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El Peruano - Edición del 25/01/2006 - Pagina 54


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NORMAS LEGALES

Lima, miercoles 25 de enero de 2006

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolucion de Consejo Directivo

Nº 058-2005-CD/OSIPTEL, publicada el primero de octubre de 2005 en el diario oficial El Peruano, se modifica en parte la Resolucion del Consejo Directivo Nº 060- 2000-CD/OSIPTEL que aprueba el Reglamento General de Tarifas y su Exposicion de Motivos;

Que de conformidad con el articulo cuarto de la

Resolucion de Consejo Directivo Nº 058-2005-CD/

OSIPTEL, esta entrara en vigencia el treinta de enero de dos mil seis;

Que la citada norma establece, entre otras, la obligacion de la empresa operadora de registrar por medios electronicos la informacion de: (i) las tarifas que establezcan para los servicios publicos de telecomunicaciones que prestan y sus respectivas modificaciones, (ii) las tarifas correspondientes a los planes tarifarios, ofertas, descuentos y promociones, y (iii) las tarifas que se deriven de contratos suscritos en el marco de convocatorias o negociaciones de caracter publico o privado;

Que mediante comunicaciones DMR/CE/Nº09/06 y

GGR-107-A-013/OT-06 de fecha seis de enero de dos mil seis, las empresas America Movil Peru S.A.C. y

Telefonica del Peru S.A.A., respectivamente, solicitaron la prorroga de la entrada en vigencia de la norma, con la finalidad de ampliar el periodo de prueba que permita la adecuacion al nuevo sistema;

Que la finalidad de la norma es garantizar la transparencia en la informacion de tarifas que son ofertadas por las diferentes empresas operadoras, asegurando el acceso de los abonados y/o usuarios a la informacion de las tarifas vigentes, a fin que estos puedan contar con informacion clara y oportuna, toda vez que dichas tarifas orientan sus preferencias y decisiones de contratacion y de consumo;

Que de conformidad con el considerando precedente, se requiere capacitar a las empresas operadoras, a fin de garantizar una adecuada implementacion y funcionamiento del sistema;

En aplicacion de las funciones previstas en el inciso

b) del Articulo 25º y en el inciso b) del Articulo 75º del

Reglamento General de OSIPTEL, aprobado mediante

Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion Nº 251;

SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Prorrogar hasta el dia treinta (30) de abril de 2006 la entrada en vigencia de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 058-2005-CD/OSIPTEL que modifica en parte la Resolucion del Consejo Directivo

Nº 060-2000-CD/OSIPTEL que aprueba el Reglamento

General de Tarifas y su Exposicion de Motivos.

Registrese y publiquese.

EDWIN SAN ROMAN ZUBIZARRETA

Presidente del Consejo Directivo

01381

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL

DE CAJAMARCA

Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2006

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

Nº 072-2005-GR.CAJ-CR

Cajamarca, 27 de diciembre de 2005

El Consejo Regional del Gobierno Regional

Cajamarca, en su Sesion Extraordinaria de fecha 27 de diciembre del año dos mil cinco; VISTO y debatido el

Oficio Nº 1845-2005-GRCAJ-GRPPAT/SGP, remitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y

Acondicionamiento Territorial, sobre la aprobacion del

Presupuesto Institucional de Apertura del año 2006 del

Gobierno Regional de Cajamarca; con el voto mayoritario del Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente; y,

CONSIDERANDO:

Que, estando a lo expuesto por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento

Territorial del Gobierno Regional de Cajamarca.

Que, en aplicacion de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Directiva

Nº 011-2005-EF/76.01 - para la Programacion y

Formulacion de los Presupuestos Institucionales del

Sector Publico para el año Fiscal 2006, la Directiva de

Formulacion de los Planes Estrategicos Institucionales para el periodo 2004-2006 y a la Ley Nº 28652 - Ley del

Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2006, que Norma la Aprobacion de los Presupuestos

Institucionales referentes a los Gobiernos Regionales.

Que, de acuerdo al Articulo 15º literal a) de la Ley

Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, es atribucion del Consejo Regional: Aprobar, Modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias e competencia y funciones de los

Gobiernos Regionales.

Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de

Reforma Constitucional Nº 27680, Ley de Bases de

Descentralizacion Nº 27783, Ley Organica de los

Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley

Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo Regional del

Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante

Ordenanza Nº 001-2003-CR/RC;

ACORDO:

Articulo Unico: APROBAR el Presupuesto

Institucional de Apertura del Año Fiscal 2006, correspondiente al Pliego 445 - Gobierno Regional de

Cajamarca, el mismo que en ochenta (80) folios se adjuntan y que forman parte integrante del presente

Acuerdo.

Por Tanto:

Mando se registre, publique y cumpla.

ALEJANDRO REBAZA MARTELL

Presidente (e)

01424

Aprueban Politicas Regionales de la

Direccion Regional de Transportes y

Comunicaciones del Gobierno Regional

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL

Nº 073-2005-GR.CAJ-CR

Cajamarca, 27 de diciembre de 2005

El Consejo Regional del Gobierno Regional

Cajamarca, en su Sesion Extraordinaria de fecha 27 de diciembre del año dos mil cinco; VISTO el Dictamen

Nº 009-2005-RECAJ-CR/CI, evacuado por la Comision

Ordinaria de Infraestructura, referente a la Aprobacion de la Direccion Regional de Transportes y Comunicacion; con el voto unanime del Pleno y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de

Descentralizacion, indica las competencias a transferirse por el Gobierno Central y ha recepcionarse por los

Gobiernos Regionales, en relaciones a las Funciones de Transporte y Comunicaciones.

Que, la Ley del Sistema Nacional de Acreditacion, establece como requisito general que el Gobierno

Regional de Cajamarca cuente con las Politicas

Regionales en cada uno de sus Sectores.

Que, dentro del Plan Anual de Transferencias de

Funciones y Competencias para el año 2005, se "


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