El Peruano - Edición del 09/01/2006 - Pagina 91
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Pag. 309757NORMAS LEGALESLima, lunes 9 de enero de 2006
Arbitrios Municipales de los ejercicios 2004 y 2005, teniendo como finalidad el redistribuir el costo que demando la prestacion de los Arbitrios Municipales en la jurisdiccion de San Borja, en concordancia con los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional;
Que, ante la respuesta de los vecinos de acogerse a los beneficios dispuestos en la Ordenanza Nº 359-MSB, resulta necesario ampliar la vigencia de la norma precitada, a fin de permitir que mas contribuyentes puedan beneficiarse con los descuentos ofrecidos;
Que, la Segunda Disposicion Final de la Ordenanza
Nº 359-MSB, faculta al Alcalde del distrito de San Borja para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicacion;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del articulo 20º y articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoria Juridica;
DECRETA:
Articulo Unico.- Prorrogar el plazo de vigencia previsto en el articulo 4º de la Ordenanza Nº 359-MSB, que otorga beneficios para la regularizacion de deudas tributarias y administrativas, hasta el 31 de enero de 2006.
Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.
CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA
Alcalde
00342
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Proclaman representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local
Distrital
RESOLUCION DE ALCALDIA
Nº 845-2005-RASS
Santiago de Surco, 28 de diciembre de 2005
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO: el Informe Nº 01-2005-CECCLD-MSS, emitido por el Comite Electoral que da a conocer el desarrollo del proceso de eleccion de los representantes de la Sociedad
Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de
Santiago de Surco, llevado a cabo el 18 de diciembre de 2005;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitucion Politica del
Peru y el articulo 102º de la Ley Organica de
Municipalidades Nº 27972 se define y determina la composicion de los Consejos de Coordinacion Local, que deben conformarse en todas las Municipalidades;
Que, mediante Ordenanza Nº 161-MSS, modificada por Ordenanza Nº 237-MSS, se creo el Libro de Registro de Inscripcion de las Organizaciones de la Sociedad
Civil para el Proceso de Eleccion de sus Representantes ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, estableciendose las normas aplicables al desarrollo de dicho proceso de eleccion;
Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 11-2005-MSS, publicado en los diarios El Peruano y El Comercio los dias 17 y 19 de octubre, asi como en los diarios Ojo y
Correo los dias 22 y 23 de octubre de 2005, se dispuso la convocatoria a elecciones de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil del distrito de
Santiago de Surco para conformar el Consejo de
Coordinacion Local Distrital;
Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 12-2005-MSS publicado en los diarios El Peruano y El Comercio el dia 4 de noviembre de 2005 se amplio el plazo de cierre de inscripciones de las Organizaciones de la Sociedad Civil para la eleccion de sus representantes;
Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria
Juridica mediante Informe Nº 1219-2005-OAJ-MSS y de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6 del articulo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades;
RESUELVE:
Articulo Primero.- Proclamar como Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil de Santiago de Surco ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Santiago de Surco, por el periodo comprendido entre el 6 de enero de 2006 al 05 de enero de 2008, a las siguientes personas:
1. Jorge Alberto Alcalde Echegaray - Asociacion
Urbanizacion Pro Vivienda Las Palmas
2. Felipe Salazar Risci - Asociacion de Vivienda
Mutualista Sanitaria del Peru
3. Pablo La Rosa Ponce - Asociacion de Vivienda de los Servidores de la Policia de Investigaciones del Peru
Honor y Lealtad ASVISERPIP.
4. Ana Lourdes Florencio Romero - Asociacion de
Propietarios de San Roque APSAR.
5. Carlos Alfredo Olmedo Neira - Cooperativa de
Vivienda San Juan Bautista Ltda.
Articulo Segundo.- Encargar al Comite Electoral que proceda a la entrega de credenciales e instalacion del
Consejo de Coordinacion Local Distrital de Santiago de
Surco, conforme a lo previsto en el Decreto de Alcaldia
Nº 11-2005-MSS.
Registrese, comuniquese y publiquese.
CARLOS DARGENT CHAMOT
Alcalde
00394
MUNICIPALIDAD DE
VILLA EL SALVADOR
Promulgan el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Municipalidad para el
Año Fiscal 2006
RESOLUCION DE ALCALDIA
Nº 982-2005-ALC/MVES
Villa El Salvador, 30 de diciembre de 2005
Visto: El Acuerdo de Concejo Nº 117-2005/MVES, de fecha 29.12.2005, donde se aprueba el Presupuesto
Institucional de Apertura de la Municipalidad Distrital de
Villa El Salvador para el año fiscal 2006;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto en el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 42º, literal
d) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la
Descentralizacion, es competencia de los Gobiernos
Locales aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, Ley Nº 28411 y las Leyes Anuales de
Presupuesto;
Que, mediante la Ley Nº 28652 se ha aprobado el
Presupuesto del Sector Publico correspondiente al año fiscal 2006, en el que se comprende las transferencias de recursos para los Gobiernos Locales;
Que, la Direccion Nacional de Presupuesto Publico ha aprobado, mediante la Resolucion Directoral Nº 033- 2005-EF/76.01, la Directiva Nº 013-2005-EF/76.01 para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del
Presupuesto Institucional de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2006; y, "
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