El Peruano - Edición del 02/02/2006 - Pagina 29
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Lima, jueves 2 de febrero de 2006 NORMAS LEGALES
Pag. 311783
SE RESUEL VE:
Articulo Unico.- Autorizar a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos J udiciales del P oder J Registrese, comuniquese y publiquese. udicial a efectos que inicie las acciones judiciales que correspondan contr a doña Elizabeth J ulia Odar ANT Vigo ONIO P , y contra quienes resulten responsables, por el Delito Contra la F e Pub lica en la modalidad de F alsificacion de
Documentos en ag r a vio del P oder J udicial.
Registrese, comuniquese y publiquese.
ANT ONIO P A J ARES P AREDES
Presidente (e)
01995
RESOLUCION ADMINISTRA TIV A DE LA
PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL
Nº 038-2006-P-PJ
Lima, 25 de enero de 2006
VISTOS:
El Memorandum Nº 1478-2005-OAL-GG/PJ suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia
Gener al P oder J udicial, el documento del 14 de octubre del 2005 emitido por el Dr . Honor ato W . Campos
Iturrizaga, Notario de Lima, y los demas documentos que se acompañan; y ,
CONSIDERANDO:
Que, es deber de las entidades publicas velar por el debido proceso y tramitacion de los pedidos que le soliciten, encontrandose dentro de sus facultades la de constatar la veracidad de los documentos que le presentan;
Que, doña Indira Maricela Holguin Arrivasplata de
Morales pretendio valerse del documento denominado presentado ante el Registro Nacional de Condenas, con la finalidad de tramitar y obtener el Certificado de
Antecedentes P enales de don F abio Benito Mor GSJR-GG/PJ el Dr ales
Martinez;
Que, mediante documento del 14 de octubre del 2005 el Dr . Honotaro W . Ampos Iturr izaga, Notar io de Lima, manifiesta que la “Car ta P oder” presentada por doña
Indira Maricela Holguin Arrivasplata de Morales ha sido falsificada, tanto en las firmas como en los sellos notariales;
Que, mediante Memorandum Nº 393-2005-RNC-
GSJR-GG/PJ el Dr . Edwin Riquero Diaz, Jef e del Registro
Nacional de Condenas, es de la opinion que se autorice a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos
J udiciales del P oder J udicial a fin que se inter la Constitucion P pongan las acciones judiciales pertinentes contra doña Indira
Maricela Holguin Arrivasplata de Morales;
Que, el Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de
F alsificacion de Documento queda configur ado cuando el sujeto activo hace uso, ante las autoridades y/o particulares, de un documento falso o falsificado, como si fuese legitimo; y ,
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion P olitica del Estado; el T Pub e xto Unico
Ordenado de la Le y Organica del P oder J udicial - D Judicial a efectos que inicie las acciones judiciales . S .
Nº 017-93-JUS y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado modificado por Decreto Ley Nº 17667;
SE RESUEL VE:
Articulo Unico.- Autorizar a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos J udiciales del P oder J udicial a efectos que inicie las acciones judiciales que correspondan contra doña Indira Maricela Holguin
Arrivasplata de Morales, y contra quienes resulten responsables, por el Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de F alsificacion de Documentos en ag r a vio del P oder J udicial.
A J ARES P AREDES
Presidente (e)
01996
RESOLUCION ADMINISTRA TIV A DE LA
PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL
Nº 040-2006-P-PJ
Lima, 25 de enero de 2006
VISTOS:
El Memorandum Nº 1477-2005-OAL-GG/PJ suscrito por el Jefe de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia
Gener al P oder J udicial, el documento del 13 de octubre del 2005 emitido por la Dra. Silvia Samaniego de
Mestanza, Notaria de Lima, y los demas documentos que se acompañan; y ,
CONSIDERANDO:
Que, es deber de las entidades publicas velar por el debido proceso y tramitacion de los pedidos que le soliciten, encontrandose dentro de sus facultades la de constatar la veracidad de los documentos que le presentan;
Que , doña Car men Renee V aldez Salas pretendio v alerse del documento denominado “Car ta P oder” del 5 de julio del 2005, presentado ante el Registro Nacional de Condenas, con la finalidad de tramitar y obtener el
Cer tificado de Antecedentes P enales de doña Maria
Elena Rodriguez V argas;
Que, mediante documento del 13 de octubre del 2005 la Dra. Silvia Samaniego de Mestanza, Notaria de Lima, manifiesta que la “Car ta P oder” presentada por doña
Car men Renee V aldez Salas ha sido f alsificada, tanto en las firmas como en los sellos notariales;
Que, mediante Memorandum Nº 392-2005-RNC- . Edwin Riquero Diaz, Jef e del Registro
Nacional de Condenas, es de la opinion que se autorice a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos
J udiciales del P oder J udicial a fin que se inter pongan las acciones judiciales pertinentes contra doña Carmen
Renee V aldez Salas;
Que, el Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de
F alsificacion de Documento queda configur ado cuando el sujeto activo hace uso, ante las autoridades y/o particulares, de un documento falso o falsificado, como si fuese legitimo; y ,
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de olitica del Estado; el T e xto Unico
Ordenado de la Le y Organica del P oder J udicial - D . S .
Nº 017-93-JUS y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado modificado por Decreto Ley Nº 17667;
SE RESUEL VE:
Articulo Unico.- Autorizar a la Procuraduria lica a cargo de los Asuntos J udiciales del P oder que correspondan contr a doña Car men Renee V aldez
Salas, y contra quienes resulten responsables, por el
Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de
F alsificacion de Documentos en ag r a vio del P oder
Judicial.
Registrese, comuniquese y publiquese.
ANT ONIO P A J ARES P AREDES
Presidente (e)
01998
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