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El Peruano - Edición del 23/01/2006 - Pagina 12


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Lima, lunes 23 de enero de 2006

RESOLUCION MINISTERIAL

Nº 046-2006-MEM/DM

Lima, 19 de enero de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 527-2005-

MEM/DM del 30 de diciembre de 2005, se aprobo el

Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y

Egresos, asi como la Estructura Funcional Programatica de Apertura proporcionada por la Direccion Nacional de

Presupuesto Publico, correspondiente al Año Fiscal 2006 del Ministerio de Energia y Minas;

Que, con Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, se aprobo el Reglamento de la Ley de Contrataciones y

Adquisiciones del Estado, que regula el procedimiento de elaboracion y el contenido de los Planes Anuales de

Adquisiciones y Contrataciones de las Entidades del

Sector Publico; disponiendo que el Plan Anual de

Adquisiciones y Contrataciones debera ser aprobado dentro de los treinta (30) dias naturales siguientes a la fecha de la aprobacion del presupuesto institucional;

Que, el contenido del Plan Anual de Adquisiciones y

Contrataciones del Estado, considera las necesidades de bienes, servicios en general, de consultoria y ejecucion de obras, de cada una de las direcciones y oficinas usuarias;

Que, el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la

Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que cada entidad debe elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que sera aprobado por el Titular del Pliego o la maxima autoridad administrativa de la Entidad;

Que, la Oficina General de Administracion ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y

Contrataciones de la Unidad Ejecutora Nº 001 MEM

Central del Ministerio de Energia y Minas para el año fiscal 2006, en base al Presupuesto Institucional de

Apertura y a las necesidades de bienes, servicios y obras de las diferentes unidades organicas de la

Institucion;

Que, en consecuencia es necesario aprobar el citado

Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al Ejercicio Fiscal 2006;

De conformidad con lo establecido en el Texto Unico

Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-

PCM; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo

Nº 084-2004-PCM; y, el Reglamento de Organizacion y

Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM y sus modificatorias los Decretos Supremos Nº 034-2003-EM y Nº 066-2005-EM;

SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora Nº 001 MEM

Central del Ministerio de Energia y Minas para el año fiscal 2006, el mismo que en documento adjunto forma parte de la presente Resolucion.

Articulo 2º.- Disponer que la Oficina de

Abastecimiento, publique la presente Resolucion y el Plan

Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad

Ejecutora Nº 001 MEM Central para el año fiscal 2006, en el Sistema Electronico de Adquisiciones y

Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes de su expedicion.

Articulo 3º.- Disponer que la Oficina de Informatica, publique la presente Resolucion y el Plan Anual de

Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora

Nº 001 MEM Central para el año fiscal 2006, en la pagina

WEB del Ministerio de Energia y Minas: www.minem.gob.pe.

Articulo 4º.- Disponer que el Plan Anual a que se refiere el articulo 1º, se ponga a disposicion de los interesados para su revision o adquisicion al precio de costo de reproduccion en la Av. Las Artes Sur Nº 260, San Borja,

Ministerio de Energia y Minas - Oficina de Abastecimientos.

Registrese, comuniquese y publiquese.

GLODOMIRO SANCHEZ MEJIA

Ministro de Energia y Minas

01334

PRODUCE

RESOLUCION MINISTERIAL

Nº 018-2006-PRODUCE

Lima, 19 de enero de 2006

Visto; el Informe Nº 028-2005-PRODUCE/VMI-DNI-

DNTC del 28 de octubre de 2005, emitido por la Direccion de Normas Tecnicas y Control;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a los articulos 12º y 13º de la Ley

Nº 23407, Ley General de Industrias, en el Registro de

Productos Industriales Nacionales se inscriben obligatoriamente todos los productos industriales manufacturados en el pais, de acuerdo con los requisitos e informacion establecidos en el Reglamento;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-82-ITI/IND, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-89-ICTI/IND, se establecieron las normas reglamentarias para la inscripcion en el Registro de Productos Industriales Nacionales;

Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial

Nº 082-2003-PRODUCE aprobo la nueva lista de productos industriales manufacturados en el pais que requieren de

Opinion Previa para su inscripcion en el Registro de

Productos Industriales Nacionales; estableciendose en su articulo 3º, que los productos incluidos en su Anexo 1 obtendran transitoriamente su inscripcion en dicho Registro en forma automatica, en tanto no se aprueben los requisitos o informacion especifica que en cada caso deberan cumplir los usuarios para su inscripcion;

Que, en el Anexo 1 de la indicada Resolucion Ministerial se encuentran incluidos los extintores, productos para los cuales no se establecieron requisitos especificos a cumplir para solicitar su inscripcion en el Registro de Productos

Industriales Nacionales, por lo que es necesario establecerlos;

Estando a lo opinado por la Direccion de Normas

Tecnicas y Control de la Direccion Nacional de Industria en el informe del visto;

De conformidad con la Ley Nº 23407, Ley 27789, Ley 27444, Decreto Supremo Nº 029-82-ITI-IND, modificado por Decreto Supremo Nº 010-89-ICTI-IND y Resolucion

Ministerial Nº 082-2003-PRODUCE.

Con el visado del Viceministro de Industria y la Oficina

General de Asesoria Juridica;

SE RESUELVE:

Articulo Unico.- Para la inscripcion en el Registro de Productos Industriales Nacionales, los fabricantes de los productos denominados extintores, deberan cumplir con acreditar los requisitos y/o informacion establecidos en los Anexos Nº 1 y 2 de la presente

Resolucion Ministerial.

Registrese, comuniquese y publiquese.

DAVID LEMOR BEZDIN

Ministro de la Produccion "


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