El Peruano - Edición del 09/01/2006 - Pagina 12
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 9 de enero de 2006 el Decreto Supremo Nº 005-94-JUS, con la abstencion del Dr. Fausto Montoya Romero por haber conocido el proceso en Primera Instancia;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Confirmar el acuerdo tomado en
Asamblea General Extraordinaria del Colegio de Notarios de Lima de fecha 28 de enero de 2004 que sanciona al
Notario de Lima, Dr. Jorge Colareta Cavassa con una suspension de 30 dias en el ejercicio de su funcion.
Articulo 2º.- Remitir copia de la presente Resolucion al Colegio de Notarios de Lima y al interesado, para los fines que correspondan.
Registrese, comuniquese y publiquese.
EDGARDO HOPKINS TORRES
Presidente
JOSE HUMBERTO PEREIRA RIVAROLA
Consejero
AUGUSTO ORLANDO MALCA PEREZ
Consejero
00231
RESOLUCION DEL CONSEJO DEL NOTARIADO
Nº 035-2005-JUS/CN
Lima, 18 de noviembre de 2005
Visto, el recurso de apelacion interpuesto por el Dr.
Jorge Federico Colareta Cavassa, de fecha 2 de febrero de 2004, contra el acuerdo tomado en Asamblea General
Extraordinaria del Colegio de Notarios de Lima de fecha 28 de enero de 2004, a merito del cual se sanciona al recurrente con seis meses de suspension en el ejercicio de la Funcion Notarial por haber incurrido en la falta prevista en el inciso h) del articulo Nº 149 de la Ley
Nº 26002, Ley del Notariado;
CONSIDERANDO:
Que, habiendo tomado conocimiento la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Lima sobre las irregularidades en los Registros Notariales, en el Indice Cronologico de
Legalizacion de Libros y Hojas Sueltas, en el Indice
Cronologico y Alfabetico de Actas de Transferencia de
Bienes Muebles Registrables, en un Acta de Protocolizacion de Testamento y varias Actas de Transferencia Vehicular del Notario de Lima, Dr. Jorge Federico Colareta Cavassa, procede a expedir la Resolucion Nº 115-2003-CNL-VN/JD de fecha 19 de septiembre de 2003, resolviendo abrir proceso disciplinario de oficio al Notario de Lima, Jorge
Federico Colareta Cavassa;
Que, por medio de escrito de fecha 6 de octubre de 2003, el Notario de Lima, Dr. Jorge Federico Colareta
Cavassa presenta sus descargos a la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Lima, manifestando que se ha subsanado la observacion respecto del Registro
Cronologico de Legalizacion de Libros y Hojas sueltas, habiendose consignado los correspondientes numeros del Registro Unico de Contribuyentes, ademas señala que se ha cumplido con Protocolizar el Testamento de quien en vida fuera Oswaldo Emigio Joaquin Quispe y que algunas de las Actas de Transferencia Vehicular de su Registro se encuentran inconclusas no produciendo ningun efecto juridico por no haberse puesto de acuerdo las partes contratantes;
Que, de analisis de lo actuado se ha podido establecer que si bien el Notario investigado ha cumplido con subsanar lo referido al numero de RUC en el Indice
Cronologico de Legalizacion de Libros y Hojas Sueltas y lo referido al Indice Cronologico y Alfabetico de Actas de
Transferencia de Bienes Muebles Registrables que no consignaban expresamente el numero de Folio donde corre cada instrumento, tambien lo es que dicho Notario redacto un Acta de Protocolizacion de Testamento que debio haberse extendido en el registro de Escrituras
Publicas y que no se habia Protocolizado en el Expediente original al final del Tomo respectivo; ademas varias Actas de Transferencia Vehicular contenian datos y firmas de la parte vendedora pero no la identificacion, ni los datos, ni las firmas de la parte compradora, siendo en consecuencia que dichas Actas no habian sido autorizadas por el Notario;
Estando a lo acordado por el Consejo del Notariado, en su sesion del 18 de noviembre de 2005; a lo señalado en el literal h) del articulo 142º del Decreto de Ley
Nº 26002, Ley del Notariado; y al literal i) del articulo 3º del Reglamento del Consejo del Notariado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-94-JUS, con la abstencion del Dr. Fausto Montoya Romero por haber conocido el proceso en Primera Instancia;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Confirmar el acuerdo tomado en
Asamblea General Extraordinaria del Colegio de Notarios de Lima de fecha 28 de enero de 2004 que sanciona con seis meses de suspension en su funcion al Notario de
Lima, Dr. Jorge Colareta Cavassa.
Articulo 2º.- Remitir copia de la presente Resolucion al Colegio de Notarios de Lima y al interesado, para los fines que correspondan.
Registrese, comuniquese y publiquese.
EDGARDO HOPKINS TORRES
Presidente
JOSE HUMBERTO PEREIRA RIVAROLA
Consejero
AUGUSTO ORLANDO MALCA PEREZ
Consejero
00232
RESOLUCION DEL CONSEJO DEL NOTARIADO
Nº 036-2005-JUS/CN
Lima, 18 de noviembre de 2005
Visto, el recurso de apelacion interpuesto por el
Notario de Lima, Dr. Agustin Placido Flores Barboza, de fecha 30 de mayo de 2003, contra la Resolucion
Administrativa de Sancion impuesta por la Asamblea
General del Colegio de Notarios de Lima, de fecha 9 de mayo de 2003;
CONSIDERANDO:
Que, habiendo tomado conocimiento la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Lima por medio de una comunicacion extendida por la Notaria de Lima, Dra.
Sofia Ines Ode Pereyra de fecha 19 de setiembre de 2002, de una irregular actuacion del Notario de Lima Dr.
Agustin Placido Flores Barboza al haber enviado a un tercero para que en su lugar certifique unos sorteos en el Casino “La Hacienda” los dias 17 y 18 de setiembre de 2002;
Que, mediante escrito de fecha 30 de setiembre de 2002 el Dr. Agustin Flores Barboza informa ante el Colegio de Notarios de Lima que no pudo concurrir a los sorteos de los mencionados dias por razones de salud y que hizo todo lo posible por encontrar un reemplazante que pudiera asumir el compromiso profesional, pero que al no conseguir a un colega reemplazante, tuvo que comisionar a un abogado de su notaria, el cual solo se quedo a espectar los sorteos y no intervino con el caracter de fedatario;
Que, mediante Resolucion Nº 007-2003-CNL/D, de fecha 31 de enero de 2003, expedida por el Colegio de
Notarios de Lima, se resuelve abrir proceso disciplinario al Notario de Lima, Dr. Agustin Placido Flores Barboza;
Que, por escrito de fecha 25 de febrero de 2003, el
Dr. Agustin Placido Flores Barboza, interpone recurso de nulidad contra la Resolucion Nº 007-2003-CNL/D, expedida por el Colegio de Notarios de Lima;
Que, mediante Resolucion Nº 027-2003-CNL-VN/DJ de fecha 15 de marzo de 2003, expedida por el Colegio de Notarios de Lima, se declara improcedente la nulidad planteada por el Notario quejado;
Que, mediante Dictamen Fiscal del Colegio de
Notarios de Lima de fecha de fecha 24 de marzo de "
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