El Peruano - Edición del 12/01/2006 - Pagina 17
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CONSIDERANDO:
Que, el articulo segundo de la citada resolucion dispone que los Secretarios de las Salas Superiores de las Cortes de Justicia de la Republica, remitan bimestralmente a la Secretaria Administrativa de la
Presidencia, dos ejemplares con un disquete de las resoluciones consentidas y/o ejecutoriadas emitidas por las Salas, a excepcion de las relativas a procesos en reserva;
Que, esta Presidencia considera pertinente, establecer un cronograma de entrega de la documentacion indicada, para el presente año judicial, a efectos de mantener orden y control en su recepcion y dar cumplimiento con lo establecido por el citado organo de gobierno y gestion;
Que, en consecuencia, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3 y 9 del articulo 90º de la Ley
Organica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Articulo Primero.- DISPONER que los Secretarios de las Salas Superiores de esta Corte Superior de
Justicia, remitan bimestralmente, dos ejemplares de las resoluciones indicadas y el respectivo disquete que las contiene, a la Secretaria General de esta Corte Superior, en las fechas que se detallan a continuacion:
Bimestre
Fecha de Entrega
Enero - Febrero del 2006 8 de marzo
Marzo - Abril del 2006 9 de mayo
Mayo - Junio del 2006 10 de julio
Julio - Agosto del 2006 8 de setiembre
Setiembre - Octubre del 2006 9 de noviembre
Noviembre - Diciembre del 2006 10 de enero del 2007
Articulo Segundo.- La entrega de la documentacion, con los folios debidamente enumerados en forma correlativa por cada ejemplar y el disquete, se hara efectiva en la Oficina de Tramite Documentario de la
Corte Superior de Justicia de Lima.
Articulo Tercero.- Los Presidentes de las Salas
Superiores verificaran que se cumpla con las disposiciones señaladas en la presente resolucion, dentro de los plazos establecidos en el presente cronograma.
Articulo Cuarto.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
Director del Centro de Investigaciones Judiciales,
Gerencia General del Poder Judicial, Salas Superiores,
Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Prensa,
Oficina de Protocolo, Biblioteca y Oficina de Tramite
Documentario de esta Corte Superior, respectivamente, para los fines pertinentes.
Registrese, comuniquese, publiquese y archivese.
MARIA ZAVALA VALLADARES
Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima
00613
CONTRALORIA GENERAL
RESOLUCION DE CONTRALORIA
Nº 532-2005-CG
Lima, 13 de diciembre de 2005
VISTO, la Hoja de Recomendacion Nº 069-2005-CG/
EI de la Gerencia de Estudios e Investigaciones de la
Gerencia Central de Desarrollo, mediante la cual se propone la aprobacion del documento denominado Guia de Auditoria de las Adquisiciones y Contrataciones del
Estado; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto en el articulo 82º de la Constitucion Politica, la Contraloria General de la Republica es el ente rector del Sistema Nacional de
Control, que supervisa la legalidad de la ejecucion del
Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda publica y de los actos de las instituciones sujetas a control;
Que, el articulo 14º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria
General de la Republica, establece que el ejercicio del control gubernamental se efectua bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloria General de la
Republica, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos tecnicos correspon- dientes a su proceso;
Que, el articulo 22º literal t) de la citada Ley
Nº 27785, establece que la Contraloria General de la
Republica, ente tecnico rector del Sistema Nacional de Control, tiene como atribucion, entre otros, emitir disposiciones y/o procedimientos para implementar operativamente medidas y acciones contra la corrupcion administrativa, a traves del control gubernamental, promoviendo una cultura de honestidad y probidad en la gestion publica;
Que, el literal c) del articulo 32º de la Ley Nº 27785, establece como facultad del Contralor General de la
Republica, dictar normas y disposiciones especiali- zadas que aseguren el proceso integral de control, en funcion de los principios de especializacion y flexibilidad;
Que, constituyendo las adquisiciones y contrataciones del Estado uno de los rubros de mayor representatividad en la ejecucion del presupuesto de las entidades publicas y en las que se presentan frecuentemente casos de irregularidades, que ocasionan significativas perdidas al erario nacional, corresponde al ente tecnico rector del Sistema Nacional de Control, conforme a sus atribuciones, definir y perfeccionar los mecanismos de control que coadyuven a cautelar el patrimonio del Estado; para obtener resultados de acuerdo a los objetivos previstos;
Que, como resultado del estudio efectuado por la
Gerencia Central de Control Sectorial, Gerencia
Central de Desarrollo, Gerencia de Estudios e
Investigaciones y la Gerencia de Contrataciones y
Adquisiciones, se ha elaborado el proyecto de Guia de Auditoria de las Adquisiciones y Contrataciones del Estado, que incorpora los aportes de las unidades organicas especializadas;
Que, en consecuencia, resulta necesario contar con el indicado instrumento de control que contiene procedimientos orientados a estandarizar los procedimientos de auditoria en la ejecucion de las acciones de control a las adquisiciones y contrataciones del Estado;
En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema
Nacional de Control y de la Contraloria General de la
Republica;
SE RESUELVE:
Articulo Primero.- Aprobar la Guia de Auditoria de las Adquisiciones y Contrataciones del Estado, como documento orientador del Sistema Nacional de
Control para la ejecucion de las acciones de control, que forma parte integrante de la presente
Resolucion.
Articulo Segundo.- La Guia de Auditoria referida en el articulo precedente, entrara en vigencia a partir de las auditorias programadas en el Plan Anual de Control 2006.
Articulo Tercero.- Encargar a la Escuela Nacional de Control, la difusion de la citada Guia de Auditoria, a fin "
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