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El Peruano - Edición del 12/01/2006 - Pagina 54


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Lima, jueves 12 de enero de 2006 *        -   

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA

RESOLUCION RECTORAL Nº 035

Lima, 11 de enero de 2006

Visto el informe del señor Rector en relacion a la invitacion formulada por Facultad de Ingenieria y la

Escuela de Graduados de Ciencia y Tecnologia de la

Universidad de Chiba - Japon, para la firma de un

Convenio de Cooperacion e Intercambio Academico;

CONSIDERANDO:

Que se ha formulado invitacion al señor Rector y a una Comision Oficial de la Universidad Nacional de

Ingenieria integrada por el Primer Vicerrector, el Decano de la Facultad de Ingenieria de Petroleo y el Decano de la

Facultad de Ingenieria Civil, para participar en la firma de un Convenio de Cooperacion e Intercambio Academico con la Facultad de Ingenieria y la Escuela de Graduados de Ciencia y Tecnologia de la Universidad de Chiba -

Japon, visitas tecnicas a diferentes instituciones y organizaciones vinculadas con la investigacion y el desarrollo de nuevas tecnologias en el campo de la ingenieria, y realizar contactos necesarios para futuras investigaciones y/o trabajos en conjunto;

Que la firma del convenio para intercambio y cooperacion academica tiene por finalidad afianzar los lazos de amistad y sobretodo los de cooperacion para la realizacion de investigaciones conjuntas entre las dos universidades, llevandose a cabo a traves de proyectos de investigacion, donde miembros de las dos instituciones colaboraran conjuntamente en el desarrollo de los mismos, asimismo mediante el intercambio de investigadores y alumnos para el mejor progreso de las actividades;

Que la Ley Nº 27619 regula la autorizacion de viajes al exterior de los funcionarios y servidores publicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro

Publico y que se encuentren comprendidos en las entidades publicas sujetas al ambito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, dispositivo legal que se encuentra regulado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM del 5 de junio del 2002;

Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesion extraordinaria Nº 01 del 11 de enero del 2006;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Autorizar el viaje en Mision Oficial a

Japon, desde el jueves 12 de enero al jueves 26 de enero del 2006, en representacion de la Universidad

Nacional de Ingenieria, al señor Rector Ing. Roberto

Morales Morales, al Primer Vicerrector Mag. Ing. Aurelio

Padilla Rios, al Decano de la Facultad de Ingenieria de

Petroleo Ing. Luis del Castillo Rodriguez y al Decano de la Facultad de Ingenieria Civil MsC. Ing. Francisco

Coronado del Aguila, para que participen en la ceremonia de suscripcion del Convenio de Cooperacion e

Intercambio Academico entre la Universidad Nacional de Ingenieria y la Universidad de Chiba - Japon, visitas tecnicas a diferentes instituciones y organizaciones vinculadas con la investigacion y el desarrollo de nuevas tecnologias en el campo de la ingenieria, y realizar contactos necesarios para futuras investigaciones y/o trabajos en conjunto.

Articulo 2º.- Otorgar a cada uno de los funcionarios antes indicados, el equivalente en nuevos soles de los montos que se indican a continuacion, para sufragar los gastos que por dichos conceptos irroguen su participacion en la Mision

Oficial, explicitada en los considerandos de la presente resolucion, debiendo rendir cuenta documentada de lo gastado en un plazo no mayor de quince (15) dias, al termino de la referida mision.

Pasajes aereo y terrestre (Ida y vuelta) hasta el monto de :US$1 769.47

Viaticos hasta el monto de (US$ 260.00 por 11 dias):US$2 860.00

Tarifa Corpac :US$

30.25

Articulo 3º.- Los gastos que se indican en el articulo precedente seran financiados con recursos directamente recaudados por los Organos Desconcentrados dependientes del rectorado, las Facultades, las Oficinas

Centrales y el Centro de Investigaciones Sismicas y

Mitigacion de Desastres de la Universidad.

Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados funcionarios deberan presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje.

Articulo 5º.- Disponer que la Oficina Central de

Logistica publique la presente resolucion en el Diario

Oficial El Peruano de conformidad a lo establecido por el articulo 3º de la Ley Nº 27619.

Registrese, comuniquese y archivese.

ROBERTO MORALES MORALES

Rector

00634

SUNASS (  

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RESOLUCION DE LA GERENCIA

DE REGULACION TARIFARIA

Nº 002-2006-SUNASS-GRT

Lima, 11 de enero de 2006

VISTO:

El Oficio N° 8/2006/CPI-EMS/PROINVERSION de fecha 9 de enero de 2006, mediante el cual

PROINVERSION, remitio a la SUNASS el Plan

Maestro Optimizado para dar inicio al tramite de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para el primer quinquenio de la concesion de los servicios de saneamiento en las provincias de Piura y Paita;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolucion de Consejo Directivo N° 033- 2005-SUNASS-CD, se aprobo la “Directiva sobre el

Procedimiento de Aprobacion de la Formula Tarifaria,

Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion en los Servicios de Saneamiento” y la “Directiva para la Formulacion de los Planes Maestros Optimizados”;

Que, se ha procedido a revisar el Plan Maestro

Optimizado y la documentacion adjunta entregada por

PROINVERSION;

Que, conforme con la “Directiva sobre Procedimiento de Aprobacion de Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion en los Servicios de Saneamiento” corresponde que la Gerencia de Regulacion Tarifaria, una vez recibido el Plan Maestro Optimizado por el "


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