El Peruano - Edición del 02/02/2006 - Pagina 55
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Lima, jueves 2 de febrero de 2006 NORMAS LEGALES
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Aprueban Reglamento de Procesos
Administrativos Disciplinarios para
Docentes y Estudiantes de la
Universidad Nacional "Santiago
Antunez de Mayolo"
UNIVERSIDAD NACIONAL
Comision de Reorganizacion
RESOLUCION Nº 076-2006-UNASAM/CR
Huaraz, 19 de enero de 2006
Visto el acuerdo de la Comision de Reorganizacion de la Universidad Nacional “Santiago Antunez de Mayolo” sobre aprobacion del Reglamento de Procesos
Administrativos Disciplinarios para Docentes y
Estudiantes de la Universidad Nacional “Santiago
Antunez de Mayolo”;
CONSIDERANDO:
Que, las Universidades son autonomas en su regimen normativo, de gobierno academico, administrativo y economico; asimismo se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitucion y de las Leyes, concordante con lo señalado en el 4to. parrafo del Art. 18º de la
Constitucion P olitica del P eru;
Que, asimismo los Arts. 1º y 4º de la Ley Universitaria
Ley Nº 23733, establece que es inherente a las
Universidades la autonomia academica, economica, normativa y administrativa y esta autonomia, implica entre otros el derecho a aprobar su propio Estatuto y gobernarse de acuerdo con el, y organizar su sistema academico, economico y administrativo;
Que, dentro de este contexto y por regirse la
Universidad mediante una ley especial esto es la Ley
Universitaria; el Estatuto de nuestra Universidad ha consignado en sus Arts. 235º y 252º, que son aplicables a los docentes y estudiantes las sanciones de amonestacion, suspension y separacion, previo proceso establecido en el Reglamento respectivo;
Que, de otro lado, es atribucion del Consejo Universitario dictar el Reglamento General de la Universidad, el
Reglamento de Elecciones y otros reglamentos internos especiales, de acuerdo con lo señalado en el Art. 160º, Inc.
d) del Estatuto y Art. 32º de Ley Nº 23733; normatividad que es de cumplimiento obligatorio;
Que, nuestra Universidad, sobre la base de su autonomia normativa, debe aprobar el Reglamento de
Procesos Administrativos Disciplinarios, a fin de normar los procedimientos a ser cumplidos por el T monto maximo en circulacion de US$ 100 000 000,00 r ib unal de
Honor para el tramite adecuado y oportuno de los procesos disciplinarios de los docentes y estudiantes de la Universidad Nacional Santiago Antunez de Mayolo;
Que , el T r i b unal de Honor de la Univ ersidad debe realizar la calificacion de las denuncias sobre faltas disciplinarias e incumplimiento de funciones, deberes y obligaciones, pronunciarse sobre la procedencia de abrir procesos administrativos disciplinarios, conducir los procesos que se instauren e informar sobre las sanciones a aplicar , par a la e xpedicion de la resolucion respectiv modificacion del monto maximo en circulacion de a por parte del Rector en primera instancia, en los casos de docentes y/o estudiantes que esten incursos y resulten responsables de faltas disciplinarias y contra las funciones, deberes y obligaciones materia del proceso;
Estando lo glosado; y a lo acordado por la Comision de Reorganizacion, en su sesion extraordinaria del 19 de enero del 2005; y en uso de las atribuciones que confieren los Arts. 159º, 160º y 173º del Estatuto de la
Universidad concordante con los Arts. 31º, 32º y 33º de la Ley Nº 23733;
SE RESUEL VE:
Articulo 1º.- APROBAR el Reglamento de Procesos
Administrativos Disciplinarios para Docentes y
Estudiantes de la Universidad Nacional “Santiago
Antunez de Mayolo” el mismo que consta de siete (07)
Capitulos y treinta y siete (37) articulos, tres (03)
Disposiciones T r ansitor ias, Complementarias y Finales que forman parte integrante de la presente Resolucion.
Articulo 2º.- El presente Reglamento entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion
Registrese, comuniquese y archivese.
MANUEL E. ROSEMBERG BARRON
Presidente de la Comision de Reorganizacion
CESAR A. VERA ARANA
Secretario General
01374
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONASEV
Disponen registro del segundo prospecto marco del "Primer Programa de Bonos Corporativos Duke Energy
Peru" en el Registro Publico del
Mercado de V alores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL
Nº 006-2006-EF/94.11
Lima, 25 de enero de 2006
VISTO:
El Expediente Nº 2005028750 presentado por Duke
Energy Egenor Sociedad en Comandita por Acciones y el Memorandum Nº 043-2006-EF/94.45 del 25 de enero de 2006 de la Gerencia de Mercados y Emisores;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el articulo 304º de la Ley
General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pueden emitir obligaciones que reconozcan o creen una deuda a favor de sus titulares;
Que, mediante Resolucion Gerencia General Nº 035- 2003-EF/94.11 del 29 de octubre de 2003, se aprobo el tramite anticipado, se registro el prospecto marco correspondiente y se inscribio el "Primer Programa de
Bonos Cor por ativ os Duk e Energy P eru", hasta por un (cien millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) o su equivalente en moneda nacional, en el
Registro Pub lico del Mercado de V alores;
Que, posteriormente, mediante Resolucion Gerencia
General Nº 091-2005-EF/94.11 del 3 de agosto de 2005 se dispuso el registro de la segunda actualizacion del prospecto marco correspondiente al "Primer Programa de Bonos Cor porativ os Duk e Energy P eru", la cual contenia una variacion fundamental referente a la
US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America) a US$ 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 Dolares de los
Estados Unidos de America), en el Registro Publico del
Mercado de V alores;
Que, mediante escritos de fechas 28 de octubre de 2005, 3 y 23 de enero de 2006 Duke Energy Egenor
Sociedad en Comandita por Acciones solicito la aprobacion de la renovacion del tramite anticipado y el registro del segundo prospecto marco correspondientes al "Primer Programa de Bonos Corporativos Duke Energy
P eru";
Que, de la evaluacion de la documentacion presentada se ha determinado que Duke Energy Egenor Sociedad en Comandita por Acciones ha cumplido con presentar "
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