El Peruano - Edición del 23/01/2006 - Pagina 10
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Lima, lunes 23 de enero de 2006
CONSIDERANDO:
Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema
Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad particular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta pedestal subterranea para Servicio Publico de Electricidad Nº 5336, ubicada en la avenida Malecon Cisneros Nº 1236-1244, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, segun las coordenadas UTM que figuran en el Expediente;
Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 15,75 metros cuadrados, de propiedad de LIGARSA S.A., para la subestacion de distribucion electrica compacta pedestal subterranea para Servicio Publico de Electricidad
Nº 5336, conforme consta en el Testimonio de la Escritura
Publica de fecha 25 de octubre de 2002, extendida ante el
Notario Publico de Lima, doctor Ricardo Ortiz de Zevallos
Villaran, cuya copia obra en el Expediente;
Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de
Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de
Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones
Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes;
Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas;
Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 292-2005-DGE-CEL;
Con la opinion favorable del Director General de
Electricidad y del Viceministro de Energia;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur
S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de LIGARSA S.A., para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta pedestal subterranea para Servicio Publico de Electricidad
Nº 5336, ubicada en la avenida Malecon Cisneros Nº 1236-1244, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Escritura
Publica de fecha 25 de octubre de 2002, extendida ante el Notario Publico de Lima, doctor Ricardo Ortiz de
Zevallos Villaran, en los terminos y condiciones estipulados en la misma, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente Descripcion de la servidumbreArea de
PropietarioTipo
Servidumbre de terreno 31180405Subestacion de Distribucion
Suelo:
LIGARSA
Urbano
Electrica Nº 5336 15,75 m²
S.A y sus
Ubicacion: distrito de Miraflores, aires provincia y departamento de Lima
Coordenadas UTM:
VerticeNorte
Este
A8 659 643,534277 863,766
B8 659 639,380277 865,496
C8 659 640,725277 868,727
D8 659 644,880277 866,997
Articulo 2º.- Son de aplicacion a las servidumbres reconocidas en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones
Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes.
Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion.
Registrese, comuniquese y publiquese.
GLODOMIRO SANCHEZ MEJIA
Ministro de Energia y Minas
00736
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 028-2006-MEM/DM
Lima, 6 de enero de 2006
VISTO: El Expediente N° 31178505, organizado por
Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento
D 00001 de la Partida N° 11008689 del Registro de
Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima y
Callao, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre de ocupacion de bienes de propiedad particular, para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta del tipo pedestal para Servicio Publico de Electricidad
N° 5506;
CONSIDERANDO:
Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema
N° 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado reconocimiento de servidumbre de ocupacion de bienes particulares para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta del tipo pedestal para Servicio Publico de Electricidad N° 5506, ubicado con frente a la calle Barbara de Braganza, en el predio
Mz O, Lt 4, urbanizacion La Castellana, distrito de
Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente;
Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion de bienes de propiedad particular de Constructora Diez de Mayo S.R.L., sobre un area de 12,74 metros cuadrados para la subestacion de distribucion, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de
Ocupacion de fecha 6 de abril de 2004, cuya copia obra en el Expediente;
Que, el articulo 217° del Reglamento de la Ley de
Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto
Supremo N° 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de
Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecida en la Ley de Concesiones
Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes;
Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas;
Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe N° 301-2005-DGE-CEL;
Con la opinion favorable del Director General de
Electricidad y del Viceministro de Energia;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur
S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre "
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