AbogadoPeru.com - El más completo recurso legal online
 
 
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 |

El Peruano - Edición del 13/01/2006 - Pagina 16


"

Pag. 310126

NORMAS LEGALES

Lima, viernes 13 de enero de 2006

Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones

Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes;

Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas;

Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 276-2005-DGE-CEL;

Con la opinion favorable del Director General de

Electricidad y del Viceministro de Energia;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur

S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de Palacios & Pasara Ingenieros S.A.C., para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta de tipo pedestal para Servicio Publico de

Electricidad Nº 5736, ubicada con frente a la calle General

Suarez Nº 1358, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupacion de fecha 4 de mayo de 2005, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

ExpedienteDescripcion de la servidumbre

PropietarioTipo de

Servidumbre terreno 31177605Subestacion de Distribucion

Suelo: 12,77 m²

Palacios &Urbano

Electrica Nº 5736 y sus aires.

Pasara

Ingenieros

Ubicacion: distrito de Miraflores,

S.A.C.

provincia y departamento de Lima

Coordenadas UTM:

VerticeNorte

Este

A 8 661 213,50279 512,46

B 8 661 208,84279 513,28

C 8 661 209,31279 515,94

D 8 661 213,97279 515,11

Articulo 2º.- Son de aplicacion a las servidumbres reconocidas en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones

Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes.

Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion.

Registrese, comuniquese y publiquese.

GLODOMIRO SANCHEZ MEJIA

Ministro de Energia y Minas

00667

INTERIOR

Designan Subprefecto en la provincia de Yauyos, departamento de Lima

RESOLUCION MINISTERIAL

Nº 0024-2005-IN-1501

Lima, 11 de enero de 2006

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante la plaza de Subprefecto en la provincia de Yauyos del departamento de Lima, cargo considerado de confianza.

De conformidad con el articulo 3º, de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el

Nombramiento y designacion de funcionarios publicos, lo dispuesto en el articulo 5º y 24º del Texto Unico

Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del

Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto

Supremo Nº 003-2004-IN y el Reglamento de

Organizacion y Funciones de las Autoridades Politicas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-91-IN; y,

Estando a lo dictaminado por la Oficina General de

Asesoria Juridica del Ministerio del Interior y de conformidad con el Reglamento de Organizacion y

Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004- 2005-IN del 22JUL2005;

SE RESUELVE:

Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha a don

Lucio VILLAFANI ARENAS, como Subprefecto en la provincia de Yauyos en el departamento de Lima, cargo publico considerado de confianza.

Registrese, comuniquese y publiquese.

ROMULO PIZARRO TOMASIO

Ministro del Interior

00705

Aprueban el Plan Anual de

Adquisiciones y Contrataciones del

Ministerio para el Año Fiscal 2006

RESOLUCION MINISTERIAL

Nº 0018-2006-IN-0501

Lima, 9 de enero del 2006

VISTO :

El Oficio Nº 070-2006-IN/0501 de la Oficina General de Administracion, que adjunta el Informe Nº 002-2006-

IN/0506 de la Oficina de Abastecimiento y Servicios

Auxiliares; y,

CONSIDERANDO :

Que, el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la

Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el articulo 25º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que cada Entidad debe aprobar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones dentro de los treinta (30) dias naturales siguientes de aprobado el

Presupuesto Institucional;

Que, el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la

Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que el Plan Anual debe contener como minimo, las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y

Adjudicaciones Directas que se realicen en el Año Fiscal;

Que, mediante el documento del visto, la Oficina de

Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina

General de Administracion propone la aprobacion del

Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del

Ministerio del Interior para el Año Fiscal 2006, en base a las necesidades reales identificadas por los diferentes

Que, el articulo 26º del Reglamento del Texto Unico

Ordenado de la Ley Nº 26850, dispone que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y documento de aprobacion debera publicarse en el SEACE (Sistema

Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del

Estado) previsto en la pagina web del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -

CONSUCODE, en un plazo no mayor a 05 dias habiles de aprobado, a disposicion de PROMPYME e interesados; ademas debera ser expedido a un costo de reproduccion en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad y en la pagina web de esta;

Contando con la visacion de la Oficina General de

Administracion y de la Oficina General de Asesoria

Juridica del Ministerio del Interior y de conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones del

Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto "


1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 |

(*) Aunque se intenta obtener el 100% de lo publicado en el Diario Oficial, no siempre esto es posible, o en todo caso, aparece distorsionado en la pantalla. Hacemos el mejor esfuerzo por lograr que el contenido sea bien digitalizado. Ante cualquier duda, consulte con la fuente oficial.


Algunas tildes han sido omitidas intencionalmente.

Se realiza el máximo esfuerzo por tener esta información actualizada, pero por la naturaleza cambiante de la ley, esto no siempre es posible. La información presentada puede no estar al día.

Toda la información mostrada es únicamente de caracter informativo, tomada de fuentes confiables. Sin embargo, en ningún momento se debe tomar esta información como base para algún tipo de acción legal. Consulte con un especialista.

AbogadoPeru.com no se hace responsable de la manera como el lector utilice la información expuesta, ni del contenido o veracidad de los artículos o leyes publicadas en el portal. Cualquier duda, error o inexactitud depende directamente de la fuente de la misma o de su autor.