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El Peruano - Edición del 13/01/2006 - Pagina 44


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NORMAS LEGALES

Lima, viernes 13 de enero de 2006 y los articulos 66º y 68º del Texto Unico Ordenado de la

Ley de Tributacion Municipal, aprobado por D.S. Nº 156- 2004-EF, el Servicio de Administracion Tributaria - SAT ha realizado el analisis tecnico y legal de la informacion y/o documentacion presentada por la referida

Municipalidad Distrital, la misma que tiene caracter de

Declaracion Jurada, segun lo dispuesto por el Inc. b) del

Articulo 2º de la Ordenanza Nº 607-MML, publicada el 24-3-04, concluyendo segun Informe Nº 004-082- 000000427, que procede la ratificacion de dichas

Ordenanzas, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto.

De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administracion Tributaria - SAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos

Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 326- 2005-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal Electronico de la

Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).

ACORDO:

Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 162, modificada por la Ordenanza Nº 170, que establecen la tasa por el servicio de estacionamiento vehicular temporal en las playas de veraneo del distrito de Santa

Rosa, correspondiente a la Temporada de Verano 2006.

Articulo Segundo.- Dejar constancia que el presente

Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion, conjuntamente con el texto integro de las Ordenanzas

Nºs. 162 y 170, y de los anexos que contienen los cuadros de estructuras de costos y estimacion de ingresos, por lo que la aplicacion de las mismas antes de la ratificacion, resulta de responsabilidad de los funcionarios de la referida Municipalidad Distrital.

Articulo Tercero.- Finalmente, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad Distrital, la cual tiene caracter de Declaracion Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607-MML.

Registrese, comuniquese y cumplase.

LUIS CASTAÑEDA LOSSIO

Alcalde de Lima

00635

MUNICIPALIDAD DE

LURIGANCHO-CHOSICA

Rectifican error material incurrido en la Res. Nº 1555/04-MDL

RESOLUCION DE GERENCIA MUNICIPAL

Nº 2104/05-MDL

EXP. REG. Nº 5943-2003 + REF.

CAFAE - EsSalud

Chosica, 5 de diciembre de 2005

Visto la referencia del expediente Nº 5943-03 del

12.07.2005 , organizado por CAFAE - EsSalud, por el que solicita rectificacion de la Resolucion de Gerencia

Municipal Nº 1555/04-MDL, de fecha 03.12.04, que resuelve aprobar el proyecto de Habilitacion Urbana

Ejecutada para uso de Centro de Esparcimiento

Recreacional (Club) en zona de Habilitacion Recreacional

Especial (ZHRe), desarrollado sobre 143,772.00 m² de terreno constituido por la parcela W de reserva del fundo

California, primera seccion, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolucion Nº 1555/04-MDL de fecha

03.12.04 , se resuelve aprobar el proyecto de Habilitacion

Urbana Ejecutada para uso de Centro de Esparcimiento

Recreacional (Club) en zona de Habilitacion Recreacional

Especial (ZHRe), desarrollado sobre 143,772.00 m² de terreno constituido por la parcela W de reserva del fundo

California, primera seccion, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima;

Que, segun se advierte de los instrumentos anexos a la solicitud de la recurrente y del examen de la

Resolucion, existen en ellos imprecisiones materiales involuntarias respecto al procedimiento de habilitacion que se trata y que deben ser aclaradas;

Que, segun lo dispuesto por el articulo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, corresponde a este municipio la competencia para modificar y corregir los errores materiales en que se hubiera incurrido en el acto administrativo;

Estando a lo informado por la Sub Gerencia de

Gestion del Territorio y Transporte mediante Informe

Nº 142-05-SGTT-GODU-MDLCH, y lo recomendado por la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano y de acuerdo con los considerandos que anteceden, contando con la visacion de la Gerencia de Asesoria Juridica; y,

En uso de las atribuciones delegadas mediante R.A.

Nº 1026-03/MDLCH, concordante con el Art. 20º, inciso

20) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

RESUELVE:

Primero.- Rectificar por error material incurrido, el articulo primero de la Resolucion de Gerencia Municipal

Nº 1555/04-MDL de fecha 03.12.04, de la siguiente forma:

DICE: "Primero.- Aprobar el proyecto de Habilitacion Urbana

Ejecutada de conformidad con...."

DEBE DECIR: "Primero.- Aprobar la Habilitacion Urbana Ejecutada de conformidad con..."

Segundo.- En lo demas ratifiquese dicha Resolucion, siempre que no se oponga a lo resuelto en el articulo primero y de ser asi se dispone igualmente su rectificacion por error material.

Tercero.- Pongase la presente a conocimiento de la

Superintendencia Nacional de los Registros Publicos a efectos de la inscripcion correspondiente a cargo de la interesada.

Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente

Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, a cargo de la interesada.

Quinto.- Encarguese a la Gerencia de Obras y

Desarrollo Urbano velar por el cumplimiento de lo resuelto en la presente.

Registrese, comuniquese y cumplase.

LUIS GUILLERMO GONZALES CHAVEZ

Gerente Municipal

00588

MUNICIPALIDAD DE

MIRAFLORES

Aprueban el Reglamento del Comedor

Municipal de Santa Cruz

DECRETO DE ALCALDIA Nº 01

Miraflores, 6 de enero de 2006

EL ALCALDE DE MIRAFLORES;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 6.2, inciso 6 del Articulo 73º de la Ley

Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades señala, "Las municipalidades, tomando en cuenta su condicion de "


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