El Peruano - Edición del 01/01/2006 - Pagina 16
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Lima, domingo 1 de enero de 2006 fundamentada y con firma legalizada notarialmente, la que sera evaluada por el Consejo de Calificacion sin considerar lo establecido en el Art. 11º.
Articulo 13º.- Otros aspectos de evaluacion
El Consejo de Calificacion no podra proponer el pase a la Situacion de Retiro por la causal de Renovacion, a los
Oficiales: a.Sometidos a proceso Administrativo-Disciplinario por hechos disciplinarios graves, que podrian motivar su pase a la Situacion de Retiro por medida disciplinaria. b.Con expediente en tramite por estar comprendidos en los alcances de la Ley Nº 12633, sobre beneficios por haber sufrido enfermedad o lesiones en actos, a consecuencia u ocasion del servicio, excepto Coroneles y
Generales, por no tener derecho a promocion economica por dicha causal.
TITULO III
DEL CONSEJO DE CALIFICACION
CAPITULO I
NATURALEZA Y COMPOSICION
Articulo 14º.- Naturaleza y composicion del Consejo de Calificacion
El Consejo de Calificacion, es el Organo Consultivo que evalua y propone a los Oficiales Generales y Oficiales
Superiores Policias y de Servicios para su pase a la
Situacion de Retiro por la causal de Renovacion. Lo preside el Director General de la Policia Nacional del Peru y esta integrado por cuatro Oficiales Generales.
Articulo 15º.- Nombramiento del Consejo de
Calificacion
El Director General de la Policia Nacional del Peru, mediante Resolucion Directoral nombra a los Oficiales
Generales que integran el Consejo de Calificacion.
CAPITULO II
PROCEDIMIENTOS
Articulo 16º.- Instalacion
El Consejo de Calificacion se instala mediante Acta.
Articulo 17º.- Recopilacion de Informacion
El Consejo de Calificacion, para el cumplimiento de su funcion, podra requerir informacion referida a: a.Vacantes para el proceso de ascenso de Oficiales. b.Relacion nominal de Oficiales ascendidos y de
Oficiales que pasan a la Situacion de Retiro por imperio de la Ley.
c.Relacion nominal de los Oficiales Generales y
Oficiales Superiores Policias y de Servicios, que cumplen las condiciones y aspectos complementarios señalados en el Titulo II, Capitulo II, del presente reglamento. d.Informacion sobre procesos administrativos disciplinarios.
Articulo 18º.- Coordinaciones con los Organos de
Economia y de Bienestar
El Consejo de Calificacion coordinara con los Organos de Economia y Finanzas y de Bienestar, respecto a la disponibilidad presupuestal para el otorgamiento de los derechos y beneficios economicos de los Oficiales que deban ser propuestos para pasar a la Situacion de Retiro por la causal de Renovacion.
Articulo 19º.- Evaluacion y Calificacion
El Consejo de Calificacion verifica las informaciones recibidas, evalua y califica a los Oficiales considerados en la relacion remitida por la Direccion de Recursos Humanos
PNP.
Articulo 20º.- Formulacion de las Actas
El Consejo de Calificacion como resultado de su evaluacion formula la propuesta, sustentandola en actas individuales, debidamente motivadas.
Articulo 21º.- Difusion y notificacion
La Direccion de Recursos Humanos de la PNP difunde mediante el Sistema Electronico de la Policia Nacional del
Peru, la relacion del personal de Oficiales Generales y Superiores que pasan a la Situacion de Retiro por la causal de Renovacion, sin perjuicio de la notificacion conforme a Ley.
Articulo 22º.- Responsabilidad de tramite documentario de beneficios
La Direccion de Recursos Humanos, Direccion de
Economia y Finanzas y la Direccion de Bienestar de la
Policia Nacional del Peru, seran responsables de tramitar automaticamente los documentos requeridos para el otorgamiento de los derechos y beneficios economicos a los oficiales que pasan a la situacion de retiro por la causal
Renovacion.
TITULO IV
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Y FINALES
CAPITULO I
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Primera.- La Inspectoria General, los Tribunales
Administrativos Disciplinarios y la Direccion de Recursos
Humanos, mantendran actualizada la informacion del area de su responsabilidad de conformidad a lo prescrito en el presente Reglamento, con la finalidad de ser proporcionada oportunamente al Consejo de Calificacion.
Segunda.- Las Direcciones de Recursos Humanos,
Economia y Finanzas y Bienestar de la Policia Nacional del
Peru, en el area de su competencia, son los Organos responsables de reconocer, tramitar, abonar y procesar las pensiones, goces, beneficios, compensaciones y demas derechos a los Oficiales Generales y Oficiales Superiores
Policias y de Servicios que pasen a la Situacion de Retiro por la causal de Renovacion.
Tercera.- La Direccion de Informaciones de la Policia
Nacional del Peru, sera la responsable de organizar la ceremonia de despedida de los Oficiales Generales y
Oficiales Superiores que pasen a la Situacion de Retiro por la causal de Renovacion.
CAPITULO II
DISPOSICION FINAL la causal de Renovacion, se inicia con el nombramiento del
Consejo de Calificacion, designado de conformidad a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento.
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RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 2524-2005-IN
Lima, 29 de diciembre del 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0426-2003-IN/ 0102, del 1 de abril de 2003, se designo a la abogada
Cecilia Monica ESPICHE ELIAS, en el cargo publico de confianza de Director de Sistema Administrativo IV,
Categoria F-5, Director General de la Oficina General de
Asesoria Juridica del Ministerio del Interior;
Que, vista la renuncia al cargo antes referido presentada por la mencionada funcionaria, se ha visto por conveniente aceptarla, dandosele las gracias por los servicios prestados;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Legislativo Nº 560 – Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Unico
Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 – Ley del Ministerio del Interior aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 003- 2004-IN y lo dispuesto por la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el
Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos;
Estando a lo propuesto;
SE RESUELVE:
Articulo Unico.- ACEPTAR LA RENUNCIA presentada por la abogada Cecilia Monica ESPICHE ELIAS al cargo "
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