El Peruano - Edición del 12/01/2006 - Pagina 66
"
Lima, jueves 12 de enero de 2006
Prensa escrita S/. 56,155.26 (Cincuenta y seis mil ciento cincuenta y cinco y 26/100 Nuevos Soles) - Empresa Editora El Comercio S.A.
S/.30,507.87 - Empresa Periodistica Nacional S.A.
S/.6,388.80 - Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A.S/.1,237.60 - Grupo La Republica S.A.
S/.3,553.08 - Corporacion Gestion S.A.
S/.1,482.66 - Editora La Nacion INC S.A.
S/.1,100.00 - Sectril S.R.L
S/.750.00 - Montecristo Editores S.A.C.
S/.1,431.70 - Editora Sindesa S.A.
S/.2,107.14 - Millenium Noticias E.I.R.L.
S/.2,721.41 - Commercial and Production S.A.C.
S/.2,975.00 - Empresa Editora del Pais S.A.C.
S/.1,900.00
Articulo Tercero.- El monto que demande la contratacion indicada en el numeral anterior sera afectado con cargo al presupuesto del año fiscal 2006.
Articulo Cuarto.- La contratacion aprobada mediante la presente Resolucion sera financiada con recursos directamente recaudados, encontrandose dicho gasto debidamente presupuestado. Asimismo, el proceso de seleccion referido en el articulo anterior se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones del SAT para el año fiscal 2005.
Articulo Quinto.- Autorizar a la Gerencia de
Administracion proceda a la contratacion indicada mediante acciones inmediatas conforme a lo prescrito por las normas de contrataciones y adquisiciones del
Estado.
Articulo Sexto.- Disponer que la Gerencia de
Administracion efectue la publicacion de la presente
Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision y en el SEACE, y remita una copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes, conforme lo establece el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 147º de su Reglamento.
Registrese, comuniquese y publiquese.
MIGUEL ANGEL MONTERO ONETO
Servicio de Administracion Tributaria
00593
MUNICIPALIDAD DE ATE
RESOLUCION DE SUBGERENCIA
Nº 0110
Ate, 6 de octubre de 2005
LA SUBGERENTE DE PLANIFICACION URBANA
Y CATASTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ATE
VISTO:
El Expediente Nº 26730-04 y acumulados, seguido por don ANTONIO JAVIER LEON SOTO y su esposa doña NELLY MARIA NORIA CAJAS, por el que solicitan la Subdivision de Lote Sin Cambio de Uso y Sin Obras
Complementarias del terreno ubicado en Zona
Residencial de Densidad Media "R- 4", con un area de
392.74 m
2
constituido por el Lote Nº 4 de la manzana "G", ubicado en la calle Los Robles, de la urbanizacion
Ceres; distrito de Ate, provincia y departamento de
Lima.
CONSIDERANDO:
Que, el terreno materia de Subdivision se encuentra ubicado dentro de una zona calificada como Zona
Residencial de Densidad Media "R-4" y Area de
Estructuracion Urbana I, cumpliendo los Sub lotes resultantes con las Normas Reglamentarias;
Que, mediante Oficio Nº 05-2005-SGPUC-GDU/MDA, de fecha 3 de enero del 2005, se notifica a SERPAR que los recurrentes vienen solicitando el tramite de
Subdivision de Lote a esta dependencia, por lo que se cumplio con enviar los Datos Generales y el area para la
Valorizacion, en aplicacion al Articulo Nº 02 del Decreto
Ley Nº 19543 referido a Modificacion a Normas de
SERPAR;
Que, mediante Resolucion de Gerencia General
Nº 173-2005, de fecha 23 de febrero del 2005, emitidos por el Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA, se aprueba la valorizacion del area de 7.85 m
2
, ascendente a la suma de S/. 440.07 (Cuatrocientos Cuarenta y 07/ 100 nuevos soles), por concepto de aporte para Parques
Zonales por el proceso de Subdivision del terreno en cuestion y con el recibo Nº 21-030146, de fecha 14 de marzo del 2005, pagado en la tesoreria de dicha entidad; se acredita la cancelacion del mencionado aporte;
Que, mediante el Informe Nº 293-2005-AHU-SGPUC-
GDU/MDA, de fecha 6 de mayo del 2005, se concluye que el presente tramite es procedente, indicandose asimismo que los recurrentes han cumplido con presentar todos los requisitos estipulados en el Texto
De conformidad al Numeral 2º del Texto Unico de
Procedimientos Administrativos vigente, de la
Municipalidad de Ate, aprobado por Ordenanza Nº 051-
MDA, publicado en el Diaria Oficial El Peruano el 26 de marzo del 2004; asi como de conformidad por lo dispuesto en el Capitulo XIII del Titulo II del Reglamento
Nacional de Construcciones;
Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 20) del Articulo 20º de la Ley Organica de
Municipalidades Nº 27972.
SE RESUELVE:
Articulo Primero.- AUTORIZAR la Subdivision de lote sin cambio de uso y sin obras complementarias del terreno de 392.74 m
2
constituido por el lote Nº 4 de la manzana "G" de la urbanizacion Ceres, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; que figura inscrita en la Ficha Nº 372165 a favor de don
ANTONIO JAVIER LEON SOTO y su esposa doña
NELLY MARIA NORIA CAJAS.
Articulo Segundo.- APROBAR el Plano signado con el Nº 18-05-SGPUC-GDU/MDA y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolucion, con el siguiente cuadro de areas:
2
Por el Frente :Con la calle Los Robles en linea recta con 15.40 ml.
Por el Lado Derecho:Colinda con el lote Nº 5, en linea recta con 24.80 ml.
Por el Lado Izquierdo:Colinda con el lote Nº 3, en linea recta con 25.23 ml
Por el Fondo :Colinda con los lotes Nºs. 14 y 15 en linea recta con
16.00 ml.
SUB DIVIDIDO EN:
SUB LOTE 4 -A
AREA =197.23 m
2
Por el Frente :Con la calle Los Robles en linea recta con 7.70 ml.
Por el Lado Derecho:Colinda con el Sublote Nº 4-B, en linea recta con 25.02 ml.
Por el Lado Izquierdo:Colinda con el lote Nº 3, en linea recta con 25.23 ml
Por el Fondo :Colinda con los lotes Nºs. 14 y 15 en linea recta con
8.00 ml.
SUB LOTE 4 -B
AREA =195.51 m
2
Por el Frente :Con la Calle Los Robles en linea recta con 7.70 ml.
Por el Lado Derecho:Colinda con el lote Nº 5, en linea recta con 24.80 ml.
Por el Lado Izquierdo:Colinda con el Sublote Nº 4-A, en linea recta con 25.02 ml
Por el Fondo :Colinda con los lotes Nºs. 14 y 15 en linea recta con
8.00 ml "
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 |
(*) Aunque se intenta obtener el 100% de lo publicado en el Diario Oficial, no siempre esto es posible, o en todo caso, aparece distorsionado en la pantalla. Hacemos el mejor esfuerzo por lograr que el contenido sea bien digitalizado. Ante cualquier duda, consulte con la fuente oficial.
Algunas tildes han sido omitidas intencionalmente.
Se realiza el máximo esfuerzo por tener esta información actualizada, pero por la naturaleza cambiante de la ley, esto no siempre es posible. La información presentada puede no estar al día.
Toda la información mostrada es únicamente de caracter informativo, tomada de fuentes confiables. Sin embargo, en ningún momento se debe tomar esta información como base para algún tipo de acción legal. Consulte con un especialista.
AbogadoPeru.com no se hace responsable de la manera como el lector utilice la información expuesta, ni del contenido o veracidad de los artículos o leyes publicadas en el portal. Cualquier duda, error o inexactitud depende directamente de la fuente de la misma o de su autor.
