AbogadoPeru.com - El más completo recurso legal online
 
 
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 |

El Peruano - Edición del 12/01/2006 - Pagina 67


"

Articulo Tercero.- AUTORIZAR la inscripcion ante la

Oficina Registral de Lima y Callao de los Sub Lotes 4-A y 4-B, asi como su libre venta, estableciendo que a los referidos Sub Lotes les corresponde el Uso Residencial de Densidad Media "R- 4" y Area de Estructuracion

Urbana I; no convalidandose las construcciones existentes.

Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion en el

Diario Oficial El Peruano de la presente Resolucion que estara a cargo de los interesados, debiendo efectuarla en un plazo no mayor a los 30 dias calendario contados a partir de la notificacion de la misma.

Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente

Resolucion al Registro de Predios de Lima - SUNARP para la inscripcion correspondiente; al Servicio de

Parques de Lima SERPAR LIMA; y a los interesados para su conocimiento y fines.

Registrese, comuniquese y cumplase.

MARIA CONSUELO SIPION ZAPATA

Subgerente de Planificacion Urbana y Catastro

00508

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO

ORDENANZA Nº 246-MDB

Barranco, 28 de noviembre del 2005

EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO

VISTO:

El pedido de la regidora Dias, en la Sesion ordinaria de la fecha;

CONSIDERANDO:

Que, el uso de puertas levadizas en las cocheras de los inmuebles pueden causar accidentes a los transeuntes;

De conformidad a lo dispuesto por el articulo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de

Municipalidades con el voto unanime de sus miembros, ha dado la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1º.- Disponer que todos los propietarios de los inmuebles que cuenten con puertas levadizas en sus estacionamientos vehiculares, instalen un sistema de alarma que prevenga a los transeuntes cuando la puerta operara, a fin de evitar desafortunados accidentes.

Articulo 2º.- Otorgar un plazo de 60 dias a partir de la publicacion de la presente ordenanza para que los propietarios de los inmuebles referidos en el articulo anterior la implementen y le den cumplimiento.

Articulo 3º.- Imponer una multa equivalente al 25% de una UIT a quienes incumplan la disposicion de la presente ordenanza.

POR TANTO:

Registrese, comuniquese y cumplase.

MARTIN DEL POMAR SAETTONE

Alcalde

00519

377>

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 095-2005-CDB

Barranco, 27 de diciembre del 2005

EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO

VISTOS, el proyecto del Presupuesto Institucional de

Apertura y Plan Operativo Institucional 2006, contenido en el Informe Nº 065-OPP-MDB de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en la Sesion Extraordinaria de la fecha;

CONSIDERANDO:

Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado preve que las Municipalidades Distritales son organos de

Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo uno de ellos la aprobacion de su Presupuesto Institucional de Apertura y Plan Operativo Institucional;

Que, la Gerencia Municipal ha expuesto y sustentado detalladamente el proyecto del Presupuesto Institucional de Apertura 2006 y el Plan Operativo Institucional 2005;

Ejerciendo las facultades conferidas en el articulo 9º inciso 16 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley

Nº 27972 y al articulo 41º de la Directiva Nº 013-2005-

EF/76.01 y con 5 votos a favor y dos abstenciones de los regidores Vallejos y Celiz;

ACUERDA:

Articulo Primero.- Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura 2006 de la Municipalidad Distrital de Barranco, ascendente a la suma de S/. 14"491,430 (CATORCE

MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTIUN MIL

CUATROCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) equilibrado en ingresos y gastos, para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2006, cuyo detalle obra en el "anexo A" que forma parte del presente acuerdo.

Articulo Segundo.- Aprobar el Plan Operativo

Institucional 2006, que como "anexo B", forma parte del presente acuerdo.

Articulo Tercero.- Destinar el Fondo de

Compensacion Municipal del año 2006 destine en un 70% para cubrir gastos corrientes y el 30% restante para cubrir gastos de inversion.

Articulo Cuarto.- Precisar que las dietas de los

Regidores del Concejo Distrital de Barranco se mantienen conforme el Acuerdo Nº 001-2005-CDB.

Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la

Gerencia de Administracion Financiera y Tributaria el cumplimiento del presente acuerdo.

POR TANTO:

Registrese, comuniquese y cumplase.

MARTIN DEL POMAR SAETTONE

Alcalde

00518

MUNICIPALIDAD DE

CARABAYLLO

FE DE ERRATAS

ORDENANZA Nº 087-A/MDC

Mediante Oficio Nº 016-2006-SG/MDC, la

Municipalidad Distrital de Carabayllo solicita se "


1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 |

(*) Aunque se intenta obtener el 100% de lo publicado en el Diario Oficial, no siempre esto es posible, o en todo caso, aparece distorsionado en la pantalla. Hacemos el mejor esfuerzo por lograr que el contenido sea bien digitalizado. Ante cualquier duda, consulte con la fuente oficial.


Algunas tildes han sido omitidas intencionalmente.

Se realiza el máximo esfuerzo por tener esta información actualizada, pero por la naturaleza cambiante de la ley, esto no siempre es posible. La información presentada puede no estar al día.

Toda la información mostrada es únicamente de caracter informativo, tomada de fuentes confiables. Sin embargo, en ningún momento se debe tomar esta información como base para algún tipo de acción legal. Consulte con un especialista.

AbogadoPeru.com no se hace responsable de la manera como el lector utilice la información expuesta, ni del contenido o veracidad de los artículos o leyes publicadas en el portal. Cualquier duda, error o inexactitud depende directamente de la fuente de la misma o de su autor.