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El Peruano - Edición del 09/01/2006 - Pagina 82


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NORMAS LEGALES

Lima, lunes 9 de enero de 2006

Que, por Ley Nº 28652, se aprobo la Ley de

Presupuesto del Sector Publico para el año fiscal 2006;

Que, la Gerencia Regional de Planeamiento,

Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de la

Entidad, remitio a la Secretaria del Consejo Regional el proyecto de Presupuesto Institucional 2006 del Gobierno

Regional de Lima, para su aprobacion por el Consejo

Regional del Gobierno Regional de Lima;

Que, en Sesion Ordinaria del Consejo Regional realizada el dia 28 de diciembre del 2005, en la ciudad de

Cañete, se aprobo con el voto mayoritario de sus miembros, el Presupuesto Institucional 2006, Pliego 463;

Gobierno Regional de Lima;

Por lo expuesto, en el ejercicio de sus funciones y atribuciones señaladas en las normas acotadas, el

Consejo Regional de Lima;

ACUERDA:

Articulo Unico.- Aprobar el Presupuesto Institucional 2005, Pliego 463: Gobierno Regional de Lima, que en anexo forma parte del presente Acuerdo de Consejo

Regional.

POR TANTO:

Mando se registre, comunique, publique y cumpla.

MIGUEL ANGEL MUFARECH NEMY

Presidente

00336

Acuerdan solicitar al Ministerio de

Transportes y Comunicaciones la incorporacion de carreteras conside- radas dentro del Programa Costa-Sierra

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

Nº 026-2005-CR/GRL

Huacho, 28 de diciembre del 2005

VISTO: El Memorando Nº 430-2005-GRL/SG emitido por el Secretario General del Gobierno Regional de Lima, en el cual solicita al Secretario de Consejo para que comunique a los señores Consejeros Regionales, que en la proxima Sesion de Consejo debe adoptarse un acuerdo regional sobre lo solicitado por PROINVERSION para incluir en la Red Vial Nacional a las carreteras de la

Red Vial Departamental siguiente 1. - Rio Seco – El

Ahorcado – Sayan; 2) Desvio Variante Pasamayo –

Huaral, para su conexion con el tramo Huaral – Acos, ya convocados a concesion;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de

Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion – Ley Nº 27680, los Gobiernos

Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en armonia con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo;

Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley

Nº 27867, establece que son atribuciones del Consejo

Regional, aprobar la creacion, venta, concesion o contrato, disolucion de sus empresas y otras formas empresariales, bienes y/o activos regionales, conforme a la Constitucion y la Ley;

Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley

Nº 27867, en su articulo 56º, inciso b) precisa que dentro de las funciones en materia de transportes de los

Gobiernos Regionales se encuentra el Planificar,

Administrar y Ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en la Red Vial Nacional o

Rural, es decir las vias pertenecientes a la Red Vial

Departamental;

Que, asimismo, la Ley Nº 27867 establece que el

Presidente Regional tiene la atribucion de celebrar y suscribir en representacion del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecucion o concesion de obras, proyectos de inversion, prestacion de servicios y demas acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y solo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional;

Que, la Agencia de Promocion de la Inversion Privada

Nº 27-2002-PCM se encarga de promover la inversion no dependiente del Estado Peruano a cargo de agentes bajo regimen privado;

Que, dentro de los planes de PROINVERSION se encuentra el Programa Costa – Sierra que tiene como uno de sus objetivos mejorar la calidad de los servicios y la infraestructura de transporte de las vias de penetracion que conectan las potenciales zonas de crecimiento economico con los centros de comercializacion ubicados en la costa peruana;

Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transportes y

Transito Terrestre establece que corresponde al Ministerio de Transporte y Comunicaciones, dictar el Reglamento de Jerarquizacion Vial,

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 019-2005-MTC se incluyeron algunos parrafos en el articulo 6º del

Decreto Supremo Nº 062-85-TC (modificado por el

Decreto Supremo Nº 09-95-MTC), con la finalidad de facilitar la actualizacion del Clasificador de Rutas que permita incorporar a la Red Vial Nacional aquellas vias de las Redes Viales, Departamental y Vecinal, que se encuentren comprendidas en programas de promocion de la inversion privada a cargo del ente competente del

Gobierno Nacional, previa solicitud de los Gobiernos

Regional o Local segun corresponda, acompañada de norma o acuerdo del organo de mayor jerarquia.

Que, la Resolucion Directoral Nº 081-2005-MTC/14, complementa el Decreto Supremo mencionado en el parrafo precedente, al establecer las condiciones tecnicas minimas para la actualizacion del Clasificador de Rutas;

Que, por convenir al Gobierno Regional de Lima y a los intereses de los pobladores del mismo, de contar con infraestructura adecuada y eficiente, se requiere promover la inversion privada en las carreteras siguientes: 1) Rio Seco – El Ahorcado – Sayan; y 2)

Desvio Variante Pasamayo – Huaral:

Que, mediante Informe Nº 0112-2005-GRL/GRI/

DRTC-D la Directora Regional de Transportes y

Comunicaciones, manifiesta que de acuerdo al

Clasificador Vial del Ministerio de Transportes y

Comunicaciones, (MTC) las vias indicadas no aparecen exactamente con el nombre especificado por

PROINVERSION, por lo que de acuerdo a lo indicado la denominacion de las carreteras deberan ser: Ruta 101

Empalme Ruta 01N (Quebrada Seca) - Empalme Ruta 16 (Andahuasi) y; Ruta 107 Empalme Ruta 01N – Huaral, consideradas dentro del Programa Costa – Sierra, que pertenecen a la Red Vial Departamental ubicada en la jurisdiccion del Gobierno Regional de Lima;

Que, para poder viabilizar los planes en cuanto a las vias antes mencionadas, es necesario que se modifique su clasificacion incorporandolas a la Red Vial Nacional, reconociendo la competencia de PROINVERSION y el

MTC para convocar y realizar la concesion de dichas vias;

Que, en la Sesion de Consejo Ordinario de fecha 28 de diciembre del 2005, se acordo tomar como tema de agenda la incorporacion de la Red Vial Departamental siguiente 1. - Rio Seco – El Ahorcado – Sayan; 2) Desvio

Variante Pasamayo – Huaral, para su conexion con el tramo Huaral – Acos, ya convocados a concesion; cuya denominacion de acuerdo al Clasificador de Rutas del

MTC son: Ruta 101 Empalme Ruta 01N (Quebrada Seca) - Empalme Ruta 16 (Andahuasi) y; Ruta 107 Empalme

Ruta 01N – Huaral, consideradas dentro del Programa

Costa – Sierra, segun el Clasificador de Rutas aprobado por el Decreto Supremo Nº 09-95-MTC pertenecen a la

Red Vial Departamental ubicada en la jurisdiccion del

Gobierno Regional de Lima, logrando tener una votacion de aprobacion por unanimidad esta decision;

Estando a lo expuesto, y en concordancia con las normas citadas en los considerandos precedentes; "


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