanza Nº 207-
MSS del 18 de noviembre del 2004 teniendo vigencia el actual Cuadro de Asignacion de Personal solo hasta el 31DIC2005.
Articulo 3º.- Encargar el cumplimiento de la presente norma a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de
Administracion, asi como su publicacion conforme a lo establecido en el articulo 17º del Decreto Supremo
Nº 043-2004-PCM.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
CARLOS DARGENT CHAMOT
Alcalde "
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 | 77 | 78 | 79 | 80 | 81 | 82 | 83 | 84 |
(*) Aunque se intenta obtener el 100% de lo publicado en el Diario Oficial, no siempre esto es posible, o en todo caso, aparece distorsionado en la pantalla. Hacemos el mejor esfuerzo por lograr que el contenido sea bien digitalizado. Ante cualquier duda, consulte con la fuente oficial.
Algunas tildes han sido omitidas intencionalmente.
Se realiza el máximo esfuerzo por tener esta información actualizada, pero por la naturaleza cambiante de la ley, esto no siempre es posible. La información presentada puede no estar al día.
Toda la información mostrada es únicamente de caracter informativo, tomada de fuentes confiables. Sin embargo, en ningún momento se debe tomar esta información como base para algún tipo de acción legal. Consulte con un especialista.
AbogadoPeru.com no se hace responsable de la manera como el lector utilice la información expuesta, ni del contenido o veracidad de los artículos o leyes publicadas en el portal. Cualquier duda, error o inexactitud depende directamente de la fuente de la misma o de su autor.
