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El Peruano - Edición del 09/01/2006 - Pagina 90


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NORMAS LEGALES

Lima, lunes 9 de enero de 2006 instalacion del mismo, que debe realizarse dentro de los quince (15) dias posteriores a la eleccion.

En los casos de reemplazo de representantes por vacancia la designacion de los nuevos representantes sera hasta completar el periodo de los cesantes la designacion se realizara en estricto orden de ubicacion de los candidatos luego del escrutinio de votos.

Articulo 32º.- De las Obligaciones de los

Representantes de las Organizaciones de la

Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion

Local

Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital estan obligados a:

a) Coordinar con sus representados las opiniones y propuestas que llevaran a las sesiones del Consejo de

Coordinacion Local Distrital.

b) Coordinar permanentemente con los otros representantes de la sociedad civil ante el Consejo de

Coordinacion Local Distrital para informar de las propuestas u opiniones que presentaran en las sesiones y concertar las propuestas conjuntas.

c) Presentar al Consejo de Coordinacion Local las opiniones y propuestas concertadas de todas las organizaciones de la sociedad civil distrital, independientemente de su opinion personal sobre el particular.

d) Presentar colectivamente informes publicos por escrito luego de cada uno de los periodos de sesiones contemplados en los articulos 102º y 105º de la Ley

Organica de Municipalidades, sobre los actos realizados en cumplimiento del mandato recibido, ante todas las organizaciones sociales que los eligieron.

Articulo 33º.- De Los Derechos de los

Representantes

Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local tienen derecho a:

a) Convocar de manera individual o conjunta a los representantes de las organizaciones inscritas en el

Registro de Organizaciones Civiles, a las reuniones de coordinacion e informacion que crean conveniente, de acuerdo a la normatividad vigente.

b) Presentar su renuncia debidamente fundamentada ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital a seguir ejerciendo el mandato de representacion recibido.

c) Solicitar y recibir informacion del Concejo Municipal, relacionados a las funciones establecidas en la presente norma.

Articulo 34º.- De la Vacancia del Mandato

Vaca el cargo de los representantes por las siguientes causales:

a) Por fallecimiento.

b) Por condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de libertad.

c) Por dejar de residir en el distrito.

d) Por renuncia.

e) Por sobrevenir con posterioridad a la eleccion, cualquiera de las causales de incompatibilidad establecidas para ser Alcalde o Regidor señaladas por

Ley.

Sera el pleno del Consejo de Coordinacion Local que acuerde la vacancia en reunion expresa convocada para tal fin. En dicha reunion debera ser incorporado el nuevo integrante de Coordinacion Local, en concordancia con el articulo 30º de la presente ordenanza.

DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

Primera Disposicion.- La Municipalidad Distrital de

Independencia abrira el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil a que se refiere la presente Ordenanza, al siguiente dia de entrada en vigencia de la misma.

Segunda Disposicion.- Mediante Decreto de

Alcaldia se dictara las normas de adecuacion y complementacion a la presente Ordenanza.

Tercera Disposicion.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de la Mujer y

Desarrollo Social y a la Division de Participacion Vecinal.

ANEXO Nº 1

POR TANTO:

Registrase, publiquese y cumplase.

Dado en el Local Municipal, a los 6 dias del mes de enero del 2006.

YURI VILELA SEMINARIO

Alcalde

ANEXO Nº 1

CRONOGRAMA ELECTORAL

ELECCION DE REPRESENTANTES

DE LA SOCIEDAD CIVIL

ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION

LOCAL DISTRITAL

C.C.L.D.

Inscripcion de Organizaciones de

Del 9 al 23 de la Sociedad Civil y de sus Delegadosenero 2006

Electores

Impugnacion contra las Organizaciones 24 de enero 2006 de la Sociedad Civil inscritas.

Resolucion de Impugnaciones 25 al 27 de enero 2006

Publicacion del Padron definitivo de 28 de enero 2006 las Organizaciones y delegados inscritos.

Asamblea de Delegados – Eleccion 29 de enero 2006 del Comite Electoral (miembros de la sociedad Civil)

Inscripcion de Candidatos para 30 de enero al 6 de representantes al CCLD.

febrero 2006

Publicacion de Listas de Candidatos.

7 de febrero 2006

Tacha contra la inscripcion de Candidatos8 y 9 de febrero 2006

Publicacion Definitiva de 10 de febrero 2006

Listas de Candidatos.

Elecciones y Publicacion de 19 de febrero 2006.

Resultados.

00292

MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA

Prorrogan plazo de vigencia de la

Ordenanza Nº 359-MSB, que otorga beneficios para regularizacion de deudas tributarias y administrativas

DECRETO DE ALCALDIA

Nº 001-2006-MSB-A

San Borja, 3 de enero de 2006

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN BORJA

Visto, el Informe Nº 001-05-MSB-GR, de fecha 3 de enero del 2006, emitido por la Gerencia de Rentas, sobre ampliacion de Beneficio Tributario otorgado mediante

Ordenanza Nº 359-MSB;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Nº 359-MSB se aprobo el otorgamiento de beneficios para la regularizacion de deudas tributarias y administrativas, a fin de otorgar facilidades a los contribuyentes del distrito para el pago de sus obligaciones;

Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 017-2005-MSB-

A, se prorroga hasta el 30 de diciembre de 2005 la vigencia de la Ordenanza Nº 359-MSB;

Que, mediante Ordenanza Nº 357-MSB publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 28 de diciembre de 2005, se aprobo la regulacion del Regimen Tributario de "


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