El Peruano - Edición del 12/01/2006 - Pagina 67
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Articulo Tercero.- AUTORIZAR la inscripcion ante la
Oficina Registral de Lima y Callao de los Sub Lotes 4-A y 4-B, asi como su libre venta, estableciendo que a los referidos Sub Lotes les corresponde el Uso Residencial de Densidad Media "R- 4" y Area de Estructuracion
Urbana I; no convalidandose las construcciones existentes.
Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion en el
Diario Oficial El Peruano de la presente Resolucion que estara a cargo de los interesados, debiendo efectuarla en un plazo no mayor a los 30 dias calendario contados a partir de la notificacion de la misma.
Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente
Resolucion al Registro de Predios de Lima - SUNARP para la inscripcion correspondiente; al Servicio de
Parques de Lima SERPAR LIMA; y a los interesados para su conocimiento y fines.
Registrese, comuniquese y cumplase.
MARIA CONSUELO SIPION ZAPATA
Subgerente de Planificacion Urbana y Catastro
00508
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
ORDENANZA Nº 246-MDB
Barranco, 28 de noviembre del 2005
EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO
VISTO:
El pedido de la regidora Dias, en la Sesion ordinaria de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, el uso de puertas levadizas en las cocheras de los inmuebles pueden causar accidentes a los transeuntes;
De conformidad a lo dispuesto por el articulo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de
Municipalidades con el voto unanime de sus miembros, ha dado la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1º.- Disponer que todos los propietarios de los inmuebles que cuenten con puertas levadizas en sus estacionamientos vehiculares, instalen un sistema de alarma que prevenga a los transeuntes cuando la puerta operara, a fin de evitar desafortunados accidentes.
Articulo 2º.- Otorgar un plazo de 60 dias a partir de la publicacion de la presente ordenanza para que los propietarios de los inmuebles referidos en el articulo anterior la implementen y le den cumplimiento.
Articulo 3º.- Imponer una multa equivalente al 25% de una UIT a quienes incumplan la disposicion de la presente ordenanza.
POR TANTO:
Registrese, comuniquese y cumplase.
MARTIN DEL POMAR SAETTONE
Alcalde
00519
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ACUERDO DE CONCEJO
Nº 095-2005-CDB
Barranco, 27 de diciembre del 2005
EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO
VISTOS, el proyecto del Presupuesto Institucional de
Apertura y Plan Operativo Institucional 2006, contenido en el Informe Nº 065-OPP-MDB de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en la Sesion Extraordinaria de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado preve que las Municipalidades Distritales son organos de
Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo uno de ellos la aprobacion de su Presupuesto Institucional de Apertura y Plan Operativo Institucional;
Que, la Gerencia Municipal ha expuesto y sustentado detalladamente el proyecto del Presupuesto Institucional de Apertura 2006 y el Plan Operativo Institucional 2005;
Ejerciendo las facultades conferidas en el articulo 9º inciso 16 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley
Nº 27972 y al articulo 41º de la Directiva Nº 013-2005-
EF/76.01 y con 5 votos a favor y dos abstenciones de los regidores Vallejos y Celiz;
ACUERDA:
Articulo Primero.- Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura 2006 de la Municipalidad Distrital de Barranco, ascendente a la suma de S/. 14"491,430 (CATORCE
MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTIUN MIL
CUATROCIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) equilibrado en ingresos y gastos, para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2006, cuyo detalle obra en el "anexo A" que forma parte del presente acuerdo.
Articulo Segundo.- Aprobar el Plan Operativo
Institucional 2006, que como "anexo B", forma parte del presente acuerdo.
Articulo Tercero.- Destinar el Fondo de
Compensacion Municipal del año 2006 destine en un 70% para cubrir gastos corrientes y el 30% restante para cubrir gastos de inversion.
Articulo Cuarto.- Precisar que las dietas de los
Regidores del Concejo Distrital de Barranco se mantienen conforme el Acuerdo Nº 001-2005-CDB.
Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la
Gerencia de Administracion Financiera y Tributaria el cumplimiento del presente acuerdo.
POR TANTO:
Registrese, comuniquese y cumplase.
MARTIN DEL POMAR SAETTONE
Alcalde
00518
MUNICIPALIDAD DE
CARABAYLLO
FE DE ERRATAS
ORDENANZA Nº 087-A/MDC
Mediante Oficio Nº 016-2006-SG/MDC, la
Municipalidad Distrital de Carabayllo solicita se "
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