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El Peruano - Edición del 09/01/2006 - Pagina 12


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NORMAS LEGALES

Lima, lunes 9 de enero de 2006 el Decreto Supremo Nº 005-94-JUS, con la abstencion del Dr. Fausto Montoya Romero por haber conocido el proceso en Primera Instancia;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Confirmar el acuerdo tomado en

Asamblea General Extraordinaria del Colegio de Notarios de Lima de fecha 28 de enero de 2004 que sanciona al

Notario de Lima, Dr. Jorge Colareta Cavassa con una suspension de 30 dias en el ejercicio de su funcion.

Articulo 2º.- Remitir copia de la presente Resolucion al Colegio de Notarios de Lima y al interesado, para los fines que correspondan.

Registrese, comuniquese y publiquese.

EDGARDO HOPKINS TORRES

Presidente

JOSE HUMBERTO PEREIRA RIVAROLA

Consejero

AUGUSTO ORLANDO MALCA PEREZ

Consejero

00231

RESOLUCION DEL CONSEJO DEL NOTARIADO

Nº 035-2005-JUS/CN

Lima, 18 de noviembre de 2005

Visto, el recurso de apelacion interpuesto por el Dr.

Jorge Federico Colareta Cavassa, de fecha 2 de febrero de 2004, contra el acuerdo tomado en Asamblea General

Extraordinaria del Colegio de Notarios de Lima de fecha 28 de enero de 2004, a merito del cual se sanciona al recurrente con seis meses de suspension en el ejercicio de la Funcion Notarial por haber incurrido en la falta prevista en el inciso h) del articulo Nº 149 de la Ley

Nº 26002, Ley del Notariado;

CONSIDERANDO:

Que, habiendo tomado conocimiento la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Lima sobre las irregularidades en los Registros Notariales, en el Indice Cronologico de

Legalizacion de Libros y Hojas Sueltas, en el Indice

Cronologico y Alfabetico de Actas de Transferencia de

Bienes Muebles Registrables, en un Acta de Protocolizacion de Testamento y varias Actas de Transferencia Vehicular del Notario de Lima, Dr. Jorge Federico Colareta Cavassa, procede a expedir la Resolucion Nº 115-2003-CNL-VN/JD de fecha 19 de septiembre de 2003, resolviendo abrir proceso disciplinario de oficio al Notario de Lima, Jorge

Federico Colareta Cavassa;

Que, por medio de escrito de fecha 6 de octubre de 2003, el Notario de Lima, Dr. Jorge Federico Colareta

Cavassa presenta sus descargos a la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Lima, manifestando que se ha subsanado la observacion respecto del Registro

Cronologico de Legalizacion de Libros y Hojas sueltas, habiendose consignado los correspondientes numeros del Registro Unico de Contribuyentes, ademas señala que se ha cumplido con Protocolizar el Testamento de quien en vida fuera Oswaldo Emigio Joaquin Quispe y que algunas de las Actas de Transferencia Vehicular de su Registro se encuentran inconclusas no produciendo ningun efecto juridico por no haberse puesto de acuerdo las partes contratantes;

Que, de analisis de lo actuado se ha podido establecer que si bien el Notario investigado ha cumplido con subsanar lo referido al numero de RUC en el Indice

Cronologico de Legalizacion de Libros y Hojas Sueltas y lo referido al Indice Cronologico y Alfabetico de Actas de

Transferencia de Bienes Muebles Registrables que no consignaban expresamente el numero de Folio donde corre cada instrumento, tambien lo es que dicho Notario redacto un Acta de Protocolizacion de Testamento que debio haberse extendido en el registro de Escrituras

Publicas y que no se habia Protocolizado en el Expediente original al final del Tomo respectivo; ademas varias Actas de Transferencia Vehicular contenian datos y firmas de la parte vendedora pero no la identificacion, ni los datos, ni las firmas de la parte compradora, siendo en consecuencia que dichas Actas no habian sido autorizadas por el Notario;

Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado, en su sesion del 18 de noviembre de 2005; a lo señalado en el literal h) del articulo 142º del Decreto de Ley

Nº 26002, Ley del Notariado; y al literal i) del articulo 3º del Reglamento del Consejo del Notariado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-94-JUS, con la abstencion del Dr. Fausto Montoya Romero por haber conocido el proceso en Primera Instancia;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Confirmar el acuerdo tomado en

Asamblea General Extraordinaria del Colegio de Notarios de Lima de fecha 28 de enero de 2004 que sanciona con seis meses de suspension en su funcion al Notario de

Lima, Dr. Jorge Colareta Cavassa.

Articulo 2º.- Remitir copia de la presente Resolucion al Colegio de Notarios de Lima y al interesado, para los fines que correspondan.

Registrese, comuniquese y publiquese.

EDGARDO HOPKINS TORRES

Presidente

JOSE HUMBERTO PEREIRA RIVAROLA

Consejero

AUGUSTO ORLANDO MALCA PEREZ

Consejero

00232

RESOLUCION DEL CONSEJO DEL NOTARIADO

Nº 036-2005-JUS/CN

Lima, 18 de noviembre de 2005

Visto, el recurso de apelacion interpuesto por el

Notario de Lima, Dr. Agustin Placido Flores Barboza, de fecha 30 de mayo de 2003, contra la Resolucion

Administrativa de Sancion impuesta por la Asamblea

General del Colegio de Notarios de Lima, de fecha 9 de mayo de 2003;

CONSIDERANDO:

Que, habiendo tomado conocimiento la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Lima por medio de una comunicacion extendida por la Notaria de Lima, Dra.

Sofia Ines Ode Pereyra de fecha 19 de setiembre de 2002, de una irregular actuacion del Notario de Lima Dr.

Agustin Placido Flores Barboza al haber enviado a un tercero para que en su lugar certifique unos sorteos en el Casino “La Hacienda” los dias 17 y 18 de setiembre de 2002;

Que, mediante escrito de fecha 30 de setiembre de 2002 el Dr. Agustin Flores Barboza informa ante el Colegio de Notarios de Lima que no pudo concurrir a los sorteos de los mencionados dias por razones de salud y que hizo todo lo posible por encontrar un reemplazante que pudiera asumir el compromiso profesional, pero que al no conseguir a un colega reemplazante, tuvo que comisionar a un abogado de su notaria, el cual solo se quedo a espectar los sorteos y no intervino con el caracter de fedatario;

Que, mediante Resolucion Nº 007-2003-CNL/D, de fecha 31 de enero de 2003, expedida por el Colegio de

Notarios de Lima, se resuelve abrir proceso disciplinario al Notario de Lima, Dr. Agustin Placido Flores Barboza;

Que, por escrito de fecha 25 de febrero de 2003, el

Dr. Agustin Placido Flores Barboza, interpone recurso de nulidad contra la Resolucion Nº 007-2003-CNL/D, expedida por el Colegio de Notarios de Lima;

Que, mediante Resolucion Nº 027-2003-CNL-VN/DJ de fecha 15 de marzo de 2003, expedida por el Colegio de Notarios de Lima, se declara improcedente la nulidad planteada por el Notario quejado;

Que, mediante Dictamen Fiscal del Colegio de

Notarios de Lima de fecha de fecha 24 de marzo de "


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