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El Peruano - Edición del 09/01/2006 - Pagina 91


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Pag. 309757NORMAS LEGALESLima, lunes 9 de enero de 2006

Arbitrios Municipales de los ejercicios 2004 y 2005, teniendo como finalidad el redistribuir el costo que demando la prestacion de los Arbitrios Municipales en la jurisdiccion de San Borja, en concordancia con los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional;

Que, ante la respuesta de los vecinos de acogerse a los beneficios dispuestos en la Ordenanza Nº 359-MSB, resulta necesario ampliar la vigencia de la norma precitada, a fin de permitir que mas contribuyentes puedan beneficiarse con los descuentos ofrecidos;

Que, la Segunda Disposicion Final de la Ordenanza

Nº 359-MSB, faculta al Alcalde del distrito de San Borja para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicacion;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del articulo 20º y articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoria Juridica;

DECRETA:

Articulo Unico.- Prorrogar el plazo de vigencia previsto en el articulo 4º de la Ordenanza Nº 359-MSB, que otorga beneficios para la regularizacion de deudas tributarias y administrativas, hasta el 31 de enero de 2006.

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA

Alcalde

00342

MUNICIPALIDAD DE

SANTIAGO DE SURCO

Proclaman representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local

Distrital

RESOLUCION DE ALCALDIA

Nº 845-2005-RASS

Santiago de Surco, 28 de diciembre de 2005

EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO

VISTO: el Informe Nº 01-2005-CECCLD-MSS, emitido por el Comite Electoral que da a conocer el desarrollo del proceso de eleccion de los representantes de la Sociedad

Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de

Santiago de Surco, llevado a cabo el 18 de diciembre de 2005;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitucion Politica del

Peru y el articulo 102º de la Ley Organica de

Municipalidades Nº 27972 se define y determina la composicion de los Consejos de Coordinacion Local, que deben conformarse en todas las Municipalidades;

Que, mediante Ordenanza Nº 161-MSS, modificada por Ordenanza Nº 237-MSS, se creo el Libro de Registro de Inscripcion de las Organizaciones de la Sociedad

Civil para el Proceso de Eleccion de sus Representantes ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, estableciendose las normas aplicables al desarrollo de dicho proceso de eleccion;

Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 11-2005-MSS, publicado en los diarios El Peruano y El Comercio los dias 17 y 19 de octubre, asi como en los diarios Ojo y

Correo los dias 22 y 23 de octubre de 2005, se dispuso la convocatoria a elecciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil del distrito de

Santiago de Surco para conformar el Consejo de

Coordinacion Local Distrital;

Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 12-2005-MSS publicado en los diarios El Peruano y El Comercio el dia 4 de noviembre de 2005 se amplio el plazo de cierre de inscripciones de las Organizaciones de la Sociedad Civil para la eleccion de sus representantes;

Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria

Juridica mediante Informe Nº 1219-2005-OAJ-MSS y de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6 del articulo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades;

RESUELVE:

Articulo Primero.- Proclamar como Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil de Santiago de Surco ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Santiago de Surco, por el periodo comprendido entre el 6 de enero de 2006 al 05 de enero de 2008, a las siguientes personas:

1. Jorge Alberto Alcalde Echegaray - Asociacion

Urbanizacion Pro Vivienda Las Palmas

2. Felipe Salazar Risci - Asociacion de Vivienda

Mutualista Sanitaria del Peru

3. Pablo La Rosa Ponce - Asociacion de Vivienda de los Servidores de la Policia de Investigaciones del Peru

Honor y Lealtad ASVISERPIP.

4. Ana Lourdes Florencio Romero - Asociacion de

Propietarios de San Roque APSAR.

5. Carlos Alfredo Olmedo Neira - Cooperativa de

Vivienda San Juan Bautista Ltda.

Articulo Segundo.- Encargar al Comite Electoral que proceda a la entrega de credenciales e instalacion del

Consejo de Coordinacion Local Distrital de Santiago de

Surco, conforme a lo previsto en el Decreto de Alcaldia

Nº 11-2005-MSS.

Registrese, comuniquese y publiquese.

CARLOS DARGENT CHAMOT

Alcalde

00394

MUNICIPALIDAD DE

VILLA EL SALVADOR

Promulgan el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Municipalidad para el

Año Fiscal 2006

RESOLUCION DE ALCALDIA

Nº 982-2005-ALC/MVES

Villa El Salvador, 30 de diciembre de 2005

Visto: El Acuerdo de Concejo Nº 117-2005/MVES, de fecha 29.12.2005, donde se aprueba el Presupuesto

Institucional de Apertura de la Municipalidad Distrital de

Villa El Salvador para el año fiscal 2006;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto en el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 42º, literal

d) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la

Descentralizacion, es competencia de los Gobiernos

Locales aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley General del Sistema Nacional de

Presupuesto, Ley Nº 28411 y las Leyes Anuales de

Presupuesto;

Que, mediante la Ley Nº 28652 se ha aprobado el

Presupuesto del Sector Publico correspondiente al año fiscal 2006, en el que se comprende las transferencias de recursos para los Gobiernos Locales;

Que, la Direccion Nacional de Presupuesto Publico ha aprobado, mediante la Resolucion Directoral Nº 033- 2005-EF/76.01, la Directiva Nº 013-2005-EF/76.01 para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del

Presupuesto Institucional de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2006; y, "


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