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El Peruano - Edición del 14/01/2006 - Pagina 11


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Pag. 310181NORMAS LEGALESLima, sabado 14 de enero de 2006 traves del proceso penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del

Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil;

Que, por lo expuesto, resulta procedente autorizar al

Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos;

De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley

Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y

Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables del Servicio de Administracion

Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por la comision de los delitos contra la Administracion Publica -

Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision,

Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion.

Articulo 2º.- Remitase copia de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes.

Registrese, comuniquese y publiquese.

FERNANDO ZAVALA LOMBARDI

Ministro de Economia y Finanzas

00779

RESOLUCION MINISTERIAL

Nº 690-2005-EF/10

Lima, 30 de diciembre de 2005

Visto el Oficio Nº 1923-2005-PP-EF/16 del Procurador

Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas.

CONSIDERANDO:

Que, la Sociedad Geografica de Lima interpone queja contra el Servicio de Administracion Tributaria (SAT) de la

Municipalidad Metropolitana de Lima, por no elevar el recurso de apelacion contra la resolucion ficta denegatoria de las reclamaciones contra la determinacion del impuesto predial y arbitrios municipales del año 2004;

Que, mediante Proveidos Nºs 00919-1-2004 y 01504- 1-2004 del 16 de junio y 15 de octubre de 2005, respectivamente, se solicito y reitero a la Administracion que informara y enviara la documentacion sustentaria respectiva, indicando los motivos por los cuales no se habian elevado las apelaciones de las resoluciones denegatorias fictas formuladas por la quejosa el 22 de abril de 2004, otorgandosele para tal efecto el plazo de diez y siete dias habiles, respectivamente;

Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 00010- 1-2005 4 de enero de 2005, se requiere a la Administracion

Tributaria que cumpla con remitir la informacion y documentacion solicitada, en el plazo de cinco dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion, bajo apercibimiento de formularse la denuncia penal correspondiente;

Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 02053- 1-2005 del 1 de abril de 2005, luego de vencido el plazo otorgado en la precitada resolucion, se declaro fundada la queja interpuesta, disponiendose que se oficie al

Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, para que proceda al ejercicio de las acciones legales pertinentes, dado el reiterado incumplimiento por parte de la Administracion Tributaria a lo requerido por el Tribunal

Fiscal;

Que, el articulo 156º del Codigo Tributario dispone que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios de la

Administracion;

Que, el incumplimiento por parte del Servicio de

Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima a dar cumplimiento al mandato del Tribunal Fiscal, evidencia la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos contra la Administracion Publica -

Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision,

Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 368º y 377º del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias;

Que, ademas, el Tribunal Fiscal mediante Resolucion

Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar sanciones a los funcionarios de la Administracion Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos incurren en responsabilidad penal, la que debera hacer efectiva el Poder Judicial a traves del proceso penal correspondiente, el que se inicia con la denuncia que interpone el Procurador Publico del

Sector, sin perjuicio de la responsabilidad civil;

Que, por lo expuesto, resulta procedente autorizar al

Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales pertinentes contra quienes resulten responsables de la comision de estos delitos;

De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y por el Decreto Ley

Nº 17537 que regula la representacion y defensa del Estado en juicio y sus normas modificatorias;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y

Finanzas para que, en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los presuntos responsables del Servicio de Administracion

Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por la comision de los delitos contra la Administracion Publica -

Desobediencia y Resistencia a la Autoridad y Omision,

Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion.

Articulo 2º.- Remitase copia de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes.

Registrese, comuniquese y publiquese.

FERNANDO ZAVALA LOMBARDI

Ministro de Economia y Finanzas

00780

Designan representante del Ministro ante la Comision Ejecutiva a que se refiere la Ley Nº 27803

RESOLUCION MINISTERIAL

Nº 004-2006-EF/10

Lima, 12 de enero de 2006

CONSIDERANDO:

Que, por Resolucion Ministerial Nº 322-2002-EF/10 del 19 de agosto de 2002, se designo al doctor Harry Hawkins

Mederos, como representante del Ministro de Economia y

Finanzas ante la Comision Ejecutiva a la que se refiere el articulo 6º de la Ley Nº 27803;

Que, el mencionado representante ha formulado renuncia al cargo que venia desempeñando;

Que, es conveniente aceptar la renuncia formulada por el doctor Harry Hawkins Mederos y designar al nuevo representante del Ministro de Economia y Finanzas ante la mencionada Comision Ejecutiva;

De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el doctor

Harry Hawkins Mederos, como representante del Ministro "


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