El Peruano - Edición del 13/01/2006 - Pagina 44
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 13 de enero de 2006 y los articulos 66º y 68º del Texto Unico Ordenado de la
Ley de Tributacion Municipal, aprobado por D.S. Nº 156- 2004-EF, el Servicio de Administracion Tributaria - SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida
Municipalidad Distrital, la misma que tiene caracter de
Declaracion Jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del
Articulo 2º de la Ordenanza Nº 607-MML, publicada el 24-3-04, concluyendo segun Informe Nº 004-082- 000000427, que procede la ratificacion de dichas
Ordenanzas, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto.
De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria - SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos
Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 326- 2005-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal Electronico de la
Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).
ACORDO:
Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 162, modificada por la Ordenanza Nº 170, que establecen la tasa por el servicio de estacionamiento vehicular temporal en las playas de veraneo del distrito de Santa
Rosa, correspondiente a la Temporada de Verano 2006.
Articulo Segundo.- Dejar constancia que el presente
Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion, conjuntamente con el texto integro de las Ordenanzas
Nºs. 162 y 170, y de los anexos que contienen los cuadros de estructuras de costos y estimacion de ingresos, por lo que la aplicacion de las mismas antes de la ratificacion, resulta de responsabilidad de los funcionarios de la referida Municipalidad Distrital.
Articulo Tercero.- Finalmente, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad Distrital, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607-MML.
Registrese, comuniquese y cumplase.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
00635
MUNICIPALIDAD DE
LURIGANCHO-CHOSICA
Rectifican error material incurrido en la Res. Nº 1555/04-MDL
RESOLUCION DE GERENCIA MUNICIPAL
Nº 2104/05-MDL
EXP. REG. Nº 5943-2003 + REF.
CAFAE - EsSalud
Chosica, 5 de diciembre de 2005
Visto la referencia del expediente Nº 5943-03 del
12.07.2005 , organizado por CAFAE - EsSalud, por el que solicita rectificacion de la Resolucion de Gerencia
Municipal Nº 1555/04-MDL, de fecha 03.12.04, que resuelve aprobar el proyecto de Habilitacion Urbana
Ejecutada para uso de Centro de Esparcimiento
Recreacional (Club) en zona de Habilitacion Recreacional
Especial (ZHRe), desarrollado sobre 143,772.00 m² de terreno constituido por la parcela W de reserva del fundo
California, primera seccion, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolucion Nº 1555/04-MDL de fecha
03.12.04 , se resuelve aprobar el proyecto de Habilitacion
Urbana Ejecutada para uso de Centro de Esparcimiento
Recreacional (Club) en zona de Habilitacion Recreacional
Especial (ZHRe), desarrollado sobre 143,772.00 m² de terreno constituido por la parcela W de reserva del fundo
California, primera seccion, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima;
Que, segun se advierte de los instrumentos anexos a la solicitud de la recurrente y del examen de la
Resolucion, existen en ellos imprecisiones materiales involuntarias respecto al procedimiento de habilitacion que se trata y que deben ser aclaradas;
Que, segun lo dispuesto por el articulo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, corresponde a este municipio la competencia para modificar y corregir los errores materiales en que se hubiera incurrido en el acto administrativo;
Estando a lo informado por la Sub Gerencia de
Gestion del Territorio y Transporte mediante Informe
Nº 142-05-SGTT-GODU-MDLCH, y lo recomendado por la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano y de acuerdo con los considerandos que anteceden, contando con la visacion de la Gerencia de Asesoria Juridica; y,
En uso de las atribuciones delegadas mediante R.A.
Nº 1026-03/MDLCH, concordante con el Art. 20º, inciso
20) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;
RESUELVE:
Primero.- Rectificar por error material incurrido, el articulo primero de la Resolucion de Gerencia Municipal
Nº 1555/04-MDL de fecha 03.12.04, de la siguiente forma:
DICE: "Primero.- Aprobar el proyecto de Habilitacion Urbana
Ejecutada de conformidad con...."
DEBE DECIR: "Primero.- Aprobar la Habilitacion Urbana Ejecutada de conformidad con..."
Segundo.- En lo demas ratifiquese dicha Resolucion, siempre que no se oponga a lo resuelto en el articulo primero y de ser asi se dispone igualmente su rectificacion por error material.
Tercero.- Pongase la presente a conocimiento de la
Superintendencia Nacional de los Registros Publicos a efectos de la inscripcion correspondiente a cargo de la interesada.
Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente
Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, a cargo de la interesada.
Quinto.- Encarguese a la Gerencia de Obras y
Desarrollo Urbano velar por el cumplimiento de lo resuelto en la presente.
Registrese, comuniquese y cumplase.
LUIS GUILLERMO GONZALES CHAVEZ
Gerente Municipal
00588
MUNICIPALIDAD DE
MIRAFLORES
Aprueban el Reglamento del Comedor
Municipal de Santa Cruz
DECRETO DE ALCALDIA Nº 01
Miraflores, 6 de enero de 2006
EL ALCALDE DE MIRAFLORES;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 6.2, inciso 6 del Articulo 73º de la Ley
Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades señala, "Las municipalidades, tomando en cuenta su condicion de "
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