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El Peruano - Edición del 23/01/2006 - Pagina 23


" derivadas del Contrato Nº 226-2003-CG, se ha producido un perjuicio economico para la Contraloria General ascendente a la suma de S/. 63 318,06, la misma que debe ser resarcida de conformidad con lo previsto en el articulo 1321º del Codigo Civil;

En uso de las facultades previstas por la Ley

Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y de conformidad con el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Articulo Unico.- Autorizar al señor Procurador

Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria

General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, remitiendosele para tal efecto los antecedentes del caso.

Registrese, comuniquese y publiquese.

GENARO MATUTE MEJIA

Contralor General de la Republica

01364

J N E @         

RESOLUCION Nº 012-2006-JNE

Expediente Nº 019-2006

Lima, 19 de enero de 2006

VISTO, el oficio Nº 026-2006-JEE/LC remitido por el

Presidente del Jurado Electoral Especial de Lima Centro, elevando el expediente que contiene la solicitud de inscripcion de la formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica, presentada por el señor Wilo Rodriguez Gutierrez, personero legal nacional del partido politico “Avanza Pais - Partido de Integracion

Social”;

CONSIDERANDO:

Que el 4 de enero de 2006, el partido politico “Avanza

Pais - Partido de Integracion Social” presento ante el

Jurado Electoral Especial de Lima Centro una solicitud de inscripcion de formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica para su participacion en las Elecciones Generales del año 2006, la que fue admitida a tramite por dicho jurado electoral mediante

Resolucion Nº 004-2006-JEE/LC de fecha 7 de enero de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 10 del mismo mes; y, habiendo transcurrido el plazo legal sin que se hayan interpuesto tachas contra los candidatos que integran la referida formula, el Jurado

Electoral Especial de Lima Centro expidio la Resolucion

Nº 022-2006-JEE/LC de fecha 13 de enero de 2006, declarando consentida la citada Resolucion Nº 004-2006-

JEE/LC;

Que se ha verificado que la solicitud de inscripcion de formula de candidatos presentada por el partido politico con las exigencias señaladas en los articulos 104º, 106º y 109º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, y lo normado en los articulos 3º y 4º del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 393-2005-JNE de fecha 14 de diciembre de 2005; por lo que, resulta arreglado a derecho proceder a su inscripcion definitiva, de conformidad con lo previsto en el articulo 111º de la Ley Nº 26859;

El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

RESUELVE:

Articulo Primero.- Inscribir la formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica, presentada por el partido politico “Avanza Pais - Partido de Integracion Social”, para participar en las Elecciones

Generales del año 2006, cuya conformacion es la siguiente: CARGO AL QUE POSTULA

NOMBRE DEL CANDIDATO

Presidente de la Republica

Ulises Humala Tasso

Primer Vicepresidente de la RepublicaPedro Cenas Casamayor

Segundo Vicepresidente de la Republica

Constante Traverso Flores

Articulo Segundo.- Disponer que las Declaraciones

Juradas de Vida de los candidatos a la Presidencia y

Vicepresidencias de la Republica por el partido politico incorporadas a la pagina Web del Jurado Nacional de

Elecciones, a fin de que sean de conocimiento publico, con arreglo a lo dispuesto en el articulo 23º de la Ley de

Partidos Politicos Nº 28094, modificado por la Ley

Nº 28624.

Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina

Nacional de Procesos Electorales la presente resolucion, para los fines de ley.

Registrese, comuniquese y publiquese.

SS.

MENDOZA RAMIREZ

PEÑARANDA PORTUGAL

SOTO VALLENAS

VELA MARQUILLO

VELARDE URDANIVIA

FALCONI GALVEZ,

Secretario General (e)

01327

RESOLUCION Nº 013-2006-JNE

Expediente Nº 014-2006

Lima, 19 de enero de 2006

VISTO, el oficio Nº 022-2006-JEE/LC remitido por el

Presidente del Jurado Electoral Especial de Lima Centro, elevando el expediente que contiene la solicitud de inscripcion de la formula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la Republica, presentada por el señor Antero Esaud Astor Anaya, personero legal nacional del partido politico “Resurgimiento Peruano”;

CONSIDERANDO:

Que el 30 de diciembre de 2005, el partido politico

Electoral Especial de Lima Centro una solicitud de inscripcion de formula de candidatos a la Presidencia y

Vicepresidencias de la Republica para su participacion en las Elecciones Generales del año 2006, la que fue admitida a tramite por dicho jurado electoral mediante

Resolucion Nº 001-2006-JEE/LC de fecha 3 de enero de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 5 del mismo mes; y, habiendo transcurrido el plazo legal sin que se hayan interpuesto tachas contra los candidatos que integran la referida formula, el Jurado Electoral

Especial de Lima Centro expidio la Resolucion Nº 007- "


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