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El Peruano - Edición del 13/01/2006 - Pagina 43


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Pag. 310153NORMAS LEGALESLima, viernes 13 de enero de 2006

En la ciudad de Tacna, a los veintisiete dias del mes de diciembre del año dos mil cinco.

JULIO ANTONIO ALVA CENTURION

Presidente del Consejo Regional de Tacna

POR TANTO:

Mando se registre, publique, difunda, cumpla y archive.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, a los veintiocho dias del mes de diciembre del año dos mil cinco.

JULIO ANTONIO ALVA CENTURION

Presidente del Gobierno Regional de Tacna

00663

Aprueban el documento "Lineamientos de Politica Sectorial Regional en

Sectores Economicos, Productivos,

Sociales e Infraestructura"

ORDENANZA REGIONAL

Nº 020-2005-CR/GOB.REG.TACNA

Tacna, 27 de diciembre del 2005

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO

REGIONAL DE TACNA

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintisiete de diciembre del año en curso, en la sesion de continuacion de la Sesion Ordinaria de fecha 20 del presente mes; con el voto favorable y unanime de sus miembros asistentes, aprobo la siguiente Ordenanza

Regional;

CONSIDERANDO:

Que, las Politicas de Gestion Institucional son un conjunto de orientaciones y guia de accion, que la Alta

Direccion emite para regular la actuacion directiva de sus funciones y las actividades de los servidores, en cumplimiento de los fines y objetivos institucionales;

Que, la Gerencia Regional de Planeamiento,

Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, conforme a las atribuciones señaladas en la Ley Nº 27867, Ley

Organica de Gobiernos Regionales, ha cumplido con formular el documento "Lineamientos de Politica Sectorial

Regional en Sectores Economicos, Productivos, Sociales e Infraestructura", teniendo en consideracion el Plan de

Desarrollo Regional Concertado de la Region Tacna 2003-2006, el cual fue aprobado mediante Ordenanza

Regional Nº 021-2004-CR/GOB.REG.TACNA y el aporte de las Direcciones Regionales Sectoriales;

Que, es necesario aprobar el documento: "Lineamientos de Politica Sectorial Regional en Sectores

Economicos, Productivos, Sociales e Infraestructura" que permita orientar la ejecucion de proyectos y actividades para fomentar el desarrollo integral sostenible en la Region Tacna;

Por las consideraciones expuestas, de conformidad con lo establecido en los Arts. 36º, 37º literal a) y 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Pleno del

Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, ha debatido y aprobado por unanimidad, la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL

Articulo 1º.- APROBAR el documento "Lineamientos de Politica Sectorial Regional en Sectores Economicos,

Productivos, Sociales e Infraestructura" que consta de once (11) folios.

Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia Regional de

Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento

Territorial y organos similares en las Direcciones

Regionales Sectoriales la implementacion y evaluacion del documento aprobado.

Articulo 3º.- Publicar y difundir la presente, conforme lo dispone el Art. 42º de la LOGR.

Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion.

Comuniquese al señor Presidente del Gobierno

Regional de Tacna, para su promulgacion.

En la ciudad de Tacna, a los veintisiete dias del mes de diciembre del año dos mil cinco.

JULIO ANTONIO ALVA CENTURION

Presidente del Consejo Regional de Tacna

POR TANTO:

Mando se registre, publique, difunda, cumpla y archive.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, a los veintinueve dias del mes de diciembre del año dos mil cinco.

JULIO ANTONIO ALVA CENTURION

Presidente del Gobierno Regional de Tacna

00666

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD

METROPOLITANA DE LIMA

Ratifican la Ordenanza Nº 162, modificada por Ordenanza Nº 170, que establecen tasa por estacionamiento vehicular en playas del distrito de

Santa Rosa

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 008

Lima, 6 de enero de 2006

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 6 de enero del año en curso el Oficio Nº 179-090-00000032 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria -

SAT, que adjunta el expediente de ratificacion de la

Ordenanza Nº 162, modificada por la Ordenanza Nº 170, que establecen la tasa por el servicio de estacionamiento vehicular temporal en las playas de veraneo del distrito de Santa Rosa, correspondiente a la Temporada de

Verano 2006.

CONSIDERANDO:

Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las

Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el articulo 60º del

Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF.

Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las

Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las

Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las

Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad.

Que, en aplicacion de la normatividad vigente y la

Ordenanza Nº 739 de la Municipalidad Metropolitana de

Lima, publicada el 26-12-04, por la que se aprobo la

Ordenanza Marco de la Tasa de Estacionamiento

Vehicular Temporal en la provincia de Lima, la

Municipalidad Distrital recurrente aprobo las Ordenanzas, objeto de la ratificacion remitiendolas con tal fin a la

Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva, la que tiene caracter de Declaracion Jurada.

Que, de conformidad con las Ordenanzas Nºs. 607 y 739 emitidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima "


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