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El Peruano - Edición del 25/01/2006 - Pagina 68


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NORMAS LEGALES

Lima, miercoles 25 de enero de 2006

En virtud de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de

Municipalidades, D.S. Nº 083-2004-PCM y D.S. Nº 084- 2004-PCM;

SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Declarar en Situacion de

Desabastecimiento Inminente el Programa del Vaso de

Leche, correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo del 2006 .

Articulo Segundo.- De conformidad con el Plan

Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la

Municipalidad Distrital de Cura Mori, asignase la correspondiente partida a los meses de enero, febrero y marzo, a efectos de que se puedan adquirir los productos lacteos correspondientes a dichos meses, encargandose el Jefe de Abastecimientos de la adquisicion de los insumos lacteos .

Articulo Tercero.- Publiquese el presente Acuerdo

Municipal en el Boletin de Normas Legales del Diario

Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de emitido.

Registrese, publiquese y comuniquese.

CARLOS E. APAESTEGUI GOMEZ

Alcalde

01427

Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad para el Ejercicio Fiscal 2006

RESOLUCION DE ALCALDIA

Nº 001-2006-MDCM-A

Cura Mori, 3 de enero del 2006

VISTO:

El Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año 2006 aprobado mediante

Resolucion de Alcaldia Nº 122-2005-MDCM-A del 29 de diciembre del 2005 de la Municipalidad Distrital de CURA

MORI:

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 083- 2004-PCM establece que cada Entidad elaborara un Plan

Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en el que debe de prever el tipo de bienes y servicios y obras que requeriran durante el año fiscal 2006, el mismo que sera aprobado por el Titular del Pliego o la maxima autoridad administrativa, que para el caso de los Gobiernos Locales es el Alcalde y lo realiza mediante Resolucion de Alcaldia;

Que, de conformidad con los articulos 22º y 23º del

D.S.Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de

Contrataciones y Adquisiciones del Estado se ha elaborado el Plan Anual de Adquisiciones y

Contrataciones, en mismo que contiene toda la informacion de los procesos de Seleccion a realizar por la Municipalidad Distrital de CURA MORI durante el año 2006;

En el uso de las facultades conferidas por el Art. 20º

Inc. 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de

Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad

Distrital de CURA MORI, para el Ejercicio Fiscal 2006, el mismo que forma parte integrante de la presente

Resolucion.

Articulo Segundo.- Dispongase la publicacion en el

Diario Oficial El Peruano y remitase copia al Consejo

Superior de Adquisiciones y Contrataciones del Estado -

CONSUCODE y la Comision de la Promocion de la

Pequeña y Microempresa- PROMPYME, dentro de los plazos establecidos..

Articulo Tercero.- Disponer a la Unidad de

Abastecimiento ponga a disposicion de los interesados el Plan Anual probado para su adquisicion al precio costo de su reproduccion.

Registrese, comuniquese y cumplase.

CARLOS E. APAESTEGUI GOMEZ

Alcalde

01426

CONVENIOS INTERNACIONALES

Entrada en vigencia de la "Convencion

Interamericana sobre Obligaciones

Alimentarias"

De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley

Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante

Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/20, comunica que la "Convencion Interamericana sobre Obligaciones

Alimentarias", adoptada en la ciudad de Montevideo,

Republica Oriental de Uruguay, el 15 de julio de 1989, aprobada por el Congreso de la Republica mediante

Resolucion Legislativa Nº 28279, de 16 de julio de 2004, publicada el 19 de julio de 2004 y ratificada mediante

Decreto Supremo Nº 059-2004-RE, de 9 de setiembre de 2004, publicado el 10 de setiembre de 2004. Entrara en vigencia el 20 de enero de 2006.

01380

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMON BOLIVAR

RE

PUBLICADELPERU

REQUISITO PARA PUBLICACION DE

NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS

Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y

Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe "


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