El Peruano - Edición del 09/01/2006 - Pagina 28
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 9 de enero de 2006
Que, por lo expuesto es necesario aprobar la exoneracion del Proceso de Seleccion de Concurso
Publico Nº 0010-2005-UNFV “Servicio de Publicidad
Admision 2006”; por un monto de S/. 604, 947.74 (Seiscientos Cuatro Mil Novecientos Cuarenta y Siete y 74/100 Nuevos Soles);
En merito a la Opinion Tecnica de la Oficina Central de Logistica y Servicios Auxiliares contenida en Oficio
Nº 927-2005-OPPS-OCLSA-UFV de fecha 29.11.2005 y al Informe Legal Nº 0990-2005-OCAJ-UNFV de fecha
19.12.2005 de la Oficina Central de Asesoria Juridica, y, estando a lo dispuesto por el Vicerrector Administrativo en Oficios Nºs. 2000 y 2024-2005-VRAD-UNFV de fecha
02.12.2005 y 12.12.2005, respectivamente, se procede conforme a lo solicitado; y,
De conformidad con el D.S. Nº 083-2004-PCM, D.S.
Nº 084-2004-PCM, Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el
Estatuto y el Reglamento General de la Universidad
Nacional Federico Villarreal;
SE RESUELVE:
Articulo Primero.- Exonerar a la Universidad
Nacional Federico Villarreal del Proceso de Seleccion del Concurso Publico Nº 0010-2005-UNFV “Servicio de
Publicidad Admision 2006”, de conformidad con el Articulo 19º Inc. F), del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por un monto de S/. 604, 947.74 (Seiscientos Cuatro Mil
Novecientos Cuarenta y Siete y 74/100 Nuevos Soles), por la fuente de financiamiento de Recursos
Directamente Recaudados.
Articulo Segundo.- Autorizar a la Oficina Central de
Logistica y Servicios Auxiliares a contratar los servicios de publicidad que exonera la presente resolucion en forma directa mediante acciones inmediatas, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, con los siguientes medios de comunicacion y conforme al presupuesto que se señala a continuacion:
Medio
Empresa
USUARIO
TOTAL
OCA
EUPG
CEPREVI
EUDED
PROLICEDGENERAL
El Comercio 59,157.31 82,833.1350,706.2619,014.85
EscritoCorreo 35,873.15 46,496.38 26,239.50
La Republica62,905.26 52,778.8817,996.5212,858.42
Todo Sport 3,534.30 SUB TOTAL S/.161,470.02182,108.3968,702.7831,873.2726,239.50470,393.96
Radio
RPP 38,712.13 33,662.7225,247.04
LA MEGA 20,100.53 16,831.36 SUBTOTAL S/.58,812.66 50,494.0825,247.04 - -134,553.78 TOTAL GENERAL S/.220,282.68232,602.4793,949.8231,873.2726,239.50604,947.74
Articulo Tercero.- Disponer que la Secretaria
General de la Universidad tramite la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision.
Articulo Cuarto.- Encargar a la Oficina Central de
Logistica y Servicios Auxiliares remite copia de la presente resolucion y del Informe Tecnico Legal que la sustenta a la Contraloria General de la Republica y al
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones (CONSUCODE), dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como su publicacion en forma electronica, a traves del SEACE.
Articulo Quinto.- El Vicerrectorado Administrativo, asi como la Oficina Central de Logistica y Servicios
Auxiliares, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion.
Registrese, comuniquese y archivese.
JOSE MARIA VIAÑA PEREZ
Rector
00372
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INDECOPI
Aprueban Normas Tecnicas Peruanas sobre petroleo y derivados, tecnologia de la informacion, lubricantes y otros
RESOLUCION
COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS
Y COMERCIALES
Nº 0106-2005/CRT-INDECOPI
Lima, 9 de diciembre de 2005
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del
Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo
Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos
Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo
Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores;
Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la
Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al
Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho
Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de
Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites
Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante
Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT;
Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de
Normalizacion, la Comision conformo los siguientes
Comites Tecnicos de Normalizacion Permanentes: a)
Petroleo y derivados. Combustibles liquidos, b) Ingenieria de Software y Sistemas de Informacion y c) Conductores
Electricos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion antes señalado;
Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas:
a) Petroleo y derivados. Combustibles liquidos, 2
PNTP, el 18 de julio del 2005.
b) Ingenieria de Software y Sistemas de Informacion, 1 PNTP, el 29 de setiembre del 2005.
c) Conductores Electricos, 1 PNTP, el 6 de octubre del 2005.
Los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y
Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas. Los mencionados en el acapite a) mediante el Sistema
Ordinario y sometidos a Discusion Publica por un periodo de sesenta dias contados a partir del 7 de octubre del 2005 y, los restantes, mediante el Sistema de Adopcion y sometidos a Discusion Publica por un periodo de treinta dias contados a partir del 7 de noviembre del 2005;
Que, no habiendose recibido observaciones a los
Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la
Comision recomendo su aprobacion como Normas
Tecnicas Peruanas;
Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto
Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 0072-2000/
INDECOPI-CRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 9 de diciembre del 2005.
RESUELVE:
Primero.- APROBAR como Normas Tecnicas
Peruanas, las siguientes: "
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 | 77 | 78 | 79 | 80 | 81 | 82 | 83 | 84 | 85 | 86 | 87 | 88 | 89 | 90 | 91 | 92 |
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