El Peruano - Edición del 25/01/2006 - Pagina 64
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NORMAS LEGALES
Lima, miercoles 25 de enero de 2006 articulo 39º numeral 39.2) y articulo 40º de la Directiva
Nº 013-2005/EF/76.01;
Con el voto UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades
Nº 27972 le confiere y con la dispensa del tramite de aprobacion de actas;
ACUERDA:
Primero.- Aprobar el Presupuesto Institucional de
Apertura (PIA) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla para el Año Fiscal 2006 ascendente a S/. 33’607,467.00 (Treinta y tres millones seiscientos siete mil cuatrocientos sesenta y siete con 00/100 nuevos soles) segun la siguiente distribucion: Cadena de Ingreso y Cadena de
Gastos.
CADENA DE INGRESO
PIA AÑO 2006
FUENTES DE FINANCIAMIENTO 01 Canon, Sobrecanon y Regalias 418,611 03 Participacion en Rentas de Aduanas 17,901,867 07 Fondos de Compensacion Municipal 8,479,946 08 Otros Impuestos Municipales 2,200,207 09 Recursos Directamente Recaudados 2,600,007
TOTAL 31,600,638
CADENA DEL GASTO
PIA AÑO 2006 5 Gastos Corrientes 21,535,259 6 Gastos de Capital 11,833,925 7 Servicio de la Deuda 238,283
TOTAL 33,607,467
Segundo.- La Gerencia de Administracion y
Finanzas y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, asumiran las responsabilidades que les competen para la Estructuracion Programatica para el Año 2006 a nivel de actividades y proyectos conforme lo establece las normas de la materia; asimismo, adecuaran progresivamente los lineamientos vertidos en las normas indicadas y se encargara de remitir el proyecto aprobado a los organismos rectores conforme a Ley.
Registrese, publiquese y cumplase.
JUAN JOSE LOPEZ ALAVA
Alcalde
01401
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a fin de investigar tramitacion de documento falsificado
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 001 -2006/MDV-CDV Ventanilla, 11 de enero del 2006
EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE
VENTANILLA
VISTO:
En Sesion Ordinaria de Concejo celebrada el 11 de enero del 2006, el Informe No. 008-2005/MDV-OAJ,
Informe Nº 0375-2005/MDV-GR, Exp. Nº 21464-2005,
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el
Articulo 194º Ley Nº 27680 - Ley de Reforma
Constitucional del Capitulo XVI del Titulo IV sobre
Descentralizacion de la Constitucion Politica del Estado concordado con el Articulo II del Titulo Preliminar de la
Ley Nº 27972 “Organica de Municipalidades”;
Que, asimismo, el Articulo 51º. De la Constitucion
Politica del Estado establece el “Principio de supremacia juridica y valorativa de la Constitucion” sobre cualquier norma, debiendo las Autoridades de la Administracion actuar conforme a los principios y valores que la
Constitucion consagra e impone,
Que mediante Informe Nº 008-2006/MDV-OAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica opina que de acuerdo al Informe Nº 0375-2005/MDV-GR de la
Gerencia de Rentas hace de conocimiento, que con fecha 15 de noviembre del presente año la señora
Tania Maribel Licla Cordova mediante Exp. Nº 20209 solicita se le otorgue Licencia de Funcionamiento
Definitiva para su establecimiento ubicado en la Mz.
G, Lt.16 del Asentamiento Humano Los Olivos de la
Paz adjuntando la supuesta Licencia de
Funcionamiento Provisional Nº 000945 la cual es falsificada ya que las firmas y los sellos no corresponde a la de los funcionarios encargados de hacerlo y el carton mismo de la licencia no es la misma que emite el Municipio. Ante esta situacion se requirio a esta señora mediante Oficio Nº 064-2005/MDV-GR para que explique como obtuvo esta licencia falsa, requerimiento ante el cual el esposo de la referida señora, señor
Lider Villanueva Solorzano ha respondido mediante
Exp. Nº 21464-2005 que el tambien ha sido estafado ya que dicha licencia le fue entregada por un señor que responde al nombre de Miguel Rodriguez, el mismo que se dedica a instalar telefonos publicos en diferentes establecimientos del Distrito por encargo de la Empresa Telefonica del Peru a traves de la
Empresa A & R Telecom S.A. Manifiesta tambien que dio como verdadera esta licencia ya que cuando la
Policia Municipal visito su establecimiento el les enseño dicha licencia y los policias municipales la dieron como valida añadiendo tambien que el señor Miguel
Rodriguez ha tramitado licencias a varias bodegas de la zona donde vive. El referido señor señala que a su señora se le otorgo la licencia de funcionamiento provisional Nº 000459 y el Certificado de Zonificacion y Compatibilidad de Uso Nº 002528 (documentos validamente otorgados) con lo que demuestra su voluntad de trabajar cumpliendo las disposiciones del
Municipio y que el mismo hecho de presentar la
Licencia de Funcionamiento Provisional Nº 000945 para tramitar la Licencia de Funcionamiento Definitiva creyendo que era verdadera demuestra que actuaba de buena fe.
El Pleno del Concejo de Ventanilla en uso de sus facultades contempladas en los Articulos 47º. y 194º.
De la Constitucion Politica del Estado en concordancia con el Articulo 9º. Numeral 23) de la Ley Organica de
Municipalidades Nº 27972 y demas normas correspondientes, en el voto UNANIME de sus integrantes y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta:
ACUERDA:
Articulo Primero.- Autorizar al PROCURADOR
PUBLICO MUNICIPAL a cargo de los asuntos judiciales de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, para que en representacion y defensa de los intereses de esta
Comuna, inicie las acciones legales correspondientes, a fin de que se investigue a los autores y complices en la tramitacion del documento falsificado ( Licencia de
Funcionamiento Provisional Nº 000945 ). Y del
Certificado Nº 428- de fecha 28 de marzo del 2005,
Giro: Venta de Comida Provisional a nombre de doña
Delia Huertas Pineda sito en Mz. 05 Lote 19 AA.HH.
Los Licenciados .
Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria
General del Concejo, remitir copia del presente Acuerdo de Concejo, asi como los antecedentes al Señor
Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, para los fines pertinentes, disponiendo su publicacion a traves de la
Gerencia de Administracion y Finanzas, bajo responsabilidad.
Registrese, comuniquese y cumplase.
JUAN JOSE LOPEZ ALAVA
Alcalde
01402
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