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El Peruano - Edición del 23/01/2006 - Pagina 68


" Lima, lunes 23 de enero de 2006 Si un usuario cuestion ael costo de cierre a leg ando que e s ten o deb i o realizarse pues pag o la fa c tura ci o n con anterioridad al cierre, E L

T R I B U N A L considera quede be analizar se la fecha y l ahora de pago, inclusive, previa acredita ci o n de su ocurrencia por parte del usuario. De esta forma, basta que el usuario pag ue antes del cierre del servicio para que e s te sea considerado i nv a l ido y por t anton o pueda facturar se su costo Los casos que han sido de conocimiento de E L 2 42 .

Las facturacion es adeudada s no deben ser objeto de reclamo al momento del cierre Si un usuario cuestion ael costo de cierre a leg ando quela deuda pendiente de pagos e encuentra en reclamo, E L T R I B U N A L considera que silo s meses impagos que originar o nel cierre del servicios on materia de un procedimiento de reclamo, la Empresa Prestadora no puede considerar los como sustento para el cierre s ies que el reclamo fue iniciado con anterioridad al cierre del servicio

03. 07. 2005 y el 03. 08. 2005 ), a u n cuando respondan a meses 2 43 .

b) Cuota dec r e dito venc ida El numeral 7. 2. 4 del Reglamento de Presta ci o n de

Ser vicios de SED AP A L es tab lece qu ee s un derecho d el a Empresa Prestadoras us pender los servicios del usuario, sin necesidad de previo avison i inter venc i o n de autoridad alguna, cob rando el costo de sus pen si o n y rep os ici o n, en los casos de incumplimiento en el pag o de u nafa c tura ci o n dec r e dito venc ida, de acuerdo con el contratos u sc rito. La fa c tura ci o n dec r e dito responde aun acuerdo entre la Empresa Prestadora y el usuario mediante el cual la fecha de pago de la deuda por el servicio ha sido poster g ada, de forma talque el plazo par apagar lo venc een

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. cha En posterior este caso, el cierre se produce no por el incumplimiento del a fa c tura original ( que fue materia de acuerdo ), sino por el incumplimiento de la nueva fa c tura, p a ralo cual no se requiere del aa c u m u la ci o n dedo s facturas venc ida s. Las situaciones que se presentan ante E L T R I B U N A L consisten en : (i) convenios que mantienen la facultad de cierre porla falta de pago de u nafa c tura ci o n dec r e dito venc ida y (ii) convenios que limitan la facultad de cierre que posee la Empresa Prestadora, al considerar que el cierre se producir a porla falta de pagos dedo s facturacion es dec r e dito venc ida s.

concep to s a c ob rar, d el os montos qu ec orresponden 23 8 Como ya ase di j o, modificado por el Decreto Supremo Nº 01 6 - 2005- V I V I E N D A, cada uno de ellos, as i como l abas e legal que sus q ut e ene st ta ab l sec ue como derecho de la Empresa Prestadora la sus pen si o n del ser - fa c tura ci o n.

vicio al usuario en casod e incumplimiento en el pag o delatar i fa dedo s meses.

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Ver R eso l u ci o n Nº 50 61 - 2005- S U N A S S / T R A S S de fecha 13. 05. 2005 en los seguido s por Ro do C han g Campos contra S E D A P A L, en laque sede clar o Infundado el reclamo por el cargo de cierre de servicio fa c tura d o, al verificarse que el usuario no hab i a pagado dos facturacion es consecutivas. Asimismo, ver

T R I B U N A L considera quela Empresa Prestadora

R eso l u ci o n Nº 5 42 - 2005- S U N A S S / T R A S S de fecha 13. 01. 2005, en los seguido s debe anexar al expediente el H i st o rico de Pap go o rs Esperanza Elena Ros si Gar ci lazo contra S E D A P A L, en laque sede clar o del suministro y un informe en el cual s ese ñ Fu a n l d ae d noe l reclamo por el cargo de cierre de servicio fa c tura d o, al verificarse las facturacion es adeudada s, afin de deter mi q un ea l ras facturacion es adeudada s no eran consecutivas.

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si las facturacion es se encontraban pen d ie n V teers R eso l u ci o n Nº 8 239 - 2004 - S U N A S S / T R A S S de fecha 1 2. 07. 2004 en los seguido s por Jo s e Bernardo P u ic o n Sarmiento contra E P S E L S. A, en laque se

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de clar o Fundado el reclamo, debido a que nos ec u m p li o con demostrar que a l momento del cierre, el usuario ten i a deudas pendientes, pues no ad jun t o el declarado fundado.

H i st o rico de Pagos del suministro materia de reclamo. 2 41 Ver R eso l u ci o n Nº 9 5 07 - 2004 - S U N A S S / T R A S S de fecha 18. 08. 2004 en los Deo trola d o, resulta cuestionable que seco s ne g su ii d doe sr peor Ro do l fo V a s que z Sotelo yo t roscon tra S E D A P A L, en laque se como mes impago (i) un mes que es cancelado podre c lear l o Fundado el reclamo respecto de los costos por cierre y re apertura del usuario antes de ejecutar s eel cierre del ser vis ceir vo i, cio (, i di eb ) ido u naque la deuda fue a nula d a. 2 42 Ver R eso l u ci o n Nº 52 56 - 2005- S U N A S S / T R A S S de fecha 20. 05. 2005 en los seguido s por Mar i a Paucar Du e ñ as contra S E D A M H U A N C A Y O S. A. C., en la que sede clar o Infundado el reclamo respecto de los costos por cierre y re apertura del servicio, debido a que el cierre fue ejecutado a las 7: 35 a.m. mientras que Las facturacion es adeudada s no deben haber s la i s d f o a ct u raciones que lo originar on fueron can cel adas con posterioridad, el a nula das antes del cierre mismo d i a a las 8 : 30 a.m.

2 43 Ver R eso l u ci o n Nº 11 098 - 2004 - S U N A S S / T R A S S de fecha 27. 09. 2004 en los

E L T R I B U N A L considera quela Empresa seguido s por Vil ma Morales Z e lara ya n contra S E D A P A L, en laque sede clar o Prestadora no debe entender como una Fundado el reclamo, debido a que a l momento del cierre del serviciola s facturacion es cuyo incumplimiento de pago gener o dicho cierre, eran objeto de 2 41 un procedimiento de reclamo.

con anterioridad al cierre del. servicio

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Ver R eso l u ci o n Nº 3 116 - 2005- S U N A S S / T R A S S de fecha 28. 03. 2005 en los seguido s por Ef ra i n Cartagena T ocre contra S E D A P A L, en laque sede clar o Las facturacion es adeudada s deben en contra Ir nsf u en dado el reclamo por el cargo de cierre de servicio fa c tura d o, al verificarse im paga sal momento del cierre quela parte accionante hab i a in cumplido e lpag o de una cuota de convenio.

a) Dos meses impagos Casos especiales relacionados con la falta de pago dedo s meses consecutivos se han presentado ante

E L T R I B U N A L. Laso l u ci o n decada uno de ellos requiere de una def in ici o n previa acerca de los alcances del inciso c) de lar t i culo 56º del Reglamento de L A L E Y

G E N E R A L.

T R I B U N A L, pueden ser clasificados de acuerdo con los siguientes temas : (i) lo quede be entenderse como “ meses consecutivos ” y (ii) la forma de considerar el incumplimiento en el pag o de un mes.

- Debe tratarse dedo s meses de consumo consecutivos 23 8 Los supuestos presentados ante E L T R I B U N A L son: (i) facturacion es con vencimientos consecutivos (por ejemplo, dos facturacion es cuyas fechas de pagos e cumplen el de consumo no consecutivos y (ii) meses de consumo consecutivos (por ejemplo, los consumo s correspondientes a julio y agosto de 2005 ), a u n cuando respondan a facturacion es con vencimientos no consecutivos ( continuando con el ejemplo, las facturacion es de julio y agosto venc ene n agosto y octubre de 2005, respectivamente ).

Si un usuario cuestion ael costo por cierre del servicio, E L T R I B U N A L considera quede be verificarse que se trate dedo s meses de consumo consecutivos que se hayan encontrado impagos y vencidos antes del cierre

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f. ectua do - Los dos meses de consumo deben encontrarse impagos Es posible que (i) fa l tela informa ci o n referida al cierre del servicio, como los conceptos o meses que originar on el cierre, as i como lasfecha s de vencimiento decada uno de los meses, o (ii) la informa ci o n no sea precisa. Al respecto, e lar t i culo 5º de E L R E G L A M E N T O, establece que en la etapa de in ves ti gac i o n sed is pon dr a l aa ct ua ci o n de los medios de prueba, caso contrario, se declarar a fundado el reclamo. Agrega el Anexo de E L

R E G L A M E N T O, que tra t a n do sede conceptos emitidos - como el cierre del servicio -, la Empresa Prestadora debe presentar un informes ob r eel detalle ( mesa mes ) de los Si un usuario cuestion ael costo por cierre del servicio por no existir incumplimiento de pago, E L de pago al momento de la eje c u ci o n del cierre del servicio, caso contrario el reclamos er a mes de consumo que es anulado porla Empresa Prestadora antes del cierre del servicio o (iii) un mes que se encuentra en reclamo.

fa c tura ci o n venc ida aquella que ha sido a nula da "


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