AbogadoPeru.com - El más completo recurso legal online
 
 
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 | 77 | 78 | 79 | 80 | 81 | 82 | 83 | 84 |

El Peruano - Edición del 23/01/2006 - Pagina 22


"

Lima, lunes 23 de enero de 2006

Que, en cumplimiento de la Sentencia de Amparo del ocho de noviembre del 2004 de la Sala Civil de la Corte

Superior de Justicia de Ica, Expediente Nº 2003-2160, que ordena una nueva evaluacion a la Universidad

Privada Abraham Valdelomar con arreglo a ley, se debe definir el Proyecto de Desarrollo Institucional para que el proceso de evaluacion se cumpla con transparencia y predictibilidad suficientes que garanticen el proceso de acuerdo a las normas legales vigentes;

Que, por Acuerdo del Pleno Nº 052-2005-CONAFU, se acordo Primero: Comunicar a la Comision de Cierre y

Liquidacion de la Universidad Privada Abraham

Valdelomar que al no haber culminado el proceso de

Cierre y Liquidacion, el acervo documentario y demas bienes deberan ser devueltos a la Universidad; Segundo:

Que, en cumplimiento de la Sentencia de Amparo del ocho de noviembre del 2004 de la Sala Civil de la Corte

Superior de Justicia de Ica, Expediente Nº 2003-2160, que ordena una nueva evaluacion a la Universidad

Privada Abraham Valdelomar con arreglo a ley, se debe definir el Proyecto de Desarrollo Institucional para que el proceso de evaluacion se cumpla con transparencia y predictibilidad suficientes que garanticen el proceso de acuerdo a las normas legales vigentes; Tercero: Citar a la Asociacion Promotora y Comision Organizadora de la

Universidad Abraham Valdelomar para que conjuntamente con el CONAFU establezcan los parametros con los que se elaborara el Proyecto de Desarrollo Institucional

Reformulado y el cronograma de su ejecucion con el que se iniciara el proceso de evaluacion por el tiempo que resulte necesario en funcion de las posibilidades reales que tiene la Universidad para alcanzar los estandares que se programen en su Proyecto de

Desarrollo Institucional;

Que, mediante la Carta s/n de fecha 22 de noviembre del 2005, presentado por el Ing. Hernando Martin

Campos Martinez, Gerente General de la Universidad

Privada Abraham Valdelomar S.A., hace de conocimiento ante el CONAFU que de conformidad al acuerdo de Junta

General de Accionistas se acordo por unanimidad nombrar al Mag. Martin Campos Martinez al cargo de

Gerente General de la Universidad Privada Abraham

Valdelomar S.A.;

Que mediante el Informe Nº 378-2005-CEAA-

CONAFU de fecha 9 de diciembre del 2005, emitido por la Comision de Trabajo de la Consejeria de Evaluacion y

Asuntos Academicos opina que el Mag. Hernando Martin

Campos Martinez reune los requisitos para ocupar el cargo de Gerente General de la Universidad antes mencionada, de acuerdo al articulo 20º del Reglamento aprobado mediante la Resolucion Nº 100-2005-CONAFU;

Que, mediante la Carta s/n de fecha 27 de octubre del 2005, remitida por el Mag. Hernando Martin Campos

Martinez, señala que por Acuerdo de Junta General de

Accionistas los cargos de la Comision Organizadora de la Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A. seran ejercidas por el doctor Nicanor Ninahuaman Mucha (Presidente) y doctora Gloria Isabel Rocha Rivero (Vicepresidente Academico) y Mag. Hernando Martin

Campos Martinez (Gerente General);

Que, mediante el Informe Nº 383-2005-CEAA-

CONAFU de fecha 9 de diciembre del 2005, emitida por la Comision de Trabajo de la Consejeria de Evaluacion y

Asuntos Academicos, opina por que el Pleno debe aprobar la designacion del doctor Nicanor Ninahuaman

Mucha como Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A., por cumplir con lo normado en los articulos 34º, 35º y 36 de la Ley Universitaria Nº 23733; asi como a la doctora

Gloria Isabel Rocha Rivero, propuesta para el cargo de

Vicepresidente Academico y el Mg. Hernando Martin

Campos Martinez, como Gerente General;

Que, por Acuerdo de Pleno Nº 360-2005-CONAFU del 20 de diciembre del 2005, se acordo: RECONOCER la Comision Organizadora de la Universidad Privada

Abraham Valdelomar S.A.: Doctor Nicanor Ninahuaman

Mucha - Presidente; doctora Gloria Isabel Rocha Rivero propuesta -Vicepresidenta; y, Mag. Martin Campos

Martinez - Gerente General; de conformidad al Art. 3º

Inc. f) del Estauto del CONAFU.

Estando a lo expuesto, en concordancia a lo dispuesto en la Ley Nº 26439, la Resolucion Nº 098- 2005-CONAFU del 29 de abril del 2004 - Estatuto del

CONAFU, Que, por Ley Nº 26439, Resolucion Nº 098- 2005-CONAFU del 29 de abril del 2004 - Estatuto del

CONAFU, la Resolucion Nº 222-97-CONAFU de fecha 19 de marzo de 1997, la Resolucion Nº 211-2003-

CONAFU, de fecha 13 de noviembre del 2003, el

Expediente Nº 2003-2160, Acuerdo del Pleno Nº 052- 2005-CONAFU, la Carta s/n de fecha 22 de noviembre del 2005, el Informe Nº 378-2005-CEAA-CONAFU de fecha 9 de diciembre del 2005, la Carta s/n de fecha 27 de octubre del 2005, el Informe Nº 383-2005-CEAA-

CONAFU de fecha 9 de diciembre del 2005, Acuerdo de

Pleno Nº 360-2005-CONAFU del 20 de diciembre del 2005, y en uso de las facultades conferidas por el inciso c), del Art. 20º y 39º Inc. d), del Estatuto - CONAFU y en merito a los considerandos;

SE RESUELVE:

Articulo Primero.- RECONOCER a los nuevos integrantes de la Comision Organizadora de la

Universidad Privada Abraham Valdelomar S.A., con sede en la ciudad de Ica a:

NOMBRE

CARGO

Dr. Nicanor Ninahuaman Mucha

Presidente

Dra. Gloria Isabel Rocha Rivero

Vicepresidenta

Mag. Hernando Martin Campos Martinez

Gerente General

Registrese, publiquese, comuniquese y archivese.

CESAR CRUZ CARBAJAL

Presidente

WUILDER TRUJILLO REYNA

Secretario General

01322

CONTRALORIA GENERAL * 3

A 

RESOLUCION DE CONTRALORIA

Nº 013-2006-CG

Lima, 20 de enero de 2006

Vistos: Los Informes Tecnicos Nºs. 034 y 038-2005-

CG/GG-LO de la Gerencia de Logistica de la Gerencia

General, y la Hoja Informativa Nº 003-2006-CG/ATL de la Gerencia de Asesoria Tecnico Legal;

CONSIDERANDO:

Que, producto de la Licitacion Publica Internacional

Nº 001-2003-CG, la Contraloria General de la Republica suscribio con fecha 6 de junio del 2003 el Contrato

Nº 226-2003-CG con la empresa JCLM S.A.

COMPUTER SUPPORT, para la adquisicion de computadoras portatiles - laptops;

Que, en virtud a la Clausula Decimo Octava del referido contrato, que establece la obligacion de la empresa contratista a otorgar el soporte tecnico necesario para asegurar la plena operatividad de las computadoras adquiridas a la misma, la Contraloria

General de la Republica entrego a la citada empresa ocho computadoras portatiles para efectos de su reparacion;

Que, la empresa contratista fue emplazada por la

Contraloria General mediante Carta Notarial Nº 112- 2005-CG/GG para la devolucion de los equipos entregados para reparacion, lo cual no ha sido cumplido hasta la fecha;

Que, conforme a lo indicado en los documentos de vistos, producto de la inejecucion de las prestaciones "


1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | 29 | 30 | 31 | 32 | 33 | 34 | 35 | 36 | 37 | 38 | 39 | 40 | 41 | 42 | 43 | 44 | 45 | 46 | 47 | 48 | 49 | 50 | 51 | 52 | 53 | 54 | 55 | 56 | 57 | 58 | 59 | 60 | 61 | 62 | 63 | 64 | 65 | 66 | 67 | 68 | 69 | 70 | 71 | 72 | 73 | 74 | 75 | 76 | 77 | 78 | 79 | 80 | 81 | 82 | 83 | 84 |

(*) Aunque se intenta obtener el 100% de lo publicado en el Diario Oficial, no siempre esto es posible, o en todo caso, aparece distorsionado en la pantalla. Hacemos el mejor esfuerzo por lograr que el contenido sea bien digitalizado. Ante cualquier duda, consulte con la fuente oficial.


Algunas tildes han sido omitidas intencionalmente.

Se realiza el máximo esfuerzo por tener esta información actualizada, pero por la naturaleza cambiante de la ley, esto no siempre es posible. La información presentada puede no estar al día.

Toda la información mostrada es únicamente de caracter informativo, tomada de fuentes confiables. Sin embargo, en ningún momento se debe tomar esta información como base para algún tipo de acción legal. Consulte con un especialista.

AbogadoPeru.com no se hace responsable de la manera como el lector utilice la información expuesta, ni del contenido o veracidad de los artículos o leyes publicadas en el portal. Cualquier duda, error o inexactitud depende directamente de la fuente de la misma o de su autor.