El Peruano - Edición del 25/01/2006 - Pagina 9
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Pag. 310967NORMAS LEGALESLima, miercoles 25 de enero de 2006
Que, el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la
Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-
PCM, concordante con el articulo 25º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen que cada Entidad elaborara un Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones, en el cual se debe prever los bienes, servicios y obras que se requieran durante el ejercicio presupuestal 2006, asi como el monto presupuestal requerido;
Que, el articulo 23º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones debera contener, por lo menos, el objeto y el valor estimado de la contratacion o adquisicion, la descripcion de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar, el tipo de proceso, la fuente de financiamiento, el tipo de moneda a emplearse, los niveles de centralizacion o desconcentracion de la facultad de adquirir o contratar y, la fecha probable de convocatoria;
Que, de conformidad con el articulo 22º del referido
Reglamento, la Oficina General de Administracion ha formulado el correspondiente Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de la
Produccion correspondiente al Año Fiscal 2006, en base al cuadro de necesidades de bienes, servicios y obras de cada uno de los organos de linea y que estan comprendidos en el Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente resolucion;
Que, mediante Informe Nº 015-2006/OGDPE-Op de fecha 18 de enero de 2006, la Oficina de Desarrollo y
Planeamiento Estrategico emite informe de disponibilidad presupuestal, señalando que los bienes, servicios y obra a contratarse o adquirirse, cuentan con marco presupuestal;
Estando a lo informado por la Oficina de Logistica y con el visado de las Oficinas Generales de
Administracion, Desarrollo y Planeamiento Estrategico y, de Asesoria Juridica;
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 7º del
Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por
Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, los articulos 22º, 23º, 24º, 25º y 26º del Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y, el inciso i) del articulo 11º del Reglamento de
Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-
PRODUCE;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de la Produccion - Unidad
Ejecutora Nº 001 del Pliego 038, correspondiente al
Ejercicio Fiscal 2006, el mismo que en Anexo Nº 1, forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial.
Articulo 2º.- La Oficina General de Administracion queda encargada de la publicacion de la presente Resolucion y del
Anexo Nº 1 en la pagina web del Ministerio de la Produccion y en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, de conformidad con el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado.
Registrese, comuniquese y publiquese.
DAVID LEMOR BEZDIN
Ministro de la Produccion
01463
Declaran nulidad de oficio de proceso de licitacion publica convocado para la adquisicion de utiles de escritorio y material de procesamiento de datos
PAD en diversos items
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 022-2006-PRODUCE
Lima, 20 de enero del 2006
VISTO: El Informe Tecnico Nº 001-2006-PRODUCE-
OGA-LOG del Director de la Oficina de Logistica de la
Oficina General de Administracion, referido a la declaracion de nulidad de oficio;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 133-2005-
PRODUCE, la misma que sobre la base a las facultades delegadas fuera modificada por Resolucion Secretarial
Nº 005-2005-PRODUCE/SG, se designo al Comite
Especial encargado de conducir el proceso de
Licitacion Publica Nº 0001-2005-PRODUCE: "Utiles de escritorio y material de procesamiento de datos
PAD";
Que, mediante el documento del visto, el Director de la Oficina de Logistica comunico a la Oficina General de Administracion, que de la revision del expediente del referido proceso de Licitacion Publica, se desprende que el Comite Especial designado, al evaluar las seis mil ciento sesenta propuestas (6160) consideradas validas y otorgar la Buena Pro, incurrio en error en la calificacion de diez (10) propuestas economicas;
Que, estando a lo informado, se advierte que los errores detectados tienen como resultado que se haya otorgado la Buena Pro a propuestas que debieron ser descalificadas o que esta, se adjudico prescindiendo de la prorrata o sorteo al haber existido empate, afectando el derecho de quienes ofertaron el monto permitido mas bajo entre los postores del item o que tambien habian alcanzado el puntaje mas alto en el
Que, siendo asi, el otorgamiento de la buena pro para los items 21, 67, 69, 95, 101, 106, 114 y 127 no se ajusta a las Bases integradas, situacion que transgrede el Texto
Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo
Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, razon por la cual corresponde declarar la nulidad de oficio del referido proceso, al haberse prescindido de las normas esenciales del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el articulo 57º del referido Texto Unico
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;
Que, como consecuencia de la declaracion de nulidad, el referido proceso debera retrotraerse a la etapa de evaluacion economica, a fin de que el Comite Especial otorgue la Buena Pro de acuerdo con lo señalado en las normas que rigen las contrataciones y adquisiciones del
Estado;
En uso de las facultades previstas en el literal i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto
Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y de conformidad con las disposiciones contenidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM;
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Declarar la nulidad de oficio del proceso de Licitacion Publica Nº 001-2005-PRODUCE, "Utiles de escritorio y material de procesamiento de datos PAD"; en los items 21, 67, 69, 95, 101, 106, 114 y 127, retrotrayendo el proceso hasta la etapa de evaluacion economica para que el Comite Especial otorgue la buena pro, en atencion a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion.
Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco dias siguientes a su expedicion, bajo responsabilidad.
Registrese, comuniquese y publiquese.
DAVID LEMOR BEZDIN
Ministro de la Produccion
01464
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